Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/08/2022

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

16 de agosto de 2022

BOLETIN OFICIAL Nº 6109

8

Que, así, el área técnica concluyó que: Las tareas ejecutadas por YPF S.A. durante el Primer Periodo Exploratorio del área Cerro Manrique, alcanzaron un total de 4568.55 UT valor que supero las Unidades de Trabajo comprometidas, las cuales le permitieron definir una serie de objetivos exploratorios que hacen que se mantenga el potencial exploratorio del área. En función de este potencial, identificado principalmente en los reservorios presentes en el Gpo. Cuyo, la empresa compromete como tarea para acceder al Segundo Periodo Exploratorio una cantidad mínima de 820 Unidades de Trabajo, mediante la perforación de un pozo exploratorio con la profundidad necesaria para alcanzar alguno de los objetivos petroleros de la cuenca en el área, lo cual es acorde a lo establecido en el art. 3.1.3 del Contrato de Exploración;
Que, continúa expresando que Desde el Área Técnica se considera que la propuesta presentada por YPF
S.A. permitirá avanzar en el conocimiento y futuro desarrollo del área, y en consecuencia con lo expuesto anteriormente, se aprueba el compromiso planteado por la empresa para acceder al Segundo Periodo Exploratorio por el plazo de tres 3 años;
Que, resulta oportuno mencionar que la empresa Permisionaria, YPF S.A, durante la ejecución del Primer Periodo Exploratorio cumplió con los compromisos anuales de Capacitación, Investigación y Desarrollo y Canon de superficie, constando en el expediente los comprobantes de pago;
Que en lo que respecta al Canon de Superficie por el periodo/2021 y periodo/2022, la empresa YPF S.A
deberá abonarlo proporcionalmente a la fecha de inicio del Segundo Periodo Exploratorio, desde el día 22/09/2021;
Que surge de los considerandos expuestos, y del informe técnico, la viabilidad y razonabilidad del otorgamiento del Segundo Periodo Exploratorio sobre el área hidrocarburífera Cerro Manrique, adjudicada por Decreto N 644/18, por el plazo de tres 3 años contados a partir del día 22/09/2021;
Que, el Plan de Trabajo comprometido por la empresa YPF S.A durante el plazo de vigencia del Segundo Periodo Exploratorio, la perforación de un 1 pozo exploratorio con la profundidad necesaria para alcanzar alguno de los objetivos petroleros de la cuenca en el área, como mínimo, por un total de ochocientas veinte 820 Unidades de Trabajo, equivalentes a dólares estadounidenses cuatro millones cien U$S 4.100.000, con la finalidad de dar continuidad al desarrollo del área y de la actividad en la Provincia de Río Negro;
Que, la Autoridad de Aplicación, en el marco de las competencias que se le atribuyen como tal, conforme la Ley N 17.319, Ley N 26.197 y Ley Q N 4.296, el Pliego de Bases y Condiciones N 01/17 y el Contrato Exploratorio, determina necesario y oportuno otorgar el pase al Segundo Periodo Exploratorio sobre el área Cerro Manrique, a partir de la fecha de vencimiento del Primer Periodo Exploratorio, el día 21/09/2021;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Secretaría de Hidrocarburos y Fiscalía de Estado mediante Vista N 02459-22;
Que, el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por e Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial, la Ley N 17.319, Ley N 26.197 y Ley Q N 4.296;
Por ello:
La Gobernadora de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Otorgar a la Empresa YPF S.A, el Segundo Período Exploratorio sobre el Área Hidrocarburífera Cerro Manrique, delimitada por las coordenadas Gauss Krugger que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, conforme la Ley N 17.319, Ley N 26.197, Ley Q N 4296, Pliego de Bases y Condiciones N 01/17, Contrato Exploratorio y Decreto de Adjudicación N 644/18, por el plazo de tres 3 años.Artículo 2.- El vencimiento del Segundo Período del Permiso de Exploración del Área Hidrocarburífera Cerro Manrique otorgado en el artículo anterior, operará el día 21/09/2024.Artículo 3.- Aprobar el Plan de Trabajos y el Cronograma de Actividades presentado por la Empresa YPF S.A para el Segundo Período Exploratorio, que como Anexo II forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 4.- Intimar a la empresa YPF S.A, a abonar en el plazo de diez 10 días, en concepto de Canon de Superficie el proporcional de la anualidad 2.021 y la anualidad 2.022, conforme los valores del Artículo 57 de la Ley N 17.319 y su modificatoria, para el Segundo Periodo Exploratorio del Plazo Básico.Artículo 5.- Intimar a la empresa YPF S.A, en el plazo de diez 10 días, presente la Garantía de Cumplimiento del Plan de Trabajos, a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto.Artículo 6.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno y Comunidad.Artículo 7.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.CARRERAS.- R. M. Buteler.

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6109.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/08/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date16/08/2022

Page count50

Edition count1926

Première édition03/01/2002

Dernière édition05/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Agosto 2022>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031