Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/7/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 12 de Julio de 2010

BOLETIN OFICIAL

se reitere la presentación de la rendición de cuentas del mes de diciembre del ejercicio 2009.Por ello y lo prescripto por el artículo 18º inc. c de la Ley V-71 antes Ley 4139 el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Aplicar multa de PESOS CIENTO VEINTE
$ 120,00 a cada uno de los responsable de la UEP
PROSATE Delegación Esquel de la Secretaría de Salud Dr. Antonio MUGNO coordinador administrativo y Sra. Mirta QUINTANA responsable administrativo por falta de respuesta a lo requerido mediante Resolución del Tribunal Nº 30/10
Segundo: Conminar a los responsables de la UEP
PROSATE Delegación Esquel de la Secretaría de Salud Dr. Antonio MUGNO coordinador administrativo y Sra. Mirta QUINTANA responsable administrativo a presentar la Rendición de Cuentas del mes de diciembre del Ejercicio 2009, dentro del término de quince 15
días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme el artículo 40º de la Ley V-71 antes Ley 4139.Cuarto: Emplazar a los nombrados para que dentro del término de quince 15 días de notificados ingresen a la Tesorería General de la Provincia o giren a su orden como pertenecientes a esta causa, las sumas fijadas en el artículo que primero, bajo apercibimiento de lo que hubiere lugar por derecho Art. 60º y 61º de la Ley V-71
antes Ley 4139 debiendo acreditar ante este Tribunal mediante constancia fehaciente y efectuado que fuerael pago de la multa aplicada ut-supra.Cuarto: Regístrese, notifíquese, hágase saber a la Contaduría General de la Provincia a los efectos registre la multa aplicada y a la Secretaría de Saludo debiendo esta agregar copia de la presente Resolución en los legajos personales de los responsables y Cúmplase.Pte. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL Nº 82/10
Rawson, Chubut, 18 de mayo de 2010
VISTO: El art.13 inc. kº de la LEY V Nº 71 Antes Ley 4139, y el Acuerdo Nº 405/00; y CONSIDERANDO: Que el Contador Fiscal Cr. Ángel Alejandro Carrasco ha sido designado Vocal Subrogante en virtud de lo establecido en el art.6º de la Ley V Nº 71 Antes Ley 4139;
Que por tal motivo corresponde designar un Contador Fiscal Subrogante a efectos que el Tribunal continúe desarrollando sus actividades;
Que resulta conveniente en razón de lo apuntado precedentemente, que el Relator Fiscal Cr. Ricardo Guillermo Zuliani DNI Nº 11.974.210, se haga cargo en calidad de subrogante legal, toda vez que reúne los
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requisitos de idoneidad y capacidad inherentes a las necesidades de este Tribunal;
Por ello, el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
PRIMERO: Designar al Relator Fiscal Cr. Ricardo Guillermo Zuliani DNI Nº 11.974.210 en la función de Contador Fiscal Subrogante a partir del 26 de mayo de 2010 y hasta el 13 de junio de 2010, ambos inclusive.
SEGUNDO: Regístrese, notifíquese, déjese constancia en el respectivo legajo personal, hágase saber al Servicio Administrativo y oportunamente ARCHIVESE.Pte. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 83/2010
Rawson Chubut, 20 de mayo de 2010
VISTO: La Ley 5813, Ley V Nº 71 y el Acuerdo Nº 408/00 T.C.; y CONSIDERANDO: Que el Acuerdo Nº 408/00 apartado II 9, establece las normas de rendición para los beneficiarios de subsidios otorgados con cargo de rendir ante el Tribunal de Cuentas.Que el articulo 1º de la Ley 5813 dispone que quedan amnistiadas por esta Ley, y por lo tanto extinguidas de pleno derecho todas las sanciones e inhabilitaciones que pudieran corresponder, las personas físicas o jurídicas que habiendo sido beneficiarias de aportes, ayuda económica o subsidios otorgados por el Estado Provincial, Entes Autárquicos, Organismos Descentralizados y Municipios comprendidos dentro de la Ley 3098, con un monto máximo de hasta pesos tres mil $ 3.000, que al 30 de septiembre de 2008 no hubieran dado cumplimiento a la obligación de rendición de los gastos ante el Tribunal de Cuentas.Que en consecuencia el responsable de la Fiscalía Nº 2 solicita el archivo de los subsidios que se encuentran alcanzados por la Ley 5813 Amnistía de Rendición.Que en tal estado, resulta necesario establecer los procedimientos para disponer el archivo de los subsidios comprendidos en el marco de la Ley señalada.Que a los efectos de agilizar dichos procedimientos y por aplicación del principio de economía procesal art.
26 inc. 9 de la Ley 920 deviene necesario disponer que dicho archivo se realice por Secretaría, donde se llevará un registro discriminado el número de de expediente, beneficiario, Resolución y monto.Por todo ello y normas legales citadas el TRIBUNAL
DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Procédase por Secretaria al archivo de los expedientes comprendidos en el Art. 1º de la Ley 5813, que como anexo forman parte de la presente Resolución.Segundo: Regístrese y cumplido ARCHIVESE.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/7/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date12/07/2010

Page count55

Edition count4365

Première édition07/01/2004

Dernière édition30/07/2024

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