Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/9/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 7 de Septiembre de 2012

BOLETIN OFICIAL

pensionarios le generaba, en el marco de la Ley XVIII N 32, a Norberto Víctor VIVAS, D.N.I. N 14.553.058, el derecho al beneficio pensionario, derivado del fallecimiento de la señora Stella Maris LEDESMA, D.N.I. N
14.624.984.
Artículo 2 OTORGAR en el marco de la Ley Provincial XVlII N 32 el beneficio de PENSION a Lautaro Asael VIVAS, D.N.I. N 45.105.303 -con vencimiento al: 27/12/
2021, pudiendo extenderse hasta que cumpla los 26
años de edad, siempre que desde la fecha indicada, acredite anualmente los requisitos del Artículo 48 del referido plexo normativo-, en carácter de hijo de la señora Stella Maris LEDESMA, fallecida el 29 de enero de 2007.
Artículo 3 El haber de la prestación se liquidará a partir del 09 de marzo de 2011, -por encontrarse prescripto el derecho a percibir las sumas correspondientes a períodos anteriores-, debiendo percibir el monto del haber el señor Norberto Víctor VIVAS, D.N.I.
N 14.553.058, padre del menor.

Res. N 786

06-08-12

Artículo 1: NO HACER LUGAR al Recurso de Reconsideración interpuesto por el señor Emilio Norberto CANO, L.E. N 7.812.369.
Artículo 2": HACER LUGAR a la solicitud de dejar sin efecto la renuncia al beneficio de Jubilación Docente Parcial otorgada mediante la Resolución N 415/93, que formulara oportunamente.
Artículo 3: HACER SABER al recurrente que tiene derecho a interponer Recurso de Apelación, en forma fundada ante el Superior Tribunal de Justicia, dentro de los diez 10 días hábiles de notificado Art. 9 - Ley XVIII-N 32.

Planeamiento, con la asignada a la categoría C III. Departamento Técnico de este Organismo
Res. N 793

Res. N 797

Res. N 798

Res. N 799

06-08-12

Artículo 1: ACEPTAR la adscripción de la MMO
Roxana Vanesa BALDOVINO, D.N.I N 28.226.338, en la categoría C III del Departamento Técnico a partir del 11
de Junio de 2012.
Artículo 2: CONVALIDASE lo actuado por la MMO
Roxana BALDOVINO desde la mencionada fecha.
Artículo 3; RETRIBUYASE con carácter remunerativo, la diferencia que resulte de la retribución percibida por la MMO BALDOVINO en la Secretaría de
15-08-12

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII N 32, a la señora Ceferina Alba NAVARRETE, D.N.I. N
12.175.341, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento del señor Rubén Horacio GALLEGOS, D.N.I. N 10.147.480, ocurrido el 16 de mayo de 2012.
Artículo 2 El haber inicial de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.

06-08-12

Res. N 790

15-08-12

Artículo 1 OTORGAR JUBILACION POR INVALIDEZ LEY PROVINCIAL XVIII N 32 al señor Miguel Angel GONZALEZ, D.N.I. N 12.350.961, por haber cumplimentado los requisitos establecidos en el artículo 32ss.
y concordantes del mencionado cuerpo normativo.
Artículo 2 El haber inicial de la prestación se liquidará a partir del 01 de agosto de 2012.
Artículo 3 HACER SABER al titular de la prestación que el goce del beneficio otorgado resulta incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia y/o autónoma, conforme a las pautas establecidas en el artículo 39 de la Ley Provincial XVIII N 32.
Artículo 4 Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 95 Ley Provincial XVIII N 32 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.-

Artículo 1: DISPONER que la deuda que registra la señora María Cristina RIVANERA, D.N.I. N 10.215.893, originada en haberes previsionales abonados en demasía, por error del Área de Previsión, que se determina en la suma de PESOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS
CINCUENTA y SEIS $ 26.856, sea cancelada en cuarenta y ocho 48 cuotas mensuales, y consecutivas de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS $ 559,50, suma que deberá ser retenida mensualmente, del monto del haber de la prestación.

Res. N 787

PAGINA 9

15-08-12

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII N 32, a la señora Claudina HUICHULEF, L.C. N
4.161.561, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento del señor Agustín Alberto BREBBIA, D.N.I. N 1.678.209, ocurrido el 23 de abril de 2012.
Artículo 2 El haber inicial de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-

15-08-12

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII N 32, al señor Víctor Justiniano GOMEZ, L.E. N
3.458.391, el beneficio de PENSION, en carácter de cónyuge supérstite, derivado del fallecimiento de la señora Ada Mabel SALDAÑO, L.C. N 2.768.281, ocurrido el 08 de mayo de 2012.
Artículo 2 El haber inicial de la prestación se liquidará a partir de la fecha del deceso.-

Res. N 800

15-08-12

Artículo 1 OTORGAR en el marco de la Ley XVIII -

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/9/2012

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date07/09/2012

Page count23

Edition count4349

Première édition07/01/2004

Dernière édition05/07/2024

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