Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 10/7/2012
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
Martes 10 de Julio de 2012
BOLETIN OFICIAL
Médico 22.336.206 1972
RÍOS, Pablo Esteban
Neonatología A-I-I-9
44 horas
Artículo 89
Ley I N 105
Artículo 89
Ley I N 105
44 horas 27.961.589 1980
MEDINA ALARCON, Maximiliano Federico
Neonatología A-I-I-9
25.542.319 1976
de HARO, María de los Angeles
Dto. Nº 732
Médico
21.104.540 1969
29.663.688 1982
20.627.168 1969
ORAISON, Sandra Roxana TORRES, Karina Aracely ACOSTA, Elena Isabel
Neonatología A-I-I-9
44 horas
Artículo 89
Ley I N 105
horas horas horas horas 40
40
40
44
Médica 26.808.369 1978
Pediatra Pediatría A-I-I-9
Pediatría A-I-I-9
Pediatría A-I-I-9
Neonatología A-I-I-9
Médico 23.280.959 1973
ABREGU, Gustavo Luis MONITTO, Vanesa de Lourdes
Pediatría
A-I-I-9
40 horas
OBSERVACIONES
Categoría Rég. Hor.
Función Servicio
28-05-12
Artículo 1.- Mensualízase a los profesionales que se mencionan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, en los cargos Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y Régimen Horario que en cada caso se indica, Ley I N 105, para cumplir funciones en el Hospital Regional Comodoro Rivadavia dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Comodoro Rivadavia del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2012.
Artículo 2.- Aféctase al Programa de Mejora de la Calidad Institucional, a los profesionales que se mencionan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, en los cargos Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y Régimen Horario que en cada caso se indica, Ley I N 105, para cumplir funciones en el Hospital Regional Comodoro Rivadavia dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Comodoro Rivadavia del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto.
Artículo 3.- Establécese que los profesionales que se mencionan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, en los cargos Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y Régimen Horario que en cada caso se indica, Ley I N 105, para cumplir funciones en el Hospital Regional Comodoro Rivadavia dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Comodoro Rivadavia del Ministerio de Salud, percibirán la retribución prevista en el Artículo 8o del Decreto N 460/07
reglamentario de la Ley I N 335 y sus modificatorias.
Artículo 4.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se Imputará en la Jurisdicción 70
Clase
Dto. Nº 722
M.I. N
28-05-12
Artículo 1.- Modifícase el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 70 - Ministerio de Salud - Programa 01 - Conducción del Ministerio de Salud - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Salud y Servicio Administrativo Financiero 75 - Atención Médica Hospital Comodoro Rivadavia -Actividad 1
- Atención Médica Hospital Comodoro Rivadavia.
Artículo 2.- Modifícase el Plantel Básico de la Secretaría de Salud, eliminándose seis 06 cargos Agrupamiento A, Categoría 9, en la Planta Temporaria del Programa 01 Conducción del Ministerio de Salud Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Salud y creándose seis 06 cargos Agrupamiento A, Categoría 9 en la planta Temporaria del Programa 75 - Atención Medica Hospital Comodoro Rivadavia - Actividad 1 - Atención Medica Hospital Comodoro Rivadavia.
APELLIDO Y NOMBRE
Dto. Nº 721
Artículo 89
Ley I N 105
ANEXO I
DECRETOS SINTETIZADOS
Médica
Sección Oficial
- Ministerio de Salud - Partida Principal 1.0.0 - Gastos en Personal - Partida Parcial 1.2.0 Personal Temporario, del Servicio Administrativo Financiero 70 - Programa 52 - UEPGSS - Actividad 1 - UEPGSS, del presupuesto para el año 2012.
Médica Médica Médica
PAGINA 2
28-05-12
Artículo 1.- Modifícase el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 70 - Ministerio de Salud - Programa 01 - Conducción del Ministerio de Salud - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Salud y Servicio Administrativo Financiero 76 - Programa 18 - Atención Médica Zona Noroeste Actividad 1 - Atención Médica Zona Noroeste.
Artículo 2.- Modifícase el Plantel Básico de la Secretaría de Salud, eliminándose dos 2 cargos Profesional de la Planta Transitoria del Programa 01 -Conducción del Ministerio de Salud - Actividad 1 - Conduc-