Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 4/3/2009
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
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Miércoles 4 de Marzo de 2009
BOLETIN OFICIAL
Sección Oficial RESOLUCIONES
SECRETARÍA DE PESCA
Resolución N 39/09.
Rawson Chubut, 18 de Febrero de 2009.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 5639, la Resolución Nº 0160/08-SP y el Expediente Nº 300/09-SP; y CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución Nº 160/08-SP se estableció una Veda Total Temporaria en el área de Bahía Camarones;
Que el Expediente Nº 300/09-SP enmarca las Resoluciones de la pesquería de langostino patagónico en la temporada 2009;
Que es interés de la administración pesquera provincial determinar el estado de situación del recurso langostino en las áreas vedadas;
Que para tal fin una Pesca Exploratoria realizada por buques menores de 21 metros con participación de personal técnico a bordo, constituye una herramienta válida para obtener una adecuada percepción de la situación del recurso;
Que en función de la competencia específica de asistencia al Poder Ejecutivo en la implementación y planificación de las políticas referidas a los recursos pesqueros, la Secretaría de Pesca resulta el organismo competente para el dictado de la presente Resolución;
POR ELLO:
El Secretario de Pesca
RESUELVE:
Artículo 1º: AUTORIZASE una pesca exploratoria en la zona de de Bahía Camarones desde las 00:00 Hs.
del día 20 de Febrero de 2009 y hasta las 24:00 Hs. del día 22 de febrero de 2009 en el espacio marítimo comprendido entre los siguientes puntos:
44º30 LS y límite de jurisdicción provincial 44º30 LS y 65º40 LW
44º50 LS y límite de jurisdicción provincial 44º50 LS y 65º40 LW
Artículo 2º: AUTORIZASE a los buques pesqueros detallados en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente Resolución a participar de la prospección de pesca. Dichas embarcaciones deberán embarcar el observador designado por la Autoridad de Aplicación.
Artículo 3º: LA permanencia de los buques en el área mencionada, quedará condicionada al suministro
de información requerida y a la cooperación necesaria para la evaluación dispuesta. En caso, de que a criterio de la Autoridad de Aplicación no se cumplan las condiciones anteriores, se determinará el retiro del buque de la zona a prospectar.
Artículo 4º: EN caso de registrarse cualquier circunstancia imprevista o razón de fuerza mayor que impida la efectiva participación en la Pesca Exploratoria deberán obligatoriamente poner en conocimiento de tales circunstancias a esta Secretaría de Pesca.
Artículo 5º: LAS capturas realizadas en el marco de la prospección deberán desembarcarse en puertos de la Provincia del Chubut.
Artículo 6º: COMUNÍQUESE a los permisionarios, a la Prefectura Naval Argentina, dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese.
P.P. HECTOR ENRIQUE ZORROZUA
Director de Control y Fiscalización A/C Secretaría de Pesca ANEXO I
Listado de Buques Artesanales para hacer Pesca Exploratoria zona de veda Isla Escondida.
BUQUE
1. PACHACA
2. EL TEHUELCHE
3. DON PABLO
4. DON JOSÉ DIBONA
5. DIEGO FERNANDO
6. DON GIULIANO
MATRICULA
02572
02565
0691
02241
02416
02025
Resolución N 40/09.
Rawson Chubut, 18 de Febrero de 2009.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 5639, la Disposición Nº 200/
00-DGP, la Resolución Nº 016/09 y el Expediente Nº 300/09-SP; y CONSIDERANDO:
Que por medio de la Disposición Nº 200/2000-DGP
se estableció la Zona de Esfuerzo Pesquero Restringido;
Que el Expediente Nº 300/09-SP enmarca las Resoluciones de la pesquería de langostino patagónico en la temporada 2009;
Que por Resolución Nº 016/09-SP, se estableció una veda en el área a explorar;
Que es interés de la administración pesquera provincial determinar el estado de situación del recurso langostino en las áreas vedadas;
Que para tal fin una Pesca Exploratoria realizada por buques artesanales con participación de personal técnico a bordo, constituye una herramienta válida para obtener una adecuada percepción de la situación del recurso;