Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 29/4/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

Dto. Nº 411

21-04-08

Artículo 1º.- RECHAZAR el Recurso Jerárquico interpuesto por Vicente Luján ANTIECO y Aldo Gregorio ANTIECO contra la Resolución N 39/07, dictada por el Presidente del Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural, declarando agotada la vía administrativa.-

RESOLUCIONES
SECRETARIA DE PESCA
Resolución N 70/08.
Rawson Chubut, 16 de Abril de 2008.
VISTO:
El Convenio Marco suscripto el día 5 de enero de 2006, entre la Provincia del Chubut y la Provincia de Santa Cruz para la regulación y ordenamiento de las pesquerías con artes de arrastre en el Golfo San Jorge aprobado por la Ley Nº 5469; y;
CONSIDERANDO:
Que por el Convenio citado en el Visto, se establecieron las cláusulas que regularán y ordenarán las pesquerías con artes de arrastre con la finalidad de lograr la explotación ecológicamente sustentable de los recursos vivos entre las provincias firmantes;
Que en la cláusula séptima del Convenio citado en el párrafo que antecede, se establece que la provincia del Chubut otorgará hasta veinticinco 25 permisos de pesca a buques congeladores tangoneros, los cuales deben ser indicados por la Provincia de Santa Cruz;
Que asimismo, establece que cada provincia otorgará hasta diez 10 permisos de pesca a buques fresqueros convencionales de altura cuya especie objetivo sea merluza común merluccius hubbsia las embarcaciones que indique la restante;
Que la cláusula octava del Convenio Marco, establece que una parte podrá negar el permiso al propuesto por la otra, si el buque o empresa titular nominada hubiese recibido la sanción de suspensión en su jurisdicción, pudiendo también negar el permiso si la empresa titular, permisionaria y/o armadora del buque tuviera pleito judicial con ella;
Que la cláusula novena del Convenio prescribe que los buques autorizados por una provincia que ingresen por reciprocidad en la jurisdicción de la otra, deberán cumplir con las normas y condiciones que cada Parte establezca para la pesca en sus espacios marítimos;
Que resulta necesario establecer los requisitos exigibles para el otorgamiento de los permisos de pesca provinciales previstos en el Convenio Marco del Golfo San Jorge, para la presente temporada de pesca;
Que en función de la competencia específica de asistencia al Poder Ejecutivo en la implementación y planificación de las políticas referidas a los recursos
Martes 29 de Abril de 2008

pesqueros, la Secretaría de Pesca resulta el organismo competente para dictar el presente acto administrativo;
POR ELLO:
El Secretario de Pesca
R E S U E LV E :
Artículo 1: FIJASE para el otorgamiento de los permisos de pesca de la Provincia del Chubut, en virtud del Convenio del Golfo San Jorge los siguientes Requisitos que como Anexo I forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2: FÍJASE como fecha de vencimiento para la entrega de la documentación requerida, el día 30 de Abril de 2008 en la Secretaría de Pesca sita en la Calle Belgrano Nº 778 Planta Altade la Ciudad de Rawson.
Artículo 3: El vencimiento de las cuotas correspondientes a las Licencias de pesca Industrial establecidas en la Ley impositiva vigente serán abonadas conforme la liquidación realizada por la Secretaría de Pesca de acuerdo al importe comunicado oportunamente a cada permisionario mediante las liquidaciones practicadas, cuyos vencimientos se han establecido conforme al siguiente detalle:
CUOTAS
1 PRIMERA
2 SEGUNDA
3 TERCERA
4 CUARTA

VENCIMIENTOS
05 de Mayo de 2008
18 de Agosto de 2008
10 de Noviembre de 2008
17 de Febrero de 2009

Artículo 4: REGÍSTRESE, comuníquese a los interesados, a la Dirección General de Rentas de la Provincia del Chubut, a la Secretaría de la Producción de la provincia de Santa Cruz, a la Subsecretaría de Pesca de la provincia de Santa Cruz, a la Prefectura Naval Argentina, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.Tec. JUAN CARLOS BERON
Secretario de Pesca Provincia del Chubut ANEXO I
Documentación a presentar en caso de trámite de renovación y siempre que no haya modificaciones respecto del Ejercicio anterior:
1. Solicitud de otorgamiento del permiso provincial de pesca para el año en curso en función del Convenio del Golfo San Jorge, por parte de la persona física o jurídica propietaria y/o armadora de cada buque permisionario de la Provincia de Santa Cruz.
- Las personas que actúen en representación del solicitante deberán acompañar Poder Especial para las tramitaciones ante esta Secretaría de Pesca.
2. Nota constituyendo Domicilio Legal en la provincia del Chubut de la persona física o jurídica solicitante del permiso de pesca, con indicación de fax y correo electrónico.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 29/4/2008

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date29/04/2008

Page count32

Edition count4368

Première édition07/01/2004

Dernière édition02/08/2024

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