Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/8/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 8

BOLETIN OFICIAL

de PESOS SESENTA $ 60,00, equivalente a TREINTA
30 módulos turísticos, por renovación fuera de término.
Artículo 2.- Los importes establecidos en el Artículo precedente, deberán ser abonados mediante depósito en la Cuenta Corriente Nº 021-1-9000274/3, del Banco del Chubut S.A., a la orden del Fondo Secretaría de Turismo.

Disp. N 32

04-07-13

Artículo 1.- Inscríbase en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos, al establecimiento comercial denominado TALISMAN AZUL, propiedad del señor José Daniel GRILLI D.N.I. N 14.315.883, sito en calle Berutti Nº 189, de la localidad de Puerto Madryn, bajo la Clase Complejo de Alquiler Temporario Categoría Dos 2 Estrellas.
Artículo 2.- Establécese que toda modificación que se introduzca en el edificio, en los servicios o en el manejo del establecimiento, deberá ser comunicada por escrito dentro de los plazos que establece el Decreto Nº 1264/80. Caso contrario, serán pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo VII de la mencionada norma legal, según corresponda.-

Disp. N 33

10-07-13

Artículo 1.- Inscríbase en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos, al establecimiento denominado LEMURIA, el cual será explotado por Nahuel CHIAPPE DNI 27.277.595; sito en Av. Los Retamos Nº 2240, de la localidad de Epuyén, bajo la Clase Hospedaje Complementario Categoría Única.
Artículo 2.- Establécese que toda modificación que se introduzca en el edificio, en los servicios o en el manejo del establecimiento, deberá ser comunicada por escrito dentro de los plazos que establece el Decreto Nº 1264/80. Caso contrario, serán pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo VII de la mencionada norma legal, según corresponda.-

Disp. N 34

10-07-13

Artículo 1.- Inscríbase en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos, al establecimiento denominado SU ESTRELLA, el cual será explotado comercialmente por BEANPA S.R.L., sito en calle Hipólito Irigoyen Nº 5951, de la ciudad de Comodoro Rivadavia, bajo la Clase Hotel Sin categoría.Artículo 2.- Establécese que toda modificación que se introduzca en el edificio, en los servicios o en el manejo del establecimiento, deberá ser comunicada por escrito dentro de los plazos que establece el Decreto Nº 1264/80. Caso contrario, serán pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo VII de la mencionada norma legal, según corresponda.-

Disp. N 35

15-07-13

Artículo 1.- AUTORIZASE el reempadronamiento en el Registro Provincial de Guías de Turismo, de la Guía
Miércoles 21 de Agosto de 2013

de Turismo TOLOMEI, Alicia Ana DNI. Nº 17.250.660, Leg. T-08 previa presentación por parte de la Guía, del comprobante de pago respectivo por la suma de PESOS CUARENTA $ 40,00 equivalente a VEINTE 20
Módulos Turísticos en concepto de arancel de reinscripción y de PESOS SESENTA $ 60,00, equivalente a TREINTA 30 módulos turísticos, por renovación fuera de término.
Artículo 2.- Los importes establecidos en el Artículo precedente, deberán ser abonados mediante depósito en la Cuenta Corriente Nº 021-1-9000274/3, del Banco del Chubut S.A., a la orden del Fondo Secretaría de Turismo.

Disp. N 36

15-07-13

Artículo 1.- AUTORIZASE el reempadronamiento en el Registro Provincial de Guías de Turismo, de la Guía de Turismo MENDOZA, Fabiana DNI. Nº 20.007.967, Leg. M-22 previa presentación por parte de la Guía, del comprobante de pago respectivo por la suma de PESOS CUARENTA $ 40,00 equivalente a VEINTE 20
Módulos Turísticos en concepto de arancel de reinscripción y de PESOS SESENTA $ 60,00, equivalente a TREINTA 30 módulos turísticos, por renovación fuera de término.
Artículo 2.- Los importes establecidos en el Artículo precedente, deberán ser abonados mediante depósito en la Cuenta Corriente Nº 021-1-9000274/3, del Banco del Chubut S.A., a la orden del Fondo Secretaría de Turismo.

Disp. N 37

15-07-13

Artículo 1.- Inscríbase en el Registro Provincial de Operadoras de Buceo, a la empresa PINO SUB
S.A. quien funcionará bajo el nombre de fantasía GOLFO AZUL de la localidad de Puerto Madryn, con salida de esa localidad.
Artículo 2.- Autorízase a la Operadora que se inscribe en el Artículo precedente a prestar el servicio con la embarcación GOLFO AZUL
Mat.01766.

Disp. N 38

15-07-13

Artículo 1.- Modifícase en el Artículo 1 de la Resolución N 018/OPT-06, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1.- INSCRÍBASE al Alojamiento Turístico denominado ASOTAVENTO, sito en la calle Apeleg N 357 de la ciudad de Puerto Madryn, propiedad de la señora María del Carmen VISCONTI
RIVERO D.N.I. N 14.617.899, bajo la clase COMPLEJO DE ALQUILER TEMPORARIO, categoría DOS
2 ESTRELLAS.
Artículo 2.- Establécese que toda modificación que se introduzca en el edificio, en los servicios o en el manejo del establecimiento, deberá ser comunicada por escrito dentro de los plazos que establece el Decreto Nº 1264/80.
Caso contrario, serán pasibles de las sanciones

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/8/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date21/08/2013

Page count21

Edition count4367

Première édition07/01/2004

Dernière édition01/08/2024

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