Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/12/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

9 de diciembre de 2021

BOLETIN OFICIAL Nº 6040

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SECCIÓN ADMINISTRATIVA
DECRETOS
DECRETO Nº 1375/21

Viedma, 17 de noviembre de 2021

Visto: El expediente N 211725-G-2021, del Registro del Ministerio de Gobierno y Comunidad, y;
CONSIDERANDO:
Que por intermedio de las presentes actuaciones se tramita la comunicación de realizar en simultaneidad las elecciones municipales en las localidades de Chichinales, General Enrique Godoy, Sierra Colorada y Coronel Belisle;
Que asimismo, se propicia la ratificación del Convenio de Colaboración de fojas 24 a 27, celebrado entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro, representado por el Señor Ministro de Gobierno y Comunidad, Dr. Rodrigo Buteler, el Tribunal Electoral Provincial, representado por su Señora Presidenta Dra. María Lujan Ignaci y el Juzgado Federal de Viedma, representado por el Señor Juez Federal Subrogante con competencia electoral en el Distrito Río Negro, Dr. Hugo Horacio Greca;
Que el objeto del referido convenio es el de establecer la instrumentación de las acciones a cargo de cada una de las jurisdicciones electorales para llevar adelante, con sujeción al régimen nacional de simultaneidad, las elecciones generales de diputados nacionales y las municipales que fueron comunicadas, en cada caso, al Tribunal Electoral Provincial;
Que se procedió a la firma del mencionado Convenio de acuerdo al régimen de la Ley Nacional N
15.262, el artículo 227 de la Ley O N 2431 y de lo establecido en la Acordada 145/2004 de la Cámara Nacional Electoral;
Que el Artículo 227 de la Ley 0 2.431, inciso 1, establece que cuando coincida la época de elecciones nacionales y municipales, los municipios podrán convocar las elecciones para la misma fecha, siendo a tal efecto requerido comunicar tal decisión al Poder Ejecutivo Provincial y al Tribunal Electoral, quienes coordinarán con la Junta Electoral Nacional la aplicación de las medidas necesarias para posibilitar dicha simultaneidad bajo el régimen de la Ley Nacional N 15.262;
Que según los artículos 140 y 141 de Ley O N. 2431 la convocatoria a toda elección será efectuada en el ámbito comunal por el Poder Ejecutivo Municipal; y en caso de optarse por la realización simultánea con las elecciones nacionales el decreto de convocatoria expresará que la elección se realizará con sujeción a la Ley Nacional N 15.262 y al Código Electoral Nacional;
Que en éste caso son cuatro 4 los municipios que han convocado a elecciones en forma simultánea con las Nacionales del 14 de noviembre de 2.021, es decir, Chichinales, General Enrique Godoy, Sierra Colorada y Coronel Belisle;
Que en virtud del referido Convenio, el gobierno provincial se compromete a abonar al Poder Judicial de la Nación la suma de pesos ciento cuarenta mil $ 140.000, por cada uno los municipios citados , en calidad de contribución dineraria destinada a la liquidación de tareas extraordinarias pre y post comiciales que realicen los agentes de la Secretaria Electoral Nacional;
Que por todo lo expuesto el Poder Ejecutivo Provincial transferirá la suma total de pesos quinientos sesenta mil $560.000 a la cuenta que el Poder Judicial de la Nación posee en el Banco de la Nación Argentina, nominada P.J.N.-0500/320-Ley 23.853- Pagos;
Que corresponde disponer la implementación de todas las medidas necesarias para posibilitar la simultaneidad de las elecciones municipales y nacionales de las localidades de Chichinales, General Enrique Godoy, Sierra Colorada y Coronel Belisle, cuyas convocatorias municipales fueron comunicadas conforme el Artículo 227 de la Ley O N 2.431, en concordancia con la Ley Nacional N 15.262;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno y Comunidad, Departamento de Control Interno, Secretaría Legal y Técnica, y Fiscalía de Estado mediante Vista N 04393-21;
Que el Ministerio de Gobierno y Comunidad entiende en las relaciones institucionales con los Municipios y Comunas, así como a lo ateniente al régimen en materia electoral, conforme Artículo 14 de la Ley N 5.105;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181, inciso 1, de la Constitución Provincial;

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6040.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/12/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date09/12/2021

Page count78

Edition count1923

Première édition03/01/2002

Dernière édition25/07/2024

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