Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/4/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

rando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación: Presidente: Sr. Juan O. MURIETTE y Tesorero: Sr.
Domingo VAZQUEZ;
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Conminar a los responsables de la Comuna Rural de Carrenleufu: Presidente: Sr. Juan O.
MUERIETTE y Tesorero: Dr. Domingo VAZQUEZ a dar respuesta a la Nota Nº 119/10 F3 fs. 39, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente art. 17º inc. h de la Ley Nº V-71
antes Ley Nº 4139, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme el artículo 41º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139 Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y de la Nota Nº 119/10-F3 fs. 39.
Voc. en ej. de la presidencia Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Prosec. ROSA MARÍA RISSO PATRON

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 15/11
Rawson Chubut, 21 de marzo de 2011
VISTO: El Expediente Nº 26047, año 2008, caratulado: COMUNA RURAL DE CUSHAMEN - S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2008;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 069/11
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Comuna Rural de Cushamen no ha dado respuesta parcial a la Nota Nº 190/10-F.3. fs.61.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación: Interventor: Sra. Lucía LEONETT hasta 15.07.08;
ex Presidente Normalizador: Sr. Carlos NIEVAS desde 16.07.08 al 09.03.10; Presidente actual: Sr. Omar
Martes 12 de Abril de 2011

GONZALEZ desde 10.03.10 y Tesorero: Sr. Diego Abel HUENCHUEQUE DESDE 10.03.10.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Comuna Rural de Cushamen: Interventor: Sra. Lucía LEONETT hasta 15.07.08; Ex Presidente Normalizador: Sr. Carlos NIEVAS desde 16.07.08
h a s t a 1 0 . 0 3 . 1 0 ; P r e s i d e n t e a c t u a l : S r. O m a r GONZALEZ desde 10.03.10 y Tesorero: Sr. Diego Abel HUENCHUEQUE a dar respuesta a la Nota Nº 190/10 F3 fs. 61, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art. 17º inc.
h de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme el artículo 41º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139.
Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y de la Nota Nº 190/10F.3.- fs.61.
Voc. en ej. de la presidencia Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 16/11
Rawson Chubut, 23 de marzo de 2011
VISTO: El Expediente Nº 26049, año 2008, caratulado: COMUNA RURAL DIQUE FLORENTINO
AMEGHINO - S/ Rendición de Cuentas Ejercicio 2008;
y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 101/11
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que a la fecha aún queda pendiente de subsanar las observaciones correspondientes al Ejercicio 2008 de la Comuna Rural Dique Florentino Ameghino, dado que los responsables del organismo no han cumplimentado en forma total lo observado mediante Notas Nº 61/09-F.3.
fs.97/98 y Nº 038/10-F.3. fs.147/149, las cuales se encuentran conminadas mediante Resoluciones Nº 113/
09-T.C. y Nº 242/10-T.C. de este Tribunal de Cuentas, solicitando se conmine a los responsables previo a emitir el Informe final de la Fiscalía.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/4/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date12/04/2011

Page count42

Edition count4365

Première édition07/01/2004

Dernière édition30/07/2024

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