Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5814

proyecto de inversión cuyo detalló consta como Anexo I del presente, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en los Decretos N 09/2.015 y N 433/19.
Artículo 2: La transferencia se cancelará en los términos y modalidad establecidos en el Articulo 6de la Ley Q N 4.818 modificado por la Ley N
5.027.
Artículo 3: Cumplido el proyecto de inversión descripto en el Anexo 1
del presente, la MUNICIPALIDAD de General Conesa se obliga a remitir, en el plazo de treinta días, a la Comisión Especial Ley Q N 4.818, Certificación del Tribunal de Cuentas Municipal con detalle de la utilización e inversión de los fondos, conforme lo establecido en los Decretos N 09/2.015 y N 433/
19.
Artículo 4: La MUNICIPALIDAD de General Conesa declara bajo juramento que posee plenas facultades para obligarse a la totalidad de lo acordado en virtud del presente acuerdo.
En prueba de conformidad se firman tres 3 ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de 1a presente.
Anexo I - Convenio Municipalidad de General Conesa Proyecto de Inversión:
OBRA DE INFRAESTRUCTURA
Construcción de Sistema Cloacal en el Barrio Maquinchao $
2.788.942,89.
TOTAL INVERSIÓN: - $ 2.788.942,89
MONTO A TRANSFERIR :
- $ 359.433,49 Monto correspondiente a la III y IV Etapa de las renegociaciones de concesiones hidrocarburíferas.
Se le recuerda que cuando el monto de inversión supere al monto a transferir por la Provincia de acuerdo a las Leyes Q N 4.818 y N 5.027, el Municipio deberá hacerse cargo de la diferencia.
oOo DECRETO Nº 1274
Viedma, 23 de Septiembre de 2019
Visto: el Expediente N 118.108-SAF-2.018, del Registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la ejecución de la Obra: "Nuevo Edificio de la Secretaría de Fruticultura de Río Negro" dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca;
Que mediante la Resolución "MAGYP" N 347/2.019, obrante en fojas 174/249, del Registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, se aprobó la Documentación Técnica, el Presupuesto Oficial y se procedió al llamado a Licitación Pública;
Que por el Decreto N 1.004/2.019 se adjudicó a la firma Urbana Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio legal en la calle Isidro Lobo N
764 PB de la ciudad de General Roca CUIT N 30-70900659-9, la ejecución de la Obra "Nuevo Edificio de la Secretaría de Fruticultura de Río Negro", en un todo de acuerdo con los planos, detalles, especificaciones y demás documentación técnica; por un monto de pesos treinta y ocho millones novecientos noventa y dos mil trescientos noventa y cinco con 20/100
$38.992.395,20 por ajustarse a lo solicitado y resultar beneficiosa y conveniente;
Que en el Artículo 5 del Decreto mencionado se aprobó el modelo de contrato a suscribir con la empresa adjudicataria;
Que en fojas 833 obra la nota enviada por la firma Urbana Sociedad de Responsabilidad Limitada donde informa que no hará uso del anticipo financiero por lo que solicita se modifique la cláusula cuarta del proyecto de contrato de obra a firmar;
Que a fojas 838/840 obra contrato de ejecución de obra suscripto entre URBANA SRL y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca para la ejecución de la Obra "Nuevo Edificio de la Secretaría de Fruticultura de Río Negro";
Que en el contrato referido no se contempla la cláusula relativa al anticipo financiero de acuerdo a lo solicitado por la empresa contratista, por lo que corresponde por el presente su ratificación en virtud de que no se adecua al modelo de contrato aprobado oportunamente;
Que teniendo en cuenta que en el Artículo 7 del Decreto N 1.004/2.019
se establecía ordenar a pagar en concepto de anticipo financiero de acuerdo al Artículo 50 de la Ley J N 286 de Obras Públicas, corresponde sustituir dicho artículo excluyendo dicha modalidad en función a la suscripción del nuevo Contrato;

Viedma, 7 de Octubre de 2019

Que asimismo con la sanción del Decreto 1.004/2.019 se omitió por error dejar reflejada la afectación presupuestaria para el Ejercicio 2.020 que estaba contenida en el texto del proyecto de resolución de fojas 754 y que contaba con la intervención de los Organismos de Control y de la Subsecretaría de Presupuesto a fojas 763, por lo que corresponde sustituir el Artículo 6 del Decreto N 1.004/2.019;
Que la presente Licitación Pública se encuadra dentro de las prescripciones que surgen de la Ley J de Obras Públicas N 286 y su Decreto Reglamentario J N 686/62, conforme los Artículos 9, 21, 26, 50 y concordantes;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Subsecretaría de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y la Fiscalía de Estado, mediante Vista N 04256-19;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181, Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Ratificar el Contrato de Ejecución de Obra suscripto entre el Señor Alberto DIOMEDI, DNI N 8.119.494 en representación del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y el Señor Luis Alberto SAIZ
DNI N 7.871.316 en representación de la empresa URBANA SRL
correspondiente a la Licitación Pública N 01/2.019 denominada "Nuevo Edificio de la Secretaría de Fruticultura de Río Negro" que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Sustituir el Artículo 6 del Decreto N 1.004/2.019 por los motivos expuestos en los considerandos de la presente, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 6º.- Ratificar el compromiso según lo determinado en el Artículo 30 de la Ley H N 3.186, a la Jurisdicción 26 para el Ejercicio 2.019 la suma de pesos diecinueve millones quinientos cincuenta ynueve mil doscientos cuarenta y siete con 66/100 $19.559.247,66, compuesto por la suma de pesos quince millones quinientos noventa y seis mil novecientos cincuenta y ocho con 08/100 $15.596.958,08, correspondiente al monto de adjudicación de la obra y la suma de pesos tres millones novecientos sesenta y dos mil doscientos ochenta y nueve con 58/100 $3.962.289,58, correspondiente al monto estimado a redeterminar según lo estipulado en el Decreto N 1.313/
14, de acuerdo al siguiente detalle:
Prog. Subp. Proy. A/O Part Rec. Cuenta Año Importe 26
-

00
-

01
-

57
-

421
-

11.266 900003011
Total
2019 $19.559.247,66
2020 $29.338.871,48
$48.898.119,14

Art. 3.- Sustituír el Artículo 7 del Decreto N 1.004/2.019 por los motivos expuestos en los considerandos de la presente, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 7º.- Producida la etapa del devengado, con la presentación de las respectivas facturaciones, conformadas de acuerdo al correspondiente Certificado de Obra extendido por la ejecución realizada, según Pliego de Bases y Condiciones que sirve de base a la presente contratación, ordenar el pago por la Tesorería General de la Provincia, con cargo a la Cuenta Corriente N 900003011 "Tes-Prod/
Financ.Frutic. Sustent" la suma de pesos treinta y ocho millones novecientos noventa y dos mil trescientos noventa y cinco con 20/
100 $38.992.395,20, a favor de la firma Urbana Sociedad de Responsabilidad Limitada CUIT N 30-70900659-9, de acuerdo a lo expresado en el Artículo 30.Art. 4.- El, presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK.- A. R. Diomedi.
Contrato Ejecución de Obra Nº 01/2019
Entre la Provincia de Río Negro, en adelante "La Provincia" y la firma "Urbana Sociedad de Responsabilidad Limitada", en adelante "El Contratista", que fija su domicilio legal en la calle Isidro Lobo Nº 764 PB de la ciudad de General Roca, se conviene en celebrar el siguiente Contrato.Artículo 1º: "El Contratista" se compromete a ejecutar en arreglo a su fin, en un todo de acuerdo a lo establecido en el presente y a la documentación que se enumera en el artículo 2º, la obra denominada: "Nuevo edificio de la Secretaría de Fruticultura de Río Negro", sito en la ciudad de Allen, Provincia de Río Negro.-

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5814.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/10/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date07/10/2019

Page count38

Edition count1927

Première édition03/01/2002

Dernière édition08/08/2024

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