Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/1/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 1º de Febrero de 2010

BOLETIN OFICIAL

escrita y oral práctica así como se dará a conocer día, lugar y hora de la misma.
7 Solicitar a la Secretaría de Informática Jurídica, la publicación en la página Web del concurso y a la Subdirección de Recursos Humanos en el sistema de intranet Novedades.
8 Regístrese, notifíquese a los Sres. Integrantes del Jurado designado, publíquese en los términos del Art. 4 de la presente y archívese.
Dr. Alejandro Javier PANIZZI - Dr. Fernando S. L.
ROYER
I: 01-02-10 V: 03-02-10
AÑO 2010
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N XIII-02/10.
Rawson, 20 de Enero de 2010.
VISTO:
El Expediente Nº 00003 - ME - 10; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto se tramita la baja de todas las Comisiones de Servicios a partir del 01 de febrero de 2010;
Que las Comisiones de Servicios tendrán como documento único e imprescindible una planilla en la cual consten los datos personales y de servicios del docente, debidamente rubricada por el mismo y la autoridad solicitante, con la correspondiente autorización del titular de esta cartera educativa;
Que los docentes convocados a desempeñarse en Comisión de Servicios gozan de los mismos derechos que el personal que se encuentra en situación activa, de acuerdo con la normativa específica de cada nivel de enseñanza;
Que se deberá distinguir entre las Comisiones de Servicios que se desempeñan dentro y fuera del ámbito educativo;
Que según se expresa en el párrafo precedente se deberá dar cumplimiento a lo prescripto en la Ley Nº 25.053 Fondo Nacional de Incentivo Docente, tal como lo establece la Resolución Nº 102/99 del Consejo Federal de Cultura y Educación, en los Criterios de Distribución Puntos 1 y 9;
Que la Dirección General de Administración de Personal del Ministerio de Coordinación de Gabinete ha tomado intervención en el presente trámite;
Que es facultad de la Señora Ministro de Educación resolver sobre el particular;
POR ELLO:
La Ministro de Educación
R E S U E L V E :
Artículo 1º: DAR DE BAJA todas las Comisiones de Servicios de docentes del Ministerio de Educación de la
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Provincia del Chubut, a partir del 01 de febrero de 2010.
Artículo 2º: RECONOCER únicamente las Comisiones de Servicios de los docentes que presenten como documentación la planilla que como Anexo I forma parte de la presente Resolución, en la que deberá obrar como condición sine qua non la expresa autorización del titular de la cartera educativa.
Artículo 3º: DETERMINAR que la planilla será confeccionada por cuadruplicado, originales, en forma manuscrita, debiendo obrar en la misma la firma del docente a quien se pretende comisionar y de la máxima autoridad de la institución solicitante, siendo el destino de cada planilla la Institución Educativa, la Subsecretaría de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares para el correspondiente trámite administrativo, la Junta de Clasificación Docente a la que pertenezca el docente y el comisionado.
Artículo 4º: La Subsecretaría de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares de este Ministerio, procederá a verificar, a través de las áreas de su dependencia, situación de revista del docente, cargos y/u horas cátedra y disponibilidad presupuestaria.
Artículo 5º: Los docentes que se desempeñen dentro del ámbito educativo gozarán de los beneficios de la Ley Nº 25.053 Fondo Nacional de Incentivo Docente, tal como se norma en la Resolución Nº 102/99 del Consejo Federal de Cultura y Educación, Criterios de Distribución Punto 1 - Acceden.
Artículo 6º: Los docentes que se desempeñen fuera del ámbito educativo no gozarán de los beneficios de la Ley Nº 25.053 Fondo Nacional de Incentivo Docente tal como se norma en la Resolución Nº 102/99 Consejo Federal de Cultura y Educación, Criterios de Distribución Punto 9 - Excluidos.
Artículo 7º: ESTABLECER que la verificación de la asistencia del docente comisionado estará a cargo del sector de Personal competente al área de desempeño, quien informará al Departamento Licencias del Ministerio de Educación.
Artículo 8º: La presente Resolución será refrendada por los Señores Subsecretarios de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares y de Coordinación Técnica Operativa de Instituciones Educativas y Supervisión.
Artículo 9º: Por el Ministerio de Coordinación de Gabinete, regístrese, comuníquese a la Dirección General de Administración de Personal y vuelva al Organismo oficiante para su posterior tramitación, tomen conocimiento la Dirección Personal Docente y Dirección General de Recursos Humanos, por Departamento Mesa de Entradas y Salidas remítase copia a las Supervisiones Seccionales Regiones I de Las Golondrinas, II de Puerto Madryn, III de Esquel, IV de Trelew, V de Sarmiento y VI de Comodoro Rivadavia, Supervisiones Técnicas de EGB 3 y Polimodal Zona Este Rawson - Trelew - Puerto Madryn, Zona Oeste Esquel, Región I Las Golondrinas Región V Sarmiento Zona Sur Comodoro Rivadavia, a la Junta de Clasificación Docente de EGB
3, Nivel Medio y Polimodal, por Departamento Registro y Verificaciones remítase copia a las Direcciones Generales de Nivel Inicial, de EGB 1 y 2, de EGB 3 y Polimodal, de Educación Inclusiva, de Educación Privada, de Educación Superior y Formación Docente Ini-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/1/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date31/01/2010

Page count34

Edition count4367

Première édition07/01/2004

Dernière édition01/08/2024

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