Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/11/2005
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PAGINA 20
BOLETIN OFICIAL
visto, en el Art. 32 de la Ley 4139, con los papeles de trabajo que lo sustenta.
Que el Contador Fiscal informa que ha verificado las cuentas rendidas en sus aspectos formal, legal, contable, numérico y documental, y se expide de acuerdo a los términos del mismo Art. 32 de la Ley 4139. Y así, solicita la aprobación de las Rendiciones de Cuentas.
Por ello EL TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Aprobar las rendiciones de cuentas de Deuda de Tesorería del Ejercicio 2001 pagado 2003 , presentada por los responsables del I.P.V.y D.U., en tanto expresan razonablemente la legítima ejecución de las partidas presupuestarias asignadas para el Ejercicio 2001 , para la Jurisdicción 8 SAF 302 INSTITUTO
PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, por la Fuente de Financiamiento 222 que importan un monto de Pesos TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS $ 38.678,85.
Declarándolos libre de responsabilidad.
Segundo: Notificar al contador Fiscal actuante, Fiscalía Nº 4 y a los responsables.
Tercero: Regístrese y oportunamente ARCHIVESE.
Pte. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Cr. VICTOR ANTONIO ZAMORA
Voc. Dr. TOMAS ANTONIO MAZA
Sec. Dr. NESTOR FABIAN PAPAIANI
ACUERDO REGISTRADO BAJO EL NRO. 348/05.
En Rawson, Capital de la Provincia. del Chubut, a los 06 días del mes octubre del año dos mil cinco, reunidos en Acuerdo Ordinario, los miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia; y VISTO: El Expte Nro. 21039/03-T.C. caratulado:
INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO S/Rendición de Cuentas Fondo Especial Programa Mejoramiento de Barrios Ejercicio 2003, y CONSIDERANDO: Que los responsables del I.P.V.
y D.U., presentan la Rendición de Cuentas de los meses de Enero a Diciembre del Ejercicio 2003 del SAF
302 INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y
DESARROLLO URBANO;
Que con fecha 23 de septiembre de 2005, el Sr.
Relator Fiscal eleva su Informe Interno de auditoría previsto, en el Art. 32 de la Ley 4139, con los papeles de trabajo que lo sustenta.
Que el Contador Fiscal informa que ha verificado las cuentas rendidas en sus aspectos formal, legal, contable, numérico y documental, y se expide de acuerdo a los términos del mismo Art. 32 de la Ley 4139. Y así, solicita la aprobación de las Rendiciones de Cuentas.
Por ello EL TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Aprobar las rendiciones de cuentas de los meses de Enero a Diciembre del Ejercicio 2003 , presentada por los responsables del I.P.V. y D.U., en tanto expresan razonablemente la legítima ejecución de las partidas presupuestarias asignadas para el Ejercicio 2003 , para la Jurisdicción 8 SAF 302 INSTITUTO
Miércoles 16 de Noviembre de 2005
PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, por las Fuentes de Financiamiento 557 y 808
que importan un monto de Pesos NUEVE MILLONES
NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS CON CINCUENTA Y CUATRO
CENTAVOS $ 9.953.392,54.
Declarándolos libre de responsabilidad.
Segundo: Notificar al contador Fiscal actuante, Fiscalía Nº 4 y a los responsables.
Tercero: Regístrese y oportunamente ARCHIVESE.
Pte. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Cr. VICTOR ANTONIO ZAMORA
Voc. Dr. TOMAS ANTONIO MAZA
Sec. Dr. NESTOR FABIAN PAPAIANI
ACUERDO REGISTRADO BAJO EL NRO. 349/05.
En Rawson, Capital de la Provincia. del Chubut, a los 06 días del mes octubre del año dos mil cinco, reunidos en Acuerdo Ordinario, los miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia; y VISTO: El Expte Nro. 20982/03-T.C. caratulado:
INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO - S/Rendición de Cuentas Fondo Especial Servicios Escrituración Viviendas Construidas por I.P.V. Y D.U. - Ejercicio 2003, y CONSIDERANDO: Que los responsables de la D.G.S.P., presentan la Rendición de Cuentas de los meses de Enero a Diciembre del Ejercicio 2003 del SAF
302 INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y
DESARROLLO URBANO;
Que con fecha 23 de septiembre de 2005, el Sr.
Relator Fiscal eleva su Informe Interno de auditoría previsto, en el Art. 32 de la Ley 4139, con los papeles de trabajo que lo sustenta.
Que el Contador Fiscal informa que ha verificado las cuentas rendidas en sus aspectos formal, legal, contable, numérico y documental, y se expide de acuerdo a los términos del mismo Art. 32 de la Ley 4139. Y así, solicita la aprobación de las Rendiciones de Cuentas.
Por ello EL TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Aprobar las rendiciones de cuentas de los meses de Enero a Diciembre del Ejercicio 2003 , presentada por los responsables del I.P.V.y D.U., en tanto expresan razonablemente la legítima ejecución de las partidas presupuestarias asignadas para el Ejercicio 2003 , para la Jurisdicción 8 SAF 302 INSTITUTO
PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, por la Fuente de Financiamiento 202 que importan un monto de Pesos DIECISEIS MIL NOVECIENTOS
VEINTICUATRO CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS
$ 16.924,86.
Declarándolos libre de responsabilidad.
Segundo: Notificar al contador Fiscal actuante, Fiscalía Nº 4 y a los responsables.
Tercero: Regístrese y oportunamente ARCHIVESE.
Pte. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Cr. VICTOR ANTONIO ZAMORA