Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/1/2005

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

tado, en las áreas rurales, a los efectos de mejorar la calidad de vida de sus pobladores, brindando alternativas tendientes a poner en valor su presencia y su trabajo a fin de retener y arraigar al campo a los habitantes, con tradición en las labores rurales con prácticas sustentables en términos sociales y económicos como estrategia poblacional consensuada con los diversos actores involucrados;
Que es un compromiso de esta gestión de gobierno facilitar el proceso de transferencia de conocimiento y tecnología al territorio, insertar nuevas habilidades y destrezas a la población del mismo, como vía de integración armónica e igualitaria de la totalidad de la provincia;
Que es menester coordinar el aprovechamiento de los distintos programas provinciales sociales, educativos, de salud y otros y nacionales manos a la obra, PSA , INTA y otros con presencia territorial, para un mejor aprovechamiento en la aplicación de recursos y una mayor cohesión de las políticas de intervención en las áreas en cuestión, articulando la cobertura de los mismos en función de la demanda del sector productivo;
Que por su inserción y trascendencia en el sector, se debe vincular la operatoria a impulsar con los programas Pro Lana, Ley Ovina, y de sanidad animal, con especial atención en la incorporación a dichos programas a los pequeños productores;
Que los mismos presentan limitaciones en cuanto a cobertura y prestación en tiempo y forma, por la gran cantidad de requerimientos y procesos administrativos que atentan contra el cabal cumplimiento de sus fines y excluyen a una importante cantidad de potenciales beneficiarios;
Que se observa la importancia de contar con una herramienta que allane y acelere los métodos y procesos de cobertura en el territorio, para dotar a la acción pertinente de mayor efectividad y oportunidad, promoviendo prácticas asociativas y desarrollo local;
Que para garantizar la sustentabilidad de las políticas públicas se deben generar modelos de intervención eficaces, participativos y con metodología de apropiación gradual comunitaria, conviniendo con entidades representativas y con historicidad en el territorio en la implementación de acciones conjuntas sobre temas de interés y su relevancia acerca de la actividad rural;
Que para el cumplimiento de esos fines se estima conveniente afectar fondos con destino a la realización de acciones y obras vinculadas al desarrollo rural, a fortalecer la trama social y la cultura productiva innovadora, generando arraigo con prácticas sustentables;
Que de igual modo se debe atender con especial interés a las acciones e iniciativas que tengan por objeto el abordaje de la problemática de la integración territorial a partir de la política pública en torno a la resolución de servicios básicos como energía y agua;
Que no es menor, a los efectos del citado proceso de integración territorial, la cobertura del servicio de seguridad en el ámbito rural, prestación que en conjun-

Miércoles 12 de Enero de 2005

ción con educación y salud resultan fundantes del concepto de Estado y provincia;
Que es condición primaria la definición de un esquema replicable para la mejora de viviendas e instalaciones rurales, que dignifiquen a los pobladores vinculados con el medio rural;
Que resulta entonces oportuno disponer el inicio de un Programa especial para entender en la temática descripta bajo la denominación de PROGRAMA ARRAIGO RUAL, tendiente a incubar iniciativas y acciones que promuevan la integración social en el territorio y a mejorar las condiciones y la calidad de vida de la población rural;
Que debido a las características, modalidad y propósitos del Programa, es pertinente encomendar la ejecución del mismo al Ministerio de la Producción, y dentro de éste a la Subsecretaría de Desarrollo Económico;
Que se ha expedido favorablemente la Asesoría Legal del Ministerio de la Producción;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
D E C R E TA :
Artículo 1.- Créase en el ámbito de la provincia del Chubut el PROGRAMA ARRAIGO RURAL, que se desarrollará de acuerdo a lo establecido por el presente Decreto y demás disposiciones reglamentarias.
Artículo 2.- El objetivo del programa será promover la mejora en la calidad de vida de los pobladores rurales y la integración territorial de la provincia, con un modelo de toma de decisiones participativo mixto entre el sector público y el privado, donde se canalizaran iniciativas y acciones tendientes a generar con prácticas sustentables un impacto positivo en el medio rural, comprendiendo:
-Mejora habitacional e instalaciones productivas, seguridad, educación, salud, cobertura de programas provinciales y/o nacionales, capacitación laboral, servicios básicos de energía, agua y comunicaciones;
-Acciones y obras vinculadas al desarrollo rural, a fortalecer la trama social y la cultura productiva innovadora, generando arraigo poblacional.
Artículo 3.- Créase el COMITÉ EJECUTIVO ARRAIGO RURAL que concebido como una comisión de trabajo mixta, tendrá a su cargo la implementación y ejecución del Programa Arraigo Rural, y se integrará, conformará y funcionará, de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 4.- Autorízase la transferencia de la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL $ 1.500.000 a través del Ministerio de la Producción, al COMITÉ EJECUTIVO ARRAIGO RURAL, a una cuenta que se abrirá a tales fines en el Banco de la Provincia del Chubut S.A.
fondos que serán destinados a dar cumplimiento a los objetivos del PROGRAMA ARRAIGO RURAL, fijados en el artículo segundo del presente Decreto.
Artículo 5.- Autorízase al COMITÉ EJECUTIVO
ARRAIGO RURAL a la apertura de una cuenta en el Banco Chubut S,.A. que se denominará Programa Arrai-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/1/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date12/01/2005

Page count15

Edition count4367

Première édition07/01/2004

Dernière édition01/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Enero 2005>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031