Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/12/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 30 de Diciembre de 2005

BOLETIN OFICIAL

INCISO 2 PRINCIPAL 9 PARCIAL 8 SUBPARCIAL
0 ELEMENTOS DE SEGURIDAD NO
INVENTARIABLE FUENTE DE FINANCIAMIENTO
111, por PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE
MIL NOVECIENTOS VEINTE $ 839.920,00.
Artículo 6.- Autorizar al señor Jefe de Policía de la Provincia a emitir la correspondiente Orden de Compra a favor de la firma adjudicada.

Dto. Nº 2249

21-12-05

Artículo 1º.- DENIEGASE por resultar inconveniente la solicitud de rebaja de pena a favor del interno Omar JONES.

Dto. Nº 2250

21-12-05

Artículo 1º.- Modifícase el detalle analítico de la Planta Presupuestaria en la Jurisdicción: 60 Ministerio de la Producción, Programa: 18 Desarrollo Forestal
Actividad: 1 Aprovechamiento Forestal.
Artículo 2º.- Modifícase el Plantel Básico de la Dirección General de Bosques y Parques de la Subsecretaría de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Ministerio de la Producción, eliminándose un 1 cargo Nivel IV del Agrupamiento Personal de Servicios de la Planta Temporaria, e incrementándose un 1 cargo Nivel II del Agrupamiento Personal de Servicios en la Planta Permanente de la citada Dirección General.
Artículo 3º.- Reubícase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Miguel Ángel SOTO MI Nº 20.238.589 clase 1988, quien revista en el cargo Peón y Ayudante de oficios Código 2-086 Clase VI del Agrupamiento Personal Obrero de la Planta Permanente, dependiente de la Dirección General de Bosques y Parques - Subsecretaría de Recursos Naturales y Medio Ambiente - Ministerio de la Producción, en el cargo Guardaparque, Código 1-008 Clase II del Agrupamiento Personal de Servicios de la Planta Permanente de la citada Dirección General, por aplicación del Artículo 101º del Decreto Ley Nº 1987, y su Decreto reglamentario Nº 1330/81.
Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará en la Jurisdicción: 60 SAF:
60 Ministerio de la Producción, Programa: 18 Desarrollo Forestal Actividad: 1 Aprovechamiento Forestal Ejercicio 2005.

RESOLUCION
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución Nº 636/05.
Rawson, 24 de Noviembre de 2005.
VISTO:
El Expediente N 576-ME-01; y
PAGINA 3

CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Superior N 24521 en su Artículo 7 establece que los mayores de veinticinco 25
años que no hayan aprobado el Nivel Medio Polimodal podrán ingresar a instituciones de Nivel Superior;
Que la condición de ingreso será demostrar a través de evaluaciones que cuenta con herramientas intelectuales acordes con los estudios que se proponen iniciar;
Que cada jurisdicción deberá diseñar e implementar el dispositivo de evaluación;
Que el Ministerio de Educación debe garantizar un instrumento de equidad que asegure la calidad de la propuesta a implementar;
Que mediante Resolución ME N 214/01 se incorporó al Calendario Escolar Unico, a partir del año escolar 2001, el período en que debe implementarse el operativo de evaluación;
Que para tal fin determina conformar una Comisión Curricular Ad-Hoc con misiones y funciones específicas en cuanto a elaboración del instrumento y su evaluación;
Que se hace necesario definir nuevos criterios en cuanto a los propósitos de la evaluación, la elaboración del instrumento y su valoración;
Que resulta indispensable adecuar la normativa a los fines y propósitos del nuevo dispositivo;
Que la Señora Ministro de Educación se encuentra facultada para resolver al respecto;
POR ELLO:
La Ministro de Educación
RESUELVE:
Artículo 1.- DETERMINAR que para la aprobación del examen cada aspirante deberá acreditar como mínimo seis 6 puntos sobre un total de diez 10 puntos.
Artículo 2.- ESTABLECER que un alumno estará en condiciones de ingresar a cursar la carrera elegida si ha aprobado cada uno de los Espacios Curriculares en los que ha sido evaluado, con seis 6 o más puntos.
Artículo 3.- RECONOCER en un todo lo normado por la Disposición N 34/05 de la Dirección General de Educación Superior y Formación Docente Inicial.
Artículo 4.- La presente Resolución será refrendada por el Subsecretario de Coordinación Técnica Operativa de Instituciones Educativas y Supervisión .
Artículo 5.- Regístrese, tome conocimiento la Dirección General de Educación Superior y Formación Docente Inicial, por Departamento Registro y Verificaciones remítase copia a la Coordinación de Educación Privada, a los Institutos Superiores de Formación Docente N 801, N 805, N 808, IPPI e IDES
de Trelew, N 802, N 806, N 807, N 810, IMA y CELI de Comodoro Rivadavia, N 803 de Puerto Madryn, N 804 y N 809 de Esquel, Centro Provincial de Información Educativa y cumplido, ARCHÍVESE.
HAYDEE MIRTHA ROMERO
GUILLERMO GERMAN FIRMENICH

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/12/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date30/12/2005

Page count12

Edition count4365

Première édition07/01/2004

Dernière édition30/07/2024

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