Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/07/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 8 de julio de 2020

BOLETIN OFICIAL Nº 5895

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Romeo Pica, Alejandro Ramos Mejía, José Francisco Rivas, Nicolás Rochás, Daniela Silvina Salzotto, Mónica Esther Silva, Fabio Rubén Sosa, Marcelo Fabián Szczygol, Nélida Norma Torres, Graciela Mirian Valdebenito, Graciela Noemí Vivanco, María Elena Vogel, Soraya Elisandra Iris Yauhar Cdor. Alejandro Palmieri. Presidente Legislatura de Río Negro.
Dr. Ezequiel Cortés. Secretario Legislativo Legislatura de Río Negro.

CONVENIO ENTRE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO, COOPERATIVA DE OBRAS
Y SERVICIOS PÚBLICOS, SOCIALES Y VIVIENDA EL BOLSÓN LTDA.e YPF S.A
En la ciudad de Cipolletti, a los 12 días del mes de mayo de 2020, entre la Provincia de Río Negro, con domicilio en España N 316 de la ciudad de Cipolletti, representada en este acto por la Sra. Andrea Confini en su carácter de Secretaria de Estado de Energía, conforme Decreto de designación N 11/19 en adelante la Provincia, la sociedad YPF S.A, con domicilio legal en Macacha Gemes 515 de la Ciudad de Buenos Aires, representada en este acto por Alejandro Catalini DNI 16.626.393 en su carácter de apoderado conforme surge del poder elevado a escritura pública número quinientos veintinueve de fecha 22 de diciembre de 2015, pasado por ante la escribana Agustina L. Fusco registrada en el folio 993 del Registro 596 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y Vivienda el Bolsón Ltda., con domicilio legal en Juan Fernandez N 249 El BolsónRN, representada en este acto por Juan Carlos Martinez Knussel, en su carácter de Presidente en adelante Coopetel y conjuntamente con la Provincia e YPF, las Partes y cada una de ellas individualmente una Parte:
CONSIDERANDO:
A. Que la PROVINCIA y COOPETEL, suscribieron un Contrato de Comodato originalmente el 24 de febrero de 2.003, con relación al cumplimiento de la Ley Provincial N 3.661, mediante la cual se otorgan a favor de EL COMODATARIO, en comodato, las Plantas de Almacenaje y Vaporizado y las Redes de Distribución de gas propano indiluido existentes en las localidades de SIERRA COLORADA, LOS MENUCOS, MAQUINCHAO y RAMOS MEXÍA, con el objeto de regularizar el funcionamiento de los servicios. Posteriormente, por sugerencia del Ente Nacional Regulador del Gas ENARGAS
suscribieron una Addenda al Contrato, modificando las cláusulas quinta, octava y décima de este último, que se encuentra vigente.
B. Que el Contrato de Comodato mencionado tenía una vigencia de 10 años a contar desde el momento de la Toma de Posesión de las instalaciones, hecho ocurrido el 06 de abril de 2.004 que fuera instrumentado por Acta Acuerdo debidamente suscripta por la PROVINCIA y COOPETEL.
C. Que el 06 de abril de 2.014 venció el plazo original de diez años, para la vigencia del comodato de bienes entregados al COMODATARIO. En tal sentido, la Ley N 3.661 previó la posibilidad de prorrogar el Contrato por hasta diez 10 años más, contados desde el vencimiento del plazo original.
D. Que en el marco de la Ley N 5.201-Plan Gobernador Castellola provincia se encuentra actualmente ejecutando las Obras de Desarrollo - Gasoducto Región Sur que tienen por objeto proveer de gas natural a las localidades de la Región Sur:
Instalación de Cañerías Gasoducto tramo desde el empalme con el gasoducto San Martín hasta Maquinchao: Tramo 1 RN 3 - Valcheta; Tramo 2 Valcheta - Ramos Mexía; Tramo 3 Ramos Mexía - Los Menucos; y Tramo 4 Los Menucos Maquinchao.
E. Que, por ello, la PROVINCIA y COOPETEL suscribieron un nuevo Acuerdo de Prórroga del Contrato de Comodato mencionado, en fecha 26/12/2019, respecto de las instalaciones individualizadas en la Cláusula A, a partir del 01 de enero de 2.020 y por el término necesario, hasta la conclusión y puesta en funcionamiento de las Obras citadas de la Clausula A.
F. Que YPF, como proveedora de gas licuado de petróleo propano GLP a ciertas redes de distribución y subdistribuidoras de dicho combustible, entre ellas COOPETEL, y en el marco del Acuerdo de Abastecimiento de Gas Propano para Redes de Distribución de Gas Propano Indiluído Acuerdo Propano Redes, suscribieron un Acuerdo de cesión de deuda, entre la Provincia de Rio Negro y COOPETEL, en fecha 30/04/2019, aprobado por Ley N 5.371, a los fines de garantizar la normal prestación del servicio de distribución de gas propano en las localidades SIERRA COLORADA, LOS
MENUCOS, MAQUINCHAO y RAMOS MEXÍA.
G. Que el 21/12/2019 se sancionó la LEY DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACION PRODUCTIVA
EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA PUBLICA N 27.541, cuya entrada en vigencia data del 23/12/2019.
H. Que, en este escenario, el 31/12/2019 venció el Décimo Sexto Acuerdo de Prorroga del Acuerdo de Abastecimiento de Gas Propano para Redes de Distribución de Gas Propano Indiluido firmado oportunamente en el marco de la Ley 26.019 y del Decreto N 329 de fecha 9 de abril de 2.007, que en su Artículo 3 faculta a la SECRETARIA DE ENERGIA, para que suscriba las renovaciones del mencionado Acuerdo con las Empresas Productoras que puedan proveer gas propano, efectuando
Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5895.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/07/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date08/07/2020

Page count49

Edition count1925

Première édition03/01/2002

Dernière édition01/08/2024

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