Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 29/10/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Dejar sin Efecto el Decreto N 926/04 y Modifícase el Art. 119º Apartado 1 Inciso a del Decreto N 2003/61.
Dto. N 1842/04.
Rawson, 20 de Octubre de 2004.
VISTO:
El Expediente N 2232/2004-MCG, el Decreto Ley N
1911, el Decreto Reglamentario N 2003/61, el Decreto N
669/03 y el Decreto 926/04; y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 50º, apartado 1, inciso a del Decreto Ley N 1911 se establece que podrá contratarse directamente cuando la operación no exceda el monto equivalente a doce módulos;
Que el Decreto N 2003/61, reglamenta en su artículo 119º lo referido a las contrataciones directas;
Que el Decreto N 669/03, modificó el artículo 119º del Decreto N 2003/61, a fin de dotar de mayor transparencia a las contrataciones directas, resultando necesario disponer obligatoriamente con la presentación de dos a tres presupuestos, de acuerdo al monto del gasto;
Que habiéndose dotado de mayor transparencia a dichas contrataciones y considerando que en la actualidad la obligación de contar con los presupuestos exigidos torna lento y complejo el procedimiento de la contratación, resulta necesario como una forma de otorgar celeridad y simpleza a la misma, solicitar los presupuestos aludidos cuando el monto sea superior a cuatro módulos;
Que con sustento en estas razones se dictó el Decreto 926/04, mencionando en sus considerandos la intervención de la Contaduría General de la Provincia;
Que mediante la Nota N 1086-CGP-04 de la Contaduría General obrante a fs. 11 del expediente del Visto, se advierte que por error involuntario se omitió dicha intervención como asimismo la del Tribunal de Cuentas conforme lo prescribe el artículo 54 del Decreto Ley 1911;
Que en virtud del artículo 92 del Decreto Ley 920 es facultad de la Administración rectificar los errores materiales o de hecho;
Que por lo tanto corresponde dejar sin efecto el Decreto 926/04 y proceder al dictado de un nuevo acto administrativo dando la debida intervención a los Organismos mencionados precedentemente;
Que ha intervenido la Contaduría General de la Provincia y el Tribunal de Cuentas;
Que se ha expedido en el presente trámite la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
DECRETA:

Viernes 29 de Octubre de 2004

Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto 926/04
a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto.
Artículo 2º.- Modifícase el artículo 119º apartado 1inciso a del Decreto N 2003/61, modificado por el Decreto N 669/03, que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 119º.- Las Contrataciones Directas previstas en el artículo 50º apartado 1, del Decreto Ley N 1911, se ajustarán a las siguientes normas:
1. Cuando la operación no exceda el monto equivalente a doce 12 módulos:
a. De acuerdo al monto de la contratación, se solicitarán como mínimo la siguiente cantidad de presupuestos:
1 Más de 4 y hasta 8 módulos: Dos 2 presupuestos;
2 Más de 8 y hasta 12 módulos: Tres 3 presupuestos;
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Coordinación de Gabinete y de Economía y Crédito Público.
Artículo 4.- REGISTRESE, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.
MARIO DAS NEVES
NORBERTO GUSTAVO YAUHAR
Cdr. ALEJANDRO LUIS GARZONIO

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 1839

20-10-04

Artículo 1º.- Asígnase a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el Adicional por Dedicación Exclusiva con 44 horas semanales de labor, establecido en el Artículo 63º inciso c de la Ley N 2672 y su modificatoria Ley N 2976 al cargo que ocupa el agente NAHUELQUIR, Cloromiro Hermenegildo MI N
14.131.143 - clase 1960, cargo Agrupamiento B, Clase II, Grado I, Categoría 7 con 40 horas semanales de labor, Ley N 2672 y su modificatoria Ley N 2976 con funciones de auxiliar de enfermería en el Puesto Sanitario El Mirasol dependiente del Hospital Rural Las Plumas, Dirección Provincial Area Programática Trelew de la Secretaría de Salud.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0 Gastos en Personal, del Servicio Administrativo Financiero 78 - Programa 16 - Atención Médica Zona Noreste, del Presupuesto para el año 2004.

Dto. N 1840

20-10-04

Artículo 1º.- Desígnase a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, a cargo del Departamento Legislación y Reglamentación, dependiente de la Dirección de Asesoría Legal del Ministerio de Educación, al agente Pablo Darío FOSSATI MI N 23.214.172 - clase 1973

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 29/10/2004

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date29/10/2004

Page count32

Edition count4364

Première édition07/01/2004

Dernière édition29/07/2024

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