Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/9/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial
DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 1239

DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Rectifícase el Artículo 1
del Decreto N 398/04 Cese de la Intervención de la Administración de Puertos.

Dto. N 1302/04.
Rawson, 09 de Agosto de 2004 .

VISTO:
El Expediente N 1529/04 - MP, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto, se dispuso dejar sin efecto la intervención de la Administración de Puertos de Comodoro Rivadavia;
Que en el mencionado acto Administrativo se deslizó un error involuntario en la denominación, siendo lo correcto Administración de Puertos;
Que de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 92
del Decreto Ley N 920, en cualquier momento podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y aritméticos;
Que la Dirección General de Administración de Personal del Ministerio de Coordinación de Gabinete, ha intervenido en el presente trámite;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut en Acuerdo General de Ministros
DECRETA:
Artículo 1.- RECTIFICASE el Artículo 1º del Decreto N 398/04, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º.- CESE la intervención de la Administración de Puertos de Comodoro Rivadavia, dispuesta por Decreto N 94/04.
Artículo 2.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.

MARIO DAS NEVES
NORBERTO GUSTAVO YAUHAR
Dr. CESAR GUSTAVO MAC KARTHY
Prof. DARDO RAFAEL LOPEZ
Cr. ALEJANDRO LUIS GARZONIO
Dr. MARTÍN BUZZI

Jueves 16 de Septiembre de 2004

02-08-04

Artículo 1º.- Modifícase el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete - Programa 24 - Asesoría General de Gobierno.
Artículo 2.- Modifícase el Plantel Básico de la Asesoría General de Gobierno, eliminándose un 1 cargo Jefe de División - Clase III; y un 1 cargo Jefe de Departamento - Clase II; y creándose un 1 cargo Abogado Consultor en la Asesoría General de Gobierno.
Artículo 3º.- Modifícase la estructura orgánica-funcional de la Asesoría General de Gobierno, eliminándose un 1 cargo Jefe de División Pro-Secretaría - Clase III y un 1 cargo Jefe de Departamento Entes Descentralizados y Autárquicos - Clase II; y creándose un 1
cargo Abogado Consultor Gestión de Recursos Humanos, todos de la Planta Permanente.
Artículo 4.- Apruébense las Misiones y Funciones del cargo Abogado Consultor en Gestión Recursos Humanos dependiente de la Asesoría General de Gobierno.
Artículo 5.- Desígnase interinamente en el cargo Abogado Consultor Administración Pública Centralizada dependiente de la Asesoría General de Gobierno al doctor Miguel Angel MEDINA INSUA MI N 26.727.230 clase 1978 cargo Abogado A Código 4-001 - Clase I - Categoría 17 - Agrupamiento Personal Profesional Planta Temporaria dependiente de la Asesoría General de Gobierno, a partir de la fecha del presente Decreto.
Artículo 6.- Desígnase interinamente en el cargo Abogado Consultor Entes Descentralizados y Autárquicos dependiente de la Asesoría General de Gobierno a la doctora María Eugenia MAZA MI N
21.661.444 - clase 1970 cargo Abogado A Código 4001 - Clase I - Categoría 17 - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Temporaria del Ministerio de Economía y Crédito Público, a partir de la fecha del presente.
Artículo 7º.- Abónese al doctor Miguel Angel MEDINA
INSUA y a la doctora Maria Eugenia MAZA la diferencia salarial existente entre sus cargos de revista y los cargos que subrogarán, de conformidad a lo establecido en el artículo 105º del Decreto Ley 1987, reglamentado por Decreto N 116/82.
Artículo 8º.- Desígnase a la doctora Marcela Noemí MARANZANA MI N 22.313.017 - clase 1971 como Abogado Consultor en Gestión de Recursos Humanos de la Asesoría General de Gobierno, a partir de la fecha del presente Decreto.
Artículo 9º.- Resérvase a partir de la fecha del presente Decreto el cargo de revista de la doctora Marcela Noemí MARANZANA, cargo Abogado B Código 4-002 - Clase II - categoría 15 - Planta Permanente de la Dirección de Asesoría Legal dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, en virtud de lo establecido en los artículos 14º y 20º del Decreto Ley 1987.
Artículo 10º.- Los profesionales designados en los artículos 5º, 6º y 8º del presente, percibirán el Adicio-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/9/2004

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date16/09/2004

Page count48

Edition count4368

Première édition07/01/2004

Dernière édition02/08/2024

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