Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 29/11/2004
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PAGINA 12
Res. N 1266
28-10-04
Artículo 1.- OTORGAR RETIRO VOLUNTARIO LEY
PROVINCIAL N 3923, al Señor Julio Orlando RITCHIE, D.N.I. N 10.422.849, ex agente de la Policía de la Provincia del Chubut.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de octubre de 2004.
Artículo 3.- Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 1267
28-10-04
Artículo 1.- OTORGAR JUBILACIÓN ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 4915, a la Señora Alicia
Mercedes BORDAS, D.N.I. N 6.367.481, ex docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de agosto de 2004.
Artículo 3.- Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 1268
28-10-04
Artículo 1.- OTORGAR RETIRO VOLUNTARIO LEY
PROVINCIAL N 3923, al Señor Eumelio Argentino PEREZ, L.E. N 5.413.067, ex agente de la Policía de la Provincia del Chubut.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 01 de octubre de 2004.
Res. N 1271
28-10-04
Artículo 1.- RECHAZAR el Recurso de Reconsideración interpuesto por la Sra. Elsa SOTO L.C. N 3.861.073, contra la Resolución N 0577/04 del registro de este Instituto.
Artículo 2.- HACER SABER a la recursante que tiene derecho a interponer contra la presente, dentro de los diez 10 días de notificada, Recurso de Apelación por ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, debiendo ser fundado art. 9 Ley 3923.
Res. N 1272
Lunes 29 de Noviembre de 2004
BOLETIN OFICIAL
28-10-04
Artículo 1.- OTORGAR JUBILACIÓN POR RETIRO
VOLUNTARIO DECRETO LEY PROVINCIAL N 2228, al Señor César Benigno HERNÁNDEZ, D.N.I. N 6.966.515, ex empleado de la Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 19 de julio de 2004.
SECRETARÍA DE SALUD
Res. N XXI-334
15-11-04
Artículo 1.- Disminuir seis 6 horas de Guardias Técnicas Activas, de los días sábados, al servicio Enfermería del Centro de Salud Constitución y autorizar la liquidación para la ampliación de seis 6 horas de Guardias Técnicas Activas para los días sábados, al servicio Enfermería del Centro de Salud Gwenda Williams, ambos Centros dependientes del Departamento Area Externa del Hospital Zonal Trelew, Dirección Provincial Area Programática Trelew de la Secretaría de Salud, a partir del 01 de Julio de 2004, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N 3470 y el Decreto N 543/00.
Artículo 2.-El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se imputará en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0 Gastos en Personal del Servicio Administrativo Financiero 72 - Programa 19 - Atención Médica Hospital Trelew, del Presupuesto para el año 2004.
Res. N XXI-335
15-11-04
Artículo 1.- Instruir Sumario Administrativo a los fines de investigar los hechos y determinar las eventuales responsabilidades administrativas, disciplinarias y patrimoniales emergentes del Expediente N 5442/04SS.
Artículo 2.- Designar instructor sumariante en la presente causa al Señor Raúl Ernesto BOYD.
Res. N XXI-336
16-11-04
Artículo 1.- Dar de baja por fallecimiento a partir del 28 de Julio de 2004 a la agente BORK, María Isabel Clase 1950 - M.I. N 6.373.075, en el cargo Agrupamiento B - Clase II - Grado VII - Categoría 10, con 40
horas semanales de labor, Ley N 2672 modificada por Ley N 2976, con funciones como Administrativa en Nivel Central de la Secretaría de Salud.
Artículo 2.- Por la Dirección General de Administración y Economía Sanitaria de la Secretaría de Salud, liquídese a los derecho habientes, los sueldos correspondientes al mes en que se produjo el deceso y el subsiguiente, conforme lo establecido en el Artículo 26
del Decreto Ley N 1987 y su Decreto Reglamentario N
1330/81, como así también vientres 23 días de Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 1999, treinta y cinco 35 días de Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2000, treinta y cinco 35
días de Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2001, treinta y cinco 35 días de Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2002, treinta y cinco 35 días de Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2003 y veinte 20 días de Licencia Anual Reglamentaria correspondientes al proporcional del año 2004, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6 Anexo I del Decreto N 2005/91.
Artículo 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución se imputará en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0 -