Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/4/2008

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 7 de Abril de 2008

BOLETIN OFICIAL

Tec. JUAN CARLOS BERON
Secretario de Pesca Provincia del Chubut
Que asimismo, se continuará con las campañas de monitoreo estipuladas en el Programa mencionado en los párrafos precedentes;
Que la Autoridad de Aplicación es la Secretaría de Pesca;

ANEXO I
Nº 1

Buques CALABRIA

Mat 0567

PAGINA 3

Empresa CONARPESA

POR ELLO:
El Secretario de Pesca
R E S U E LV E :

Resolución N 45/08.
Rawson, 18 de Marzo de 2008.
VISTO:
El Expediente Nº 437/08-SP, las Leyes Nº 26, Nº 1229 y Nº 5585 y las Resoluciones Nº 273/07 y 023/08 y los resultados de los análisis de las muestras de fitoplancton y de moluscos informados por la Facultad de Ciencias Naturales de la U.N.P.S.J.B.
y el Departamento de Bromatología de la Dirección de Salud Ambiental de la Secretaría de Salud, respectivamente, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 273/07-SP, se vedó la captura de moluscos bivalvos y gasterópodos en el Golfo San José, en virtud de la detección de valores de Veneno Paralizante de Moluscos V.P.M. superiores a las 400 U.R. y se autorizó la captura de vieira para el procesamiento en Planta Transformadora de subproducto callo;
Que mediante la Resolución Nº 023/08-SP, se habilitó la captura de moluscos bivalvos y gasterópodos en el Golfo San José y se mantuvo autorizada la captura de vieira para el procesamiento de subproducto callo, por mantenerse con valores de toxicidad por V.P.M.
superiores a 400 U.R.
Que la continuidad de la citadas habilitaciones estaban condicionadas a los resultados de los análisis para la determinación de toxinas que se realicen en el Programa de Monitoreo de Marea Roja y Toxicidad en Moluscos Bivalvos y Gasterópodos;
Que los análisis de fitoplancton tóxico realizados por el Laboratorio de Hidrobiología de la Facultad de Ciencias Naturales de la UNPSJB, indican que no se registra la especie productora de toxinas paralizantes en las muestras;
Que las determinaciones realizadas por el Departamento de Bromatología de la Dirección de Salud Ambiental dependiente de la Secretaría de Salud, correspondientes a las muestras tomadas durante la última campaña en el marco del programa antes mencionado, revelan valores de V.P.M. por debajo de las 400 U.R., en todas las especies, incluida la vieira;
Que dichos valores determinan que su consumo no constituye riesgo para la salud humana y por tanto es procedente habilitar la extracción de vieira para ser comercializada entera;

Artículo 1º: Habilitar a partir de las 00:00 hora del día de la fecha de la presente Resolución, la captura de vieira en el Golfo San José para ser comercializada entera.
Artículo 2º: El producto de la pesca deberá ser transportado, procesado y comercializado de acuerdo a lo establecido por la Autoridad Sanitaria.
Artículo 3º: Las infracciones a la presente Resolución serán sancionadas en el marco de la legislación vigente.
Artículo 4º: La continuidad de la presente habilitación estará condicionada a los resultados de los análisis para la determinación de toxinas que se realicen a partir de la fecha y al cumplimiento del Sistema de Monitoreo establecido por la presente Resolución.
Artículo 5º: Regístrese, comuníquese a los interesados, a las Autoridades Sanitarias Nacional y Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese.
Tec. JUAN CARLOS BERON
Secretario de Pesca Provincia del Chubut
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
SECRETARIA DE PESCA

Res. N 46

19-03-08

Articulo 1.- FINALIZAR las tareas de pesca exploratoria, establecida por resolución N 34/08
SP a partir de las 20.00 horas del día 24 de marzo de 2008.

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, PLANEAMIENTO Y SERVICIOS PÚBLICOS

Res. Nº 77

14-03-08

Artículo 1º.- AUTORIZASE la celebración de los Contratos que se detalla en el Anexo I, que forma parte de la presente Resolución, encuadrando el Procedimiento de la contratación en los términos del Artículo 95º inciso c Apartado 3 de la Ley 5447.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/4/2008

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date07/04/2008

Page count15

Edition count4352

Première édition07/01/2004

Dernière édition11/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Abril 2008>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930