Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/5/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 9 de Mayo de 2007

BOLETIN OFICIAL

POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5605
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.
MARIO DAS NEVES
NORBERTO GUSTAVO YAUHAR

APRUÉBASE EL CONVENIO MARCO CELEBRADO ENTRE LA PROVINCIA DEL CHUBUT Y LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y ALIMENTOS DE LA NACIÓN.

LEY Nº 5.606
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE

LEY :
Artículo 1.- Apruébase en todos sus términos el Convenio Marco celebrado con fecha 26 de octubre de 2.006 entre la Provincia del Chubut, representada por el señor Ministro de la Producción, Dr. MARTÍN BUZZI, y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación SAGPyA, representada por su Secretario, Ing. MIGUEL CAMPOS, con el objeto de proveer al desarrollo de la actividad ganadera y de tal modo incrementar el stock ganadero y la oferta de carnes para abastecer adecuadamente a los mercados interno y externo, generando una dinámica productiva de crecimiento sostenido; protocolizado al Tomo 18, Folio 084, del Registro de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno con fecha 14 de diciembre de 2.006 y ratificado por Decreto N 1747/06.
Artículo 2.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE
ABRIL DE DOS MIL SIETE.
Ing. MARIO E. VARGAS
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Dr. DIEGO M. MARTINEZ ZAPATA
Secretario Legislativo Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Dto. N 408/07.
Rawson, 03 de Mayo de 2007.
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de Ley por el cual se aprueba en todos sus términos el Convenio Marco celebrado con fecha 26 de octubre de 2.006 entre la Provincia del Chubut,
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representada por el señor Ministro de la Producción, Dr.
MARTÍN BUZZI, y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación SAGPyA, representada por su Secretario, Ing. MIGUEL CAMPOS, con el objeto de proveer al desarrollo de la actividad ganadera y de tal modo incrementar el stock ganadero y la oferta de carnes para abastecer adecuadamente a los mercados interno y externo, generando una dinámica productiva de crecimiento sostenido; protocolizado al Tomo 18, Folio 084, del Registro de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno con fecha 14 de diciembre de 2.006, ratificado por Decreto N 1747/06; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 24 de abril de 2007, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140
de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5606
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.
MARIO DAS NEVES
NORBERTO GUSTAVO YAUHAR

APRUEBANSE ACTAS COMPLEMENTARIAS.

LEY Nº 5.607
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE

LEY :
Artículo 1.- Apruébase en todos sus términos el Acta Complementaria suscripta el día 04 de enero de 2.007, protocolizada al Tomo 1, Folio 097, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 18 de enero de 2.007, del Convenio aprobado por Ley N 5.532 por el que se financia el proyecto denominado Cooperativa de Trabajo Elastax Limitada-Fábrica de Guantes para uso industrial de la Provincia del Chubut, que tiene por objeto lograr una mayor descentralización en la gestión de los recursos implicados en el financiamiento al emprendimiento, ratificada por Decreto N 47/07.
Artículo 2.- Apruébase en todos sus términos el Acta Complementaria suscripta el día 27 de diciembre de 2.006, protocolizada al Tomo 1, Folio 096, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 18 de enero de 2.007, del Convenio aprobado por Ley N 5.572 Plan Integral de Desarrollo Territorial a ejecutarse en el ámbito de la Provincia del Chubut en el marco del Plan Nacional de Desarrollo Local y Economía Social MANOS A LA OBRA, que tiene por objeto lograr una mayor descentralización de los fondos a Organizaciones Administradoras Regionales, que cuenten con el dictamen de la Unidad de Evaluación Provincial UEP, ratificada por Decreto N 47/07.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/5/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date09/05/2007

Page count24

Edition count4351

Première édition07/01/2004

Dernière édition10/07/2024

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