Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/4/2013

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Modifícanse los Artículos 2º, 3º y 4º del Decreto N 639/12.
Dto. Nº 313/13.
Rawson, 25 de Marzo de 2013.
VISTO:
El Expediente N 536/2013-MAGByP; y CONSIDERANDO:
Que la Ley XVII N 92 aprueba el Ordenamiento de Bosques Nativos existentes en la jurisdicción de la Provincia del Chubut, en cumplimiento de la Ley N 26.331;
Que por Decreto N 639/12 se establecieron los procedimientos para el cumplimiento de lo ordenado por la Ley 26.331, el Decreto N 91/09, la Ley XVII N 92 y las determinaciones que respecto a la materia se establecen en el ámbito del Consejo Federal de Medio Ambiente COFEMA;
Que resulta necesario dar celeridad, simplicidad y transparencia a la implementación de la Ley N 26.331;
Que en virtud de la experiencia recogida de la convocatoria 2012 para la presentación de proyectos en el marco de la Ley N 26.331 y su Decreto Reglamentario N 91/09, es necesario hacer modificaciones a los procedimientos normados por el Decreto 639/12;
Que ha tomado intervención legal la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
D E C R E TA :
Artículo 1.- Modifícanse los Artículos 2º, 3º y 4º del Decreto N 639/12 que quedarán redactados de la siguiente forma:
Artículo 2º.- Establécese que el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Bosques y Pesca, o quien lo reemplace, en el plazo de dos 2 años a partir de la fecha del presente Decreto, deberá cumplimentar y actualizar el relevamiento y análisis de la situación de los predios afectados por el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia del Chubut - Anexo A de la Ley XVII N 92, de acuerdo a las pautas establecidas en la Ley N 26.331 y el Decreto N 91/09 - Anexo B de la Ley XVII N 92, Documento Técnico Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia del Chubut, en cumplimiento de lo ordenado en los Artículos 6º y 7º de la Ley XVII N 92.Artículo 3.- Establécese que el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Bosques y Pesca, o quien en un futuro lo reemplace, realizará las acciones necesarias para comunicar a los titulares de los predios y a las
Martes 9 de Abril de 2013

Comunidades Indígenas y Campesinas el relevamiento que se llevará a cabo de acuerdo a lo establecido en el Artículo precedente, en cumplimiento de la legislación vigente en la materia.Artículo 4.- Establécese el plazo de un 1 año a partir de la fecha del presente Decreto para que la Subsecretaría de Bosques del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Bosques y Pesca, o quien en un futuro lo reemplace, realice los procedimientos tendientes a cumplimentar lo determinado en el Artículo 41 de la Ley N 26. 331.
Artículo 2.- Entiéndase, en el Anexo I del Decreto 639/12, donde dice Ministerio de la Producción, Ministerio Agricultura, Ganadería, Bosques y Pesca, o quien en un futuro lo reemplace.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Agricultura, Ganadería, Bosques y Pesca.
Artículo 4.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín oficial y cumplido ARCHIVESE.Dr. MARTIN BUZZI
CARLOS TOMAS ELICECHE
Prof. PEDRO ARTURO ZUDAIRE

DECRETO SINTETIZADO
Dto. Nº 253

06-03-13

Artículo 1º.- Incorpórase la categoría programática en el S.A.F. 50 S.A.F. Ministerio de Educación, en el Programa 06, el Proyecto 01, Obra 01, denominada Obras Escuelas PROMER.
Artículo 2º.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2013, en la Jurisdicción 50, S.A.F. 50 S.A.F. Ministerio de Educación.Artículo 3º.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Res. Nº 146

06-03-13

Artículo 1º.- Extender a favor del contribuyente Soto Fernández Jorge, inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral bajo el Nº 907-725298-5 CUIT Nº 20-17622649-9, con domicilio en Ameghino Nº 1.082 Ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, por el término de noventa 90 días corridos contados a partir del día 11 de Marzo de 2.013, la Constancia de No Retención del

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/4/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date09/04/2013

Page count18

Edition count4363

Première édition07/01/2004

Dernière édition26/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Abril 2013>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930