Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/08/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

17 de agosto de 2023

BOLETIN OFICIAL Nº 6210
Edicto Nº 13698

Verónica I. Hernández, jueza, a cargo de la Unidad Jurisdiccional Civil y Comercial N 9 Ex Juzgado Civil Comercial de Minería Y Sucesiones secretaría única a cargo de la Dra. Romina P. Zilvestein, sito en calle San Luis 853 2do piso de la ciudad de General Roca, provincia de Rio Negro, cita y emplaza por diez 10 días al Sr. Sendra Carlos Fernando CI PF N 1.960.950 a estar a derecho en autos Toledo Claudia Mabel y Rodriguez Manuel Abad c/ Sendra Carlos Fernando s/ Prescripción Adquisitiva Ordinario - Expte. N:
RO-43916-C-0000 bajo apercibimiento de designársele Defensor de Ausentes para que lo represente.
Publíquese por dos días en Boletín Oficial y Sitio Web del Poder Judicial.-Gral. Roca 9 de agosto de 2023.
Fdo. Paula M. Salvagno - Secretaria y coordinadora subrogante Oticca Roca.-Edicto Nº 13586
José María Iturburu, Juez a cargo de la Unidad Jurisdiccional Civil y Comercial N 5 Ex Juzgado Civil Comercial de Minería Y Sucesiones, secretaría única a cargo de la Dra. Selva Aranea, sito en calle San Luis 853 2do piso de la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, cita a presentarse por treinta 30 días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, Sr. Manca, Abel Sandro, DNI N 6.777.340 y de la Sra. Vilchez, Amelia Vicenta, DNI N 8.206.806, en los autos: Manca Sandro Abel y Vilchez Amelia Vicenta s/ Sucesión Intestada Expte. Nº RO-01730-C-2023.
Se publica en el sitio web oficial del Poder Judicial de Río Negro. Publíquese por un 1 día en el Boletín Oficial. General Roca, 31 de julio de 2023. Fdo. Sofia L. González, Jefa de división y subcoordinadora subrogante Oticca Roca.-Edicto Nº 13700
El Dr. Juan A. Huenumilla, Presidente de la Cámara Segunda del Trabajo de General Roca, de la Segunda Circunscripción Judicial de Río Negro, sito en calle San Luis Nº 853, 2do. Piso de la ciudad de General Roca, en autos RO-01931-L-0000 Maldonado Micaela Del Carmen C/ Chen Qing S/ Reclamo intima al Sr. Chen Qing CUIT. 27-94526379-8 comparecer por sí o con nuevo apoderado cfr. art. 56 del CPCyC
y constituir nuevo domicilio procesal, dentro del término de diez días, bajo apercibimiento de continuar el trámite de conformidad a lo establecido en el art. 133 del CPCyC. Asimismo, Se Notifica la sentencia definitiva dictada en autos en fecha 16/06/2017, en cuya parte resolutiva dice 1 Hacer lugar en su mayor extensión a la demanda instaurada por la actora Micaela Del Cármen Maldonado contra la demandada:
Chen Qing, y en consecuencia condenando a ésta última a pagar a la primera, en el plazo diez dias de notificada, la suma de $ 144.865,59 en concepto de diferencia de haberes, SAC, indemnización por antigedad, omisión de preaviso, días trabajados de diciembre/2013, integración de mes de despido, indemnizaciones de los arts. 1 y 2 de la ley 25323, y la del art. 80 LCT, importe que incluye los intereses explicados en el considerando calculados al 13/6/2017, los que seguirán devengándose hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada, a cuyo fin se regulan los honorarios profesionales de los Dres.
Estela N Carro, Diego Janavel y Dante A. Cauquoz coapoderados de Maldonado en la suma de $ 9.660
a cada uno y los de los Dres. Enrique Llanos y Juan Francisco Alberdi copatrocinantes de Chen Qing en $ 10.140 a cada unoMB:$ 144.865,59,de conformidad con las disposiciones de los arts. 6, 7, 8, 10, 11, 38 y 40 de la Ley de Aranceles y Acordada 9/84 del STJ 2 Condenar a la demandada a hacer entrega a la actora, dentro de los Noventa Dias de notificada y mediante su depósito en autos, de los Certificados de Remuneraciones, Servicios y Cese art. 12 inc. g ley 24241 y Certificado de Trabajo art. 80 LCT de toda la relación laboral, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de aplicar a pedido de la parte actora una pena conminatoria astreintes. Las certificaciones deberán contener las fechas de ingreso y egreso y categoría laboral que se especifican en los considerandos. Con costas a la demandada, estando la regulación honoraria comprendida en el punto anterior 3 Rechazar la demanda instaurada por Micaela del Cármen Maldonado contra Chen Qing, en la pretensión de que la base indemnizatoria sume el importe del SAC. Costas por su orden. Regúlanse los honorarios de los Dres. Con excepción de las costas impuestas por su orden por el rubro base indemnizatoria con SAC y de las correspondientes al rubro indemnización de la ley 24013, que son a cargo de la actora, el resto se impone a la demandada con fundamento en el criterio objetivo de la derrota. por la indemnización de los arts. 9 y 15 de la ley 24013. Costas a cargo del actor a cuyo fin se regulan los honorarios profesionales de los de los Dres. Estela N Carro, Diego Janavel y Dante A. Cauquoz coapoderados de Maldonado en la suma de $ 67 a cada uno y los de los Dres. Enrique Llanos y Juan Francisco Alberdi copatrocinantes de Chen Qing en $ 100 a cada unoMB:$ 1.171,44,de conformidad con las disposiciones de los arts. 6, 7, 8, 10, 11, 38 y 40 de la Ley de Aranceles y Acordada 9/84
del STJ 4 Rechazar la demanda instaurada por Micaela Del Cármen Maldonado contra Chen Qing, en lo relativo a las indemnizaciones de la ley 24013, con costas a la parte actora. Regúlanse los honorarios de Arturo E. Llanos y Juan F. Alberdi en $ 1.300 y $ 1.300 y los de los Dres. Estela N Carro, Diego Janavel y Dante
Firmado Digitalmente por SERGIO D. HAIDT - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6210.pdf
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/08/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date17/08/2023

Page count62

Edition count1924

Première édition03/01/2002

Dernière édition29/07/2024

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