Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/7/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Martes 17 de Julio de 2007

BOLETIN OFICIAL

la presente. Artículo 3º: Hacer saber que contra lo dispuesto en el artículo primero podrá interponer recurso de reconsideración de conformidad con el Código Fiscal vigente. Artículo 4º: REGISTRESE, notifíquese al contribuyente con copia de la presente y cumplido, ARCHIVESE.En caso contrario y sin más trámites se gestionará el cobro judicial mediante la vía de apremio, conforme lo dispuesto en el Artículo 59º del Código Fiscal y normas concordantes.QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
NAZARIO EDUARDO RODRIGUEZ
Director de Recaudación Dirección General de Rentas I: 16-07-07 V: 27-07-07.
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
EDICTO ARTICULO 68 CODIGO FISCAL
SEÑORES
TODO LIVING S.R.L.
POSADAS MISIONES.Notificamos a Ud. por el presente edicto la Resolución N 308/07-DGRde fecha 26/04/07, la cual se transcribe a continuación:
VISTO: El expediente Nº 226/07-DGR, el artículo 29
del Código Fiscal vigente, y CONSIDERANDO: Que según surge de los antecedentes obrantes en poder de la Dirección General de Rentas, el contribuyente TODO
LIVING S.R.L., inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral bajo el N 914530370-2, con domicilio en Ruta 12 Km 8 de la localidad de Posadas, Provincia de Misiones, no ha presentado los formularios CM 03 correspondientes a la posiciones 03,04,06 a 09, 11 y 12/03 y 01 a 03/04 a la fecha de sus respectivos vencimientos; Que de igual modo continuó pese a la Intimación N 304/06-DCMcursada por este organismo, cuya notificación luce a fojas 03; Que el artículo 17 inciso 1 del Código Fiscal establece a los contribuyentes y demás responsables el deber de presentar declaraciones juradas por los hechos imponibles atribuibles a ellos; Que la falta de presentación de cada declaración jurada constituye una infracción al deber indicado precedentemente, y así es tipificado en el artículo 29º del Código Fiscal con una multa que podrá graduarse entre uno 1 y cien 100
módulos, siendo el valor del módulo PESOS TREINTA
$ 30; Que la graduación de la sanción que se impone por la presente se hará teniendo en cuenta la cantidad de declaraciones juradas no presentadas oportunamente, a razón de UN 1 MODULO por cada una de ellas, tomando cada omisión de presentación de CM 03 de manera independiente. Lo que equivale a la imposición de ONCE 11 MODULOS; Que la sanción atribuida en este acto se aplica de oficio y sin sustanciación de sumario previo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 35º del Código de rito. POR ELLO: EL DIRECTOR

PAGINA 23

GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT RESUELVE: Artículo 1: Aplicar una multa de PESOS TRESCIENTOS TREINTA $ 330, equivalente a ONCE 11 MODULOS al contribuyente TODO LIVING
S.R.L., inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral bajo el N 914-530370-2, con domicilio en Ruta 12 Km 8 de la localidad de Posadas, Provincia de Misiones, en base a lo expuesto en los considerandos que anteceden. Artículo 2º: Intimar al contribuyente a ingresar, dentro de los diez 10 días de notificada la presente, a la orden de la Dirección General de Rentas de la Provincia del Chubut la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA $ 330.- junto con las declaraciones juradas omisas mencionadas en el párrafo primero de la presente. Artículo 3º: Hacer saber que contra lo dispuesto en el artículo primero podrá interponer recurso de reconsideración de conformidad con el Código Fiscal vigente. Artículo 4º: REGISTRESE, notifíquese al contribuyente con copia de la presente y cumplido, ARCHIVESE.En caso contrario y sin más trámites se gestionará el cobro judicial mediante la vía de apremio, conforme lo dispuesto en el Artículo 59º del Código Fiscal y normas concordantes.QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
NAZARIO EDUARDO RODRIGUEZ
Director de Recaudación Dirección General de Rentas I: 16-07-07 V: 27-07-07.
REMATE JUDICIAL
Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Rural y de Minería de la Circunscripción Judicial del Noreste del Chubut con asiento en la ciudad de Rawson Dr. Carlos Alberto Tesi, Secretaría a cargo del Dr. Daniel Omar Tejero, en autos caratulados:
FERNANDEZ, SANDRA BEATRIZ C/REYES, ELENA
S/EJECUTIVO Exp. Nº 409 Año 1997, se hace saber que se publicarán Edictos por Dos Días, que el designado Martillero Público Sr. Javier H. Ambrogi Mat.
085 S.T.J.CH. procederá a vender en Pública Subasta con la base de PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS $ 4.452,92 y al mejor postor el 50% de los derechos y acciones que le corresponden a la Sra. REYES Elena del siguiente bien inmueble identificado como: Parcela 03, Mza. 71, Sector 06, Circunscripción 1, Nomenclatura anterior Manzana 72 A Lote 3
ubicado en la Calle Estrada Nº 155 de la ciudad de Rawson, Chubut. MEJORAS: Posee una vivienda que está construida a diez metros de la línea Municipal, ubicada al fondo del terreno, compuesta por cuatro dormitorios, cocina, living-comedor, lavadero y Baño. Posee cerco perimetral. La casa es de mampostería, techo de losa y el estado de conservación de la misma es regular.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/7/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date17/07/2007

Page count27

Edition count4351

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Dernière édition10/07/2024

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