Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/5/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

Tercero: Regístrese, notifíquese con copia de la presente, hágase saber a la Contaduría General de la Provincia a los efectos registre la multa aplicada y a la Subsecretaría de Asuntos Municipales, debiendo ésta agregar copia de la presente Resolución en los legajos personales de los responsables y cúmplase.Pte. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 83/11
Rawson Chubut, 16 de mayo de 2011
VISTO: El Expediente Nº 28505, año 2010, caratulado: MUNICIPALIDAD DE TREVELIN - S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2010;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 232/11
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Municipalidad de Trevelin no ha dado respuesta a la Nota Nº 01/11-F.3. fs.75 de fecha 31.01.2011.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m y n y 41º de la citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación: Intendente: Dr. Carlos Hugo MANTEGNA, Secretario de Hacienda: Cr. Ricardo A.S. BESTENE y responsables firma cheques: Sra. Claudia Vanesa GUZMAN y Sr. Héctor Ricardo INGRAM.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de Trevelin: Intendente: Dr. Carlos Hugo MANTEGNA, Secretario de Hacienda: Cr. Ricardo A.S.
BESTENE y responsables firma cheques: Sra. Claudia Vanesa GUZMAN y Sr. Héctor Ricardo INGRAM a dar respuesta a la Nota Nº 01/11-F.3.fs.75, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art. 17º inc.
h de la Ley Nº V-71, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme los artículos 17º incisos m y n y 41º de la Ley Nº V-71.

Jueves 26 de Mayo de 2011

Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y de la Nota Nº 01/11-F.3.fs.75.Pte. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 84/11
Rawson Chubut, 16 de mayo de 2011
VISTO: El Expediente Nº 28499, año 2010, caratulado: MUNICIPALIDAD DE RIO PICO - S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2010;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 223/11
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Municipalidad de Río Pico no ha dado respuesta a la Nota Nº 200/10-F.3. fs.62.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m y n y 41º de la citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación: Intendente: Sr. Miguel Adrián GAGO y Tesorera:
Sra. Daniela Melina SOLIS.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de Río Pico, Intendente: Sr. Miguel Adrián GAGO
y Tesorera: Sra. Daniela Melina SOLIS a dar respuesta a la Nota Nº 200/10-F.3.fs.62, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art. 17º inc. h de la Ley Nº V-71, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme los artículos 17º incisos m y n y 41º de la Ley Nº V-71.
Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y de la Nota Nº 200/10F.3.- fs.62.Pte. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/5/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date26/05/2011

Page count57

Edition count4364

Première édition07/01/2004

Dernière édition29/07/2024

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