Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 10/1/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 10 de Enero de 2011

PAGINA 3

BOLETIN OFICIAL

Ing. Guillermo F. MARTOCCIA
Secretario Habilitado Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
- Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable SAF 63 - Programa 1- Actividad 1 Conducción y Administración - Inciso 3 Principal 2 Parcial 6
Derechos de Bienes Intangibles - Fuente de Financiamiento 111- Ejercicio 2010.-

RESOLUCIÓN Nº 247/10 - HL.
SECRETARIA DE PESCA
LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DEL CHUBUT

R E S U E LV E :

Res. N 346

Artículo 1.- Aceptar la solicitud de licencia presentada por el diputado Ricardo Daniel Sastre en el cargo de Vicepresidente Segundo de esta H. Legislatura, a partir del día de la fecha y hasta la finalización de su designación en dicho cargo.
Artículo 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido ARCHÍVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A
LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE
DOS MIL DIEZ.

29-12-10

Artículo 1º. Apruébese el Proyecto Producción de Mejillón Mytilus edulis platensis a través de cultivo a escala artesanal experimental, tramitado ante esta Secretaría mediante Expediente Nº 01971/10-SP.Artículo 2º. Autorícese al Sr. Fernández Sergio Gustavo DNI Nº 23.439.756 a ejecutar, bajo los términos de la Resolución 188/2009 SP, el proyecto Producción de Mejillón Mytilus edulis platensis a través de cultivo a escala artesanal experimental, en la parcela G-3 del parcelado para cultivos marinos costeros de Playa Belvedere, con 10,3 Has. de superficie y cuyos vértices están definidos por las Coordenadas Geográficas que a continuación se detallan:

Ing. MARIO VARGAS
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
v1
v2
v3
v4

Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
Artículo 3.- Establézcase que la presente autorización se encuentra sujeta a los resultados de las tramitaciones ante las distintas autoridades de aplicación, una vez cumplido con los mencionados trámites, la Secretaría de Pesca completará el acto administrativo otorgando, si correspondiere, el correspondiente permiso solicitado para la ejecución del proyecto.Artículo 4.- El área mencionada en el artículo precedente deberá estar demarcada mediante boyas ubicadas en sus vértices con la identificación alfanumérica de la parcela y de acuerdo a las reglamentaciones de la Prefectura Naval Argentina.Artículo 5.- El autorizado en el Artículo 2º de la presente, será el responsable del resguardo de los materiales e instalaciones utilizados para la ejecución del proyecto y de los productos obtenidos del mismo.Artículo 6.- La autorización de pesca otorgada en el marco del Proyecto mencionado en el Artículo 1º se extenderá por un plazo no mayor de SEIS 6 meses.
Finalizado dicho plazo la Autoridad de aplicación podrá renovarlo, según el cumplimiento de las condiciones y requerimientos establecidos, priorizando en todo momento la correcta realización del proyecto.Artículo 7.- En caso de que sea detectado incumplimiento a la legislación vigente por parte del permisionario, o de detectarse impactos negativos en el medio, la Autoridad de Aplicación procederá a suspender la autorización otorgada.Artículo 8º.- El permiso otorgado por la presente Resolución es intransferible.-

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE AMBIENTE Y CONTROL
DEL DESARROLLO SUSTENTABLE

Res. Nº 47

27-12-10

Artículo 1º: APRUEBASE la renovación anual del Servicio On Line Full que brinda la empresa de servicios jurídicos ABELEDO PERROT S.A., solicitada por la Dirección de Asesoría Legal del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable.Artículo 2º: AUTORIZASE a la Dirección de Administración del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, a contratar en forma directa a la empresa de servicios jurídicos ABELEDO PERROT S.A., CUIT Nº 30-53906263-4, por un monto de PESOS TRECE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS $ 13.972,00, en concordancia con lo previsto por el artículo Nº 95 apartado C, inciso 2, de la Ley II Nº 76.Artículo 3º: El gasto que demande el cumplimiento del presente gasto, se imputará en la Jurisdicción 63

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 10/1/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date10/01/2011

Page count14

Edition count4353

Première édition07/01/2004

Dernière édition12/07/2024

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