Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/11/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Exámenes voluntarios bioquímicos y médicos a agentes políticos o jerárquicos de la función pública.
Dto. Nº 1732/13.
Rawson, 22 de Noviembre de 2013.
VISTO:
El artículo 122 de la Constitución provincial, las Leyes I N 231 y 468 sin consolidar y el Decreto Nacional N 299/2010; y CONSIDERANDO:
Que el abordaje de la conflictividad social, en general, y las vinculadas a los delitos en particular, y las políticas destinadas a garantizar la seguridad de los habitantes de la provincia son de máxima prioridad para este Poder Ejecutivo;
Que por esa razón este Departamento Ejecutivo instó la creación de la Secretaría de Seguridad y Justicia Ley I N 468 - sin consolidar, organismo al que compete el desarrollo y es el principal ejecutor de las políticas de seguridad pública;
Que ello también se ve reflejado en la asignación de recursos dentro de las leyes de presupuesto así como en la tendencia creciente en adquisición de bienes destinados a mejorar el accionar de la Policía provincial y el bienestar de su personal;
Que dentro de esa política de seguridad, la lucha contra el crimen organizado, y en especial contra el narcotráfico, es uno de los ejes prioritarios de este Gobierno Provincial;
Que ello ha quedado plasmado en los numerosos y exitosos procedimientos de secuestro de drogas y detenciones vinculadas a esos delitos que se han realizado en nuestra Provincia;
Que los lineamientos para la aplicación concreta de medidas requieren una periódica actualización y revisión, ello en orden a desarrollar nuevas estrategias destinadas a la prevención y represión del delito;

Martes 26 de Noviembre de 2013

Que, en este orden de cosas, el avance de la narcocriminalidad traspone todos los límites geográficos y sociales, con complejas redes de producción, transporte, distribución y comercialización de sustancias prohibidas, con un poderoso respaldo económico, organizativo y tecnológico, que evitan ser detectados para lograr la impunidad en sus acciones ilícitas;
Que para brindar una respuesta acorde a la compleja realidad delictual, se demanda una constante profesionalización de los recursos humanos que prestan tareas en el ámbito público, y que poseen responsabilidades públicas;
Que la respuesta que el Estado provincial provee frente al asunto posee varias acciones paralelas, esto es, abarcar el campo de la seguridad pública en relación al crimen organizado, y en el fortalecimiento de la oferta de políticas sanitarias de prevención y tratamiento a las personas que tienen un consumo problemático de sustancias tanto legales como ilegales;
Que para resultar consecuente con el horizonte de sentido de las políticas públicas que direcciona este Departamento Ejecutivo, es indispensable contar con funcionarios y agentes que no sean parte en la problemática del consumo de sustancias ilícitas, en el entendimiento que la función pública debe orientarse a la satisfacción del bien común, que es su fin último y esencial y que propenderá a la realización de los valores de seguridad, justicia, solidaridad, paz, libertad y democracia;
Que ello no importa la criminalización del consumo ni la discriminación de aquellos que se encuentran afectados directamente por el flagelo de una adicción, sino que este Poder Ejecutivo entiende que resulta indispensable para llevar adelante una política activa capaz de combatir el narcotráfico contar con funcionarios que no se encuentren envueltos en la problemática de las drogas ilícitas y, principalmente, que no puedan ver alteradas sus conductas por las relaciones que genera la incursión en ese tipo de mercados ilegales;
Que se halla normativamente establecido que la ética y transparencia públicas son valores que hacen a la esencia del sistema y al orden democrático y republicano de gobierno, y que su transgresión es atentar contra el sistema y su defensa compete a la comunidad toda, en tanto integran el orden jurídico constitucional artículo 3 Ley I N 231;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/11/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date26/11/2013

Page count42

Edition count4365

Première édition07/01/2004

Dernière édition30/07/2024

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