Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/3/2014
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PAGINA 4
BOLETIN OFICIAL
vista en el cargo Impresor Ayudante - Código 2-061 Clase VI - Categoría Agrupamiento Personal Obrero Planta Temporaria, de la Dirección de Impresiones Oficiales de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado del citado Ministerio, a partir de la fecha del presente Decreto.Artículo 4.- El agente designado en el artículo precedente, percibirá la diferencia salarial existente entre su cargo de revista, Impresor Ayudante - Código 2-061Clase VI - Categoría 3 - Agrupamiento Personal Obrero y el cargo a subrogar, en la medida que desempeñe las funciones asignadas, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 105 de la Ley I - N 74 del Digesto Jurídico, reglamentado por el Artículo 1o, Punto II - Apartado 2 del Decreto N 116/82.Artículo 5.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado a la Jurisdicción 10
- Ministerio de Coordinación de Gabinete - S.A.F. 10 Programa -18 - Servicio de Imprenta y Publicaciones Actividad 1 - Servicio de Imprenta y Publicaciones y Programa 1 - Conducción del Ministerio de Coordinación de Gabinete -Actividad 1 - Conducción, Ejecución y Administración del MCG.-
Dto. Nº 267
18-03-14
Artículo 1º.- Mensualizar a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2014, en el cargo Ayudante Encuadernador - Código 2-034 - Clase VI -Categoría 3 - Agrupamiento Personal Obrero en la Dirección de Impresiones Oficiales de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado del Ministerio de Coordinación de Gabinete, del señor Walter Omar VILLAGRAN M.I. Nº 23.890.812 -Clase 1974.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado a la Jurisdicción 10
- Ministerio de Coordinación de Gabinete - S.A.F. 10 Programa - 18 - Servicio de Imprenta y Publicaciones Actividad 1 - Servicio de Imprenta y Publicaciones.-
Dto. Nº 268
18-03-14
Artículo 1º.- Mensualizar a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2014, en el cargo Ayudante Encuadernador - Código 2-034 - Clase VI -Categoría 3 - Agrupamiento Personal Obrero en la Dirección de Impresiones Oficiales de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado del Ministerio de Coordinación de Gabinete, del señor Cristian Fabián VELASQUEZ SAN MARTIN M.I. Nº 37.147.677 Clase 1993.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado a la Jurisdicción 10
- Ministerio de Coordinación de Gabinete - S.A.F. 10 Programa -18 - Servicio de Imprenta y Publicaciones.Actividad 1 - Servicio de Imprenta y Publicaciones.-
Dto. Nº 269
18-03-14
Artículo 1.- Mensualizar a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2014, en el
Martes 25 de Marzo de 2014
cargo Ayudante Encuadernador - Código 2-034 - Clase VI -Categoría 3 - Agrupamiento Personal Obrero en la Dirección de Impresiones Oficiales de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado del Ministerio de Coordinación de Gabinete, del señor Rodrigo José BAIGORRIA M.I. Nº 28.870.277 - Clase 1981.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado a la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete - S.A.F. 10
- Programa - 18 - Servicio de Imprenta y Publicaciones.- Actividad 1 - Servicio de Imprenta y Publicaciones.-
Dto. Nº 270
18-03-14
Artículo 1º.- Mensualizar a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2014, en el cargo Ayudante Encuadernador - Código 2-034 Clase VI -Categoría 3 - Agrupamiento Personal Obrero en la Dirección de Impresiones Oficiales de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado del Ministerio de Coordinación de Gabinete, de la señorita Guillermina GELVEZ M.I. Nº 37.147.518 - Clase 1993.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado a la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete - S.A.F. 10
-Programa -18 - Servicio de Imprenta y Publicaciones . Actividad 1 - Servicio de Imprenta y Publicaciones.-
Dto. Nº 271
18-03-14
Artículo 1º.- OTORGAR subsidios a las Municipalidades de Cholila, Gaiman, El Hoyo, El Maitén, Epuyén, Gobernador Costa, Gualjaina, Lago Puelo, Paso de Indios, Rawson, Río Mayo, Río Pico, Sarmiento, Tecka, Trevelin, y las Comunas Rurales de Aldea Apeleg, Aldea Epulef, Carrenleufú, Colan Conhue, Cushamen, Gan Gan, Gastre, José de San Martín, Lagunita Salada, Los Altares, Paso del Sapo y Telsen, representadas por su Intendente ó Jefe Comunal según correspondiere, de acuerdo al detalle consignado en el Anexo I que acompaña al presente, por una suma total de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL
$ 4.248.000,00, destinado a la asistencia de necesidades mediatas en gastos corrientes de las Escuelas Provinciales y/o Jardines Maternales ubicadas dentro del ejido de cada Municipio ó Comuna Rural, colaborando de esta manera en la provisión de recursos auxiliares al Sistema Educativo Provincial, en el marco de la normativa dispuesta por el Artículo 1o del Decreto N
1304/78, modificado por los Decretos N 1320/00, N
18/03, y N 2424/04.
Artículo 2.- El pago del monto total del subsidio otorgado a cada Municipio y Comuna Rural será transferido en dos 2 cuotas iguales trimestrales.
Artículo 3.- El gasto que demanda el presente, será imputado a la Jurisdicción 50: Ministerio de Educación, Programa 1, inciso 5, Partida Principal 7, Parcial Fuente de Financiamiento 426, Ejercicio 2014.