Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/12/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

Partido Social Integrador -

Declaración de Principios y Bases de Ac ción Política.
Carta Orgánica.

PRIMERO: DECLARACION DE PRINCIPIOS Y
BASES DE ACCION POLITICA:
1 El Partido Político Partido Social Integrador proclama su adhesión a los principios consagrados por la Constitución Nacional Argentina y la Constitución de la Provincia de Chubut; el mantenimiento del régimen democrático de gobierno, representativo, republicano, federal y pluripartidista, y su inquebrantable voluntad de servir al logro de la unión nacional.2 El Partido Político Partido Social Integrador luchará por una organización política, económica, cultural y administrativa que proporcione a cada habitante la posibilidad de que con su trabajo y con su estudio logre un ámbito de seguridad y libertad que le permita crecer como persona, educar a sus hijos conforme a sus convicciones, para satisfacer sus elementales necesidades espirituales y materiales, en condiciones igualitarias.3 El Partido Político Partido Social Integrador interpreta que el Estado tiene la obligación insoslayable y prioritaria de suministrar a sus habitantes el nivel máximo de salud, educación y cultura compatibles con las posibilidades de la Nación.4 El Partido Político Partido Social Integrador interpreta que el Estado debe administrar los intereses comunes sin sustituir las actividades que legal y libremente se desarrollen en la comunidad como emergentes de necesidades creativas, ya sean de carácter individual o colectivo.5 El Partido Político Partido Social Integrador interpreta que una armónica integración del trabajo, el capital, la técnica y la dirección profesional idónea, con el debido respeto a la diversidad cultural y el medio ambiente deben lograr, con frutos de riquezas, la felicidad de todos y cada uno de los habitantes de nuestro País.
6 El Partido Político Partido Social Integrador persigue como objetivos fundamentales las reivindicaciones populares, el desarrollo integral de las posibilidades de la personalidad a través del estudio, el deporte, la cultura, la protección de la salud pública, la promoción de fuentes de trabajo, teniendo en cuenta la responsabilidad de ejecutar un plan de gobierno integral, que no sólo requiera el empuje a la honestidad de sus autoridades, sino además el respaldo de un movimiento de apoyo popular y una activa participación de la comunidad.
7 El Partido Político Partido Social Integrador constituye, en suma, una agrupación que centra todos sus esfuerzos políticos en la comunidad, dándole a ésta el lugar que merece como célula primaria del Sistema Federal de gobierno, dentro de la organización política de una República que persigue como metas, el ejercicio pleno y absoluto de la libertad.

Miércoles 15 de Diciembre de 2010

8 El Partido Político Partido Social Integrador sostiene la necesidad y asume el compromiso de observar los principios contenidos en las disposiciones legales y en esta Declaración y bregar por la coexistencia pacífica de todos los habitantes de nuestra Nación, posibilitando un marco homogéneo de igualdad, justicia y libertad.
SEGUNDO: CARTA ORGANICA
TITULO I
CAPITULO I
CONSTITUCIÓN DEL PARTIDO:
Artículo 1: Componen el Partido Social Integrador todas las personas de ambos sexos, sin ningún tipo de distinción por idioma, nacionalidad, raza, credo o religión que estén identificados con sus principios y bases de acción política; estén inscriptos en sus registros oficiales en la localidad de Sarmiento y reúnan los requisitos legales de la carta orgánica y de los reglamentos concordantes y de las leyes de la materia actualmente en vigencia.
Artículo 2º: El domicilio legal del partido queda fijado en calle San Martín Nro. 397, de la localidad de Sarmiento, Departamento Sarmiento, Provincia del Chubut, República Argentina.
Artículo 3º: La actuación del Partido Social Integrador se limita a la elección de autoridades municipales. Podrá concertar alianzas, confederaciones, alianzas transitorias y toda otra figura legal que concretara acuerdos con otras fuerzas políticas.
Todo habitante de la Localidad de Sarmiento, electoralmente habilitado, afiliado o no a este partido tiene derecho a ocupar cargos públicos municipales y a ser proclamado candidato de este partido.
DEL PATRIMONIO DEL PARTIDO:
Artículo 4º: El patrimonio del Partido Social Integrador integrará con los aportes de los afiliados, según la reglamentación que al efecto dicten las autoridades partidarias, de conformidad con lo preceptuado en esta Carta Orgánica y régimen electoral vigente, como así también con las donaciones y otros recursos que fueren autorizados por la Ley.
CAPITULO II
DE LOS AFILIADOS:
Artículo 5º: Se considera afiliado a toda persona que reúna los siguientes requisitos:
a Tener 18 años o más de edad.
b Tener domicilio legal en la Localidad de Sarmiento.
c Haber solicitado y obtenido la inscripción en el registro partidario.
d Figurar en los padrones Electorales Nacionales y hallarse habilitado según el régimen electoral vigente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/12/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date15/12/2010

Page count24

Edition count4368

Première édition07/01/2004

Dernière édition02/08/2024

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