Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 3/1/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 4 de Enero de 2010

BOLETIN OFICIAL

laboratorios elaboradores de productos cosméticos y otros relacionados con la Actividad Farmacéutica.
- Rubricar los Libros Copiador de Recetas, de Psicotrópicos, Estupefacientes y otros y supervisar el foliado de los mismos.
- Supervisar los registros pertinentes para otorgar matricula Profesional de farmacéuticos.
- Fiscalizar el cumplimiento de las funciones del Departamento Provincial de Insumos y Medicamentos y de los Zonales de Inspectoría de Farmacias, y de la División Depósito de Farmacia.
- Delegar en los Departamentos de Inspectoría de Farmacias Zonales Comodoro y Esquel, todas las actividades que se requieren en dichas Áreas, relacionadas con el ejercicio de la Profesión Farmacéutica. Previo conocimiento del Director de dicha Área.
- Verificar el cumplimiento de los Instrumentos Legales que regulen el uso Debido de Drogas, Psicotrópicas y de Estupefacientes, en cumplimiento de las Leyes 17.818, 19.303 y las Leyes que se dicten en la materia. Comprobando a través de mecanismos técnicos pertinentes, la prescripción y la comercialización de los Fármacos sujetos a control.
- Supervisar el control de talonarios de recetarios y de vales para la compra oficial de Psicofármacos.
- Controlar que la difusión y publicidad relacionados con el ejercicio profesional de la actividad farmacéutica se ajuste a las disposiciones vigentes.- Recabar información de los Organismos Nacionales competentes en todo lo atinente al área, promoviendo cumplimiento a nivel provincial.
-Fiscalizar los locales y/o establecimientos donde ejerzan los profesionales Farmacéuticos, incluidos en el Decreto Ley 989 y Ley Nacional N 17.565.
- Coordinar con las Áreas Municipales a los efectos de realizar Inspecciones en locales habilitados por ellos, donde se puedan ejercer actividades en relación con Medicamentos, Hierbas medicinales, cosméticos, materiales descartables y otros relacionados.
- Recepcionar las propuestas de las sanciones que correspondan por el incumplimiento de la legislación vigente, y una vez dictada la Resolución con la sanción pertinente, aplicarla en los términos que determine la misma. - Entender en la aplicación de los valores fijados para los aranceles relacionados con las farmacias privadas, comunicando posteriormente las pertinentes modificaciones a las distintas Jefaturas de Inspectoría Zonales.
- Controlar las especialidades medicinales certificadas por la ANMAT en caso de no contar con su aprobación realizar los comisos pertinentes.
- Recepcionar planillas de denuncia de Efectos Adversos de los Medicamentos y defectos de productos médicos, equipos biomédicos, en apoyo a los Programas Nacionales de Fármaco y Tecnovigilancia de la ANMAT.
- Difundir las Disposiciones emitidas por la ANMAT, en el marco del Programa Nacional de Pesquisa de Medicamentos Ilegítimos.
- Comunicar al Colegio Provincial de Profesionales
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Farmacéuticos toda la información relacionada con la Actividad Farmacéutica.
- Asesorar a los interesados sobre las leyes vigentes en la elaboración de productos farmacéuticos, cosméticos, productos médicos y tecnología médica en general.
- Fiscalizar la aplicación de la Ley Nacional de Prescripción por nombre Genérico.
- Verificar el cumplimiento de las Normas vigentes que regulan el funcionamiento de las Centrales de Esterilización.
- Proponer y participar en la elaboración de Normas relacionadas con el Ejercicio Profesional Farmacéutico.
- Participar y coordinar Cursos de Actualización y Capacitación en temas relacionados con la Actividad Farmacéutica.
- Supervisar al personal administrativo a cargo DEPENDENCIA:
- De la Subsecretaría de Gestión Institucional.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
- Poseer título Universitario de Farmacéutico y Licenciado en Ciencias Farmacéuticas, Farmacéutico o Doctor en Farmacia con experiencia en el área.
DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE INSUMOS
Y MEDICAMENTOS DIRECCIÓN PROVINCIAL
DE FARMACIA
MISIÓN:
- Programar la previsión y posterior abastecimiento de la División Provincial Deposito de Farmacia y/u otro que sea de su dependencia. Fiscalizar el cumplimiento de la Legislación vigente que reglamente el ejercicio de la Profesión Farmacéutica, en cualquier ámbito de la Provincia con el objeto de lograr una eficiente comercialización de medicamentos que cubra las necesidades de la población que la Provincia demande. FUNCIONES:
- Supervisar las tareas de la División Provincial de Deposito de Farmacia y/u otro que sea de su dependencia.
- Coordinar la recepción de los requerimientos de los Hospitales y sus Áreas Programáticas.
- Verificar el cumplimiento de las Normas y Manual de Procedimientos de Buenas Prácticas en la recepción, registro, control, almacenamiento, distribución y transporte de Medicamentos y Productos médicos.
- Coordinar con los responsables de los distintos Programas de Salud los requerimientos de los mismos adaptándose a las Normas y Manual de Procedimientos de Buenas Practicas en la recepción, registro, control almacenamiento, distribución y transporte de Medicamentos y Productos médicos - Realizar las inspecciones de Farmacias privadas y/o estatales, Droguerías, Herboristerías, Filiales de Laboratorios y otros establecimientos afines con la actividad Farmacéutica a fin de verificar el cumplimiento de las normas vigentes.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 3/1/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date03/01/2010

Page count22

Edition count4367

Première édition07/01/2004

Dernière édition01/08/2024

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