Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/05/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

2 de mayo de 2022

BOLETIN OFICIAL Nº 6079

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SECCIÓN ADMINISTRATIVA
LEYES
LEY Nº 5559
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Objeto. Se crea el Ente de Promoción y Fiscalización del Complejo Productivo y Exportador de la Zona Franca de Río Negro, cuya función principal es el cumplimiento de las funciones y los deberes determinados por la ley nacional nº 24331 y los establecidos por la presente, sobre el área de influencia de la Zona Franca Punta Colorada, creada mediante el convenio de adhesión a la citada norma nacional, ratificado por ley nº 5552.
Artículo 2º.- Nombre de fantasía. El Ente funciona bajo el nombre de fantasía Corporación Punta Colorada.
Artículo 3º.- Naturaleza jurídica. La Corporación Punta Colorada se crea como un Ente Autárquico. Su autarquía es administrativa, financiera y presupuestaria, con plena capacidad jurídica para realizar todos los actos jurídicos y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos conforme la presente ley.
Artículo 4º.- Domicilio. La Corporación Punta Colorada tiene domicilio legal en el ejido de Sierra Grande.
Puede constituir delegaciones a los fines de descentralizar funciones.
Artículo 5º.- Régimen legal. La Corporación Punta Colorada se rige por las siguientes pautas:
a Está sujeto a las normas legales del derecho público, nacional o provincial, respecto de las funciones relacionadas con intereses públicos o facultades o deberes delegados por ambas jurisdicciones, aplicándose en cuanto a las restantes funciones, las disposiciones del derecho privado.
b Las decisiones que adopta el Directorio, que impliquen un ejercicio de funciones públicas, revisten el carácter de actos administrativos, estando sometidas a las formas y recursos administrativos previstos en la legislación provincial vigente. Las demás son actos del derecho privado y su revisión puede ser sometida a los tribunales de arbitradores de la zona franca o a la justicia ordinaria provincial, según el caso.
c El personal del Ente se rige por las disposiciones del Régimen de Contrato de Trabajo Ley nº 20744- y demás normas vigentes que regulan las relaciones laborales entre personas del derecho privado.
d Confecciona y aprueba su Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, los planes de inversión, la memoria y balance del ejercicio y cuentas de inversión.
e Responde por sus obligaciones exclusivamente con su patrimonio y recursos.
Artículo 6º.- Funciones y atribuciones. La Corporación Punta Colorada tiene las siguientes funciones y atribuciones:
a Constituirse como Comité de Vigilancia, ejerciendo las funciones y competencias determinadas en los artículos 15 y 16 de la ley nacional nº 24331 y las que le acuerda la presente.
b Fiscalizar las obligaciones contraídas por el concesionario a cargo de la explotación de la zona franca.
c Ejercer en su ámbito de actuación las funciones públicas de fiscalización y control en las materias que le deleguen las autoridades nacionales, provinciales o municipales.
d Ejercer los derechos que le corresponden al Estado provincial como concedente, locador o en cualquier otro carácter de la jurisdicción y bienes sometidos a su contralor y administración.
e Supervisar, coordinar y controlar los recursos físicos, materiales y humanos que sean utilizados en la Zona Franca Punta Colorada.
f Celebrar convenios con entidades públicas o privadas, argentinas o extranjeras, de cooperación y asistencia técnica y/o científica, para el cumplimiento de su objeto y funciones.

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6079.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/05/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date02/05/2022

Page count71

Edition count1925

Première édition03/01/2002

Dernière édition01/08/2024

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