Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 14/3/2008
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
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BOLETIN OFICIAL
Sección Oficial DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 206
04-03-08
Artículo 1.- RATIFICASE el Convenio suscripto con fecha 21 de Diciembre de 2007 entre el Instituto de Seguridad Social y Seguros y el Ministerio de Economía y Crédito Público, registrado al Tomo 1, Folio 150 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno el día 25 de Enero de 2008.-
Dto. Nº 207
04-03-08
Artículo 1.- OTÓRGASE a partir de la fecha del presente Decreto, la pensión prevista en el Artículo 3
inciso d de la Ley N 3235 modificada por la Ley N
3683, a favor del Señor MELO, Evaristo León D.N.I. N
11.914.128, con domicilio en calle Los Cipreses N
1107, casa N 73 del Barrio Los Aromos de la ciudad de Trelew, quien prestara servicios en el Cuerpo Activo de la Asociación de Bomberos Voluntarios de la citada ciudad.
Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de la Familia y Promoción Social - Programa 22 - Actividad 3 - Inciso 5 - Partida Principal 1 Partida Parcial 2 - Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicio año 2008.
Dto. Nº 208
04-03-08
Artículo 1.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados no Autofinanciados para el Ejercicio 2008, en la Jurisdicción 6, S.A.F. 6- SAF Contaduría General de la Provincia, en la Jurisdicción 8, S.A.F.
31- SAF Subsecretaría de Servicios Públicos, y en la Jurisdicción 30, S.A.F. 30- SAF Ministerio de Economía y Crédito Público.Artículo 2.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Dto. Nº 212
05-03-08
Artículo 1º- Otorgase un subsidio por la suma de PESOS NOVENTA Y TRES MIL $ 93.000,00 a favor de la Municipalidad de JOSÉ DE SAN MARTIN, siendo responsable de su utilización y rendición el Intendente de dicha localidad, Sr. Beltrán BEROQUI. El subsidio será destinado a cubrir los gastos que demande la adquisición de materiales, mano de obra y servicios domiciliarios para la ampliación en el tendido de la red de gas en las manzanas 1, 16, 21
y 50 para 19 futuros usuarios de esa localidad,
Viernes 14 de Marzo de 2008
según proyectos obrantes de fojas 2 a 5 del Expediente Nº 3730-SIPySP-07.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará en la Jurisdicción 8- Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos SAI- 31 Servicios Públicos P.L. 111 Programa 16
Actividad 5 Partida Presupuestaria inc. 5 - Principal 8
Parcial 6 Subparcial 01 Finalidad 4 Función 411 Aporte a Gobiernos Municipales Ejercicio 2008.Artículo 3º.- El subsidio deberá ser invertido e informado a la Subsecretaría de Servicios Públicos dentro de los cuarenta y cinco 45 días de recepcionado, y rendido ante el tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta 60 días de su inversión.-
Dto. Nº 213
05-03-08
Artículo 1.- OTÓRGASE un subsidio por la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL $ 225.000,00 a favor de la Municipalidad de CORCOVADO, siendo responsable de su utilización y rendición el Intendente de dicha localidad. Sr. Héctor DIEZ. El subsidio será destinado a cubrir los gastos que demande la adquisición de materiales, mano de obra y servicios domiciliarios para la ampliación en el tendido de la red de gas natural para 210 futuros usuarios de esa localidad, según proyecto N 21-0710-00 obrante a fojas 3 del Expediente Nº 6295SIPySP-07.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará en la Jurisdicción 8- Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos - SAF 31 Servicios Públicos F.F. 111 Programa 16
Actividad 5 - Partida Presupuestaria inc. 5 - Principal 8
Parcial 6 - Subparcial 01 - Finalidad 4 - Función 411
Aporte a Gobiernos Municipales - Ejercicio 2008.Artículo 3.- El subsidio deberá ser invertido e informado a la Subsecretaría de Servicios Públicos dentro de los cuarenta y cinco 45 días de recepcionado, y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta 60 días de su inversión.-
Dto. Nº 214
05-03-08
Artículo 1º.- Exceptúase el presente trámite del criterio de irretroactividad establecido en el Artículo 32- del Decreto Ley Nº 920, por aplicación del punto 3 de la misma norma legal.Artículo 2º.- Dejar sin efecto a partir del 12 de Diciembre de 2007, la designación efectuada mediante Decreto N 963/07.Artículo 3º.- Desígnase a partir del 12 de Diciembre de 2007, en el cargo Director Puertos de Explotación Directa, dependiente de la Dirección General de Puertos - Subsecretaría de Transporte Multimodal - Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos, al señor Carlos Alberto LEGAL M.l. N 13.070.237 Clase 1959.Artículo 4.- Otórgase al señor Carlos Alberto LEGAL M.l. N 13.070.237 - Clase 1959, a partir del 13 de Diciembre de 2007, una Bonificación Especial Remunerativa no Bonificable, conforme a lo establecido por el