Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/6/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 8

BOLETIN OFICIAL

medallas para la Competencia deportiva denominada Corrida de Las Playas que se realizó en la ciudad de Comodoro Rivadavia del 21 al 23 de Febrero de 2004.
Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución y que asciende a la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA $ 1.480
se imputará a la Jurisdicción 12 - SAF 12 - U.G. 11999 Programa 23 - Actividad 1 - Función 345 - Finalidad 3 Inciso 3 - Partida Principal 9 - Parcial 1, Ejercicio 2004 Fuente de Financiamiento 111.

Res. N 08

02-06-04

Artículo 1.- APRUEBASE la contratación directa efectuada por la Secretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social, dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete con el proveedor CONSORCIO DE
ADMINISTRACIÓN DEL CENTRO DE ALTOS RENDIMIENTOS con domicilio en Aristóbulo del Valle y Viamonte de la ciudad de Comodoro Rivadavia, por el traslado de treinta y cinco 35 Judokas a la ciudad San Fernando del Valle, Provincia de Catamarca y regreso a Comodoro Rivadavia para su participación en el Campeonato Nacional Apertura que se llevó a cabo durante los días 7, 8 y 9 de Mayo del corriente año, eximiendo de la obligatoriedad de solicitar presupuestos por aplicación del artículo 119 inciso h del Decreto N 2003/61 modificado por Decreto N 669/03.
Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución y que asciende a la suma de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS $ 6.700 se imputará a la Jurisdicción 12 - SAF 12 - U.G. 11999 - Programa 23
- Actividad 1 - Función 345 - Finalidad 3 - Inciso 5 Partida Principal 1 - Parcial 1, Ejercicio 2004 - Fuente de Financiamiento 111.

vincial N 3923-T.O. N 4251, en la Municipalidad de Rada Tilly, por el período 10-12-95 al 10-12-99, totalizando CUATRO 04 AÑOS de servicios con aportes a este Instituto de Seguridad Social y Seguros.
Artículo 2.- El presente Expediente deberá ser enviado a la Caja Previsional donde los solicitantes gestionen el beneficio de PENSIÓN.

Res. N 500

Res. N 484

11-05-04

Artículo 1.- RECONOCER los servicios prestados por la Señora GOMEZ, Cristina, D.N.I. N 11.599.927, desempeñados bajo el régimen DOCENTE de la Ley Provincial N 3923-T.O. N 4251, en el Ministerio de Educación, por los períodos 16-03-83 al 30-05-83; 01-08-84
al 30-12-85; 01-06-83 al 28-02-84 y 01-04-84 al 30-0784, totalizando DOS 02 AÑOS, OCHO 08 MESES Y
TRECE 13 DIAS de servicios con aportes a este Instituto de Seguridad Social y Seguros.
Artículo 2.- El presente Expediente deberá ser enviado a la Caja Previsional donde la solicitante gestione su trámite de JUBILACIÓN.

Res. N 487

11-05-04

Artículo 1.- RECONOCER los servicios prestados por el Señor MAZZUCA, Julio Alberto, L.E. N 7.330.167, desempeñados bajo el régimen GENERAL de la Ley Pro-

14-05-04

Artículo 1.- NO HACER LUGAR al reajuste de haberes incoado por la Sra. ROMERO, Teresita de Jesús, L.C. N 3.237.504.
Artículo 2.- HACER SABER a la interesada que cuenta con el Recurso de Reconsideración contra la presente, el que podrá interponer dentro de los diez 10
días hábiles de notificada la misma art. 9 Ley Pcial. N
3923.

Res. N 509

18-05-04

Artículo 1.- OTORGAR RETIRO OBLIGATORIO LEY
PROVINCIAL N 3923, a la Señora Lidia María SEGUEL, D.N.I. N 5.999.451, ex empleada de la Policía del Chubut.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 31 de Marzo de 2004.
Artículo 3.- Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.

Res. N 510
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL
Y SEGUROS

Jueves 17 de Junio de 2004

18-05-04

Artículo 1.- OTORGAR RETIRO VOLUNTARIO LEY
PROVINCIAL N 3923, al Señor Eloy ROSALES, D.N.I. N
7.813.378, ex empleado de la Policía del Chubut.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 1 de Mayo de 2004.
Artículo 3.- Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923T.O. Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.

Res. N 511

18-05-04

Artículo 1.- OTORGAR JUBILACIÓN ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, al Señor Rubén Ricardo HERRERA, D.N.I. N 8.334.899, ex docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 1 de Mayo de 2004.
Artículo 3.- Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Adminis-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/6/2004

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaysArgentine

Date17/06/2004

Page count23

Edition count4367

Première édition07/01/2004

Dernière édition01/08/2024

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