Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 3/6/2004
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PAGINA 10
BOLETIN OFICIAL
Artículo 3.- Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social y por el Instituto de Seguridad Social del Neuquén, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O. Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 458
Res. N 454
05-05-04
Artículo 1.- OTORGAR JUBILACIÓN ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, a la Señora Juana Aurelia SANTOS, D.N.I. N 5.126.565, ex docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 26 de Marzo de 2004.
Artículo 3.- Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
05-05-04
Artículo 1.- OTORGAR JUBILACIÓN ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, a la Señora Marta Noemí ROLDAN, L.C. N 6.272.763, ex docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 11 de Marzo de 2004.
Artículo 3.- Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
05-05-04
Artículo 1.- OTORGAR RETIRO VOLUNTARIO
LEY PROVINCIAL N 3923, al Señor Carlos René TRONCOSO, L.E. N 7.820.157, ex empleado de la Policía del Chubut.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 29 de Marzo de 2004.
Artículo 3.- Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 457
05-05-04
Artículo 1.- OTORGAR JUBILACIÓN ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, a la Señora Fanny Eulalia OLIMA, L.C. N 5.410.285, ex docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 1 de Abril de 2004.
Artículo 3.- Por Dirección de Finanzas reclámese
05-05-04
Artículo 1.- OTORGAR JUBILACIÓN ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, a la Señora Lydia Inés BARRERA, D.N.I. N 6.243.739, ex docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 19 de Abril de 2004.
Artículo 3.- Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 460
Res. N 456
05-05-04
Artículo 1.- OTORGAR JUBILACIÓN ORDINARIA
DOCENTE LEY PROVINCIAL N 3923, a la Señora Silvia Noemí CAROSSO, D.N.I. N 5.938.773, ex docente del Ministerio de Educación.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 22 de Marzo de 2004.
Artículo 3.- Por Dirección de Finanzas reclámese la transferencia de Aportes y Contribuciones correspondientes a los períodos reconocidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 90 Ley Provincial N 3923-T.O.
Ley 4251 y conforme al Artículo 168 de la Ley Nacional N 24241.
Res. N 459
Res. N 455
Jueves 3 de Junio de 2004
05-05-04
Artículo 1.- OTORGAR RETIRO VOLUNTARIO
LEY PROVINCIAL N 3923, al Señor José Antonio MILLAMAN, D.N.I. N 10.147.128, ex empleado de la Policía del Chubut.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 2 de Abril de 2004.
Res. N 461
05-05-04
Artículo 1.- OTORGAR PENSION LEY PROVINCIAL N 3923, a la señora Anita María UNDERWOOD, L.C. N 1.054.406, esposa del extinto Jubilado de este Instituto Dn. Pedro Segundo ACUÑA, L.E. N 7.322.683.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 21 de Febrero de 2004.
Res. N 462
05-05-04
Artículo 1.- OTORGAR PENSION LEY PROVINCIAL N 3923, al señor Francisco Domingo DASARO, D.N.I. N 10.808.162, esposo de la extinta docente del Ministerio de Educación Dña. Norma Susana CEJAS, D.N.I. N 13.814.333.
Artículo 2.- El Haber Mensual de la prestación se liquidará a partir del 12 de Febrero de 2004.