Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/08/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

BOLETIN OFICIAL N 5589

Viedma, 14 de Agosto de 2017

B 3 Suscribir con los beneficiarios de los proyectos productivos los Contratos de Comodato por las herramientas y maquinarias entregadas de acuerdo a lo estipulado en los proyectos aprobados por el Ministerio oportunamente.
B 4 Remitir al Ministerio las copias de los Contratos de Comodato suscriptos con los beneficiarios.
B 5 Remitir al Ministerio trimestralmente un informe sobre el avance y seguimiento de los proyectos financiados.
B 6 Arbitrar los medios para realizar el acompañamiento a los emprendedores por medio de acciones de capacitación y asistencia técnica.
B 7 Responder a los eventuales requerimientos realizados por el Ministerio en materia de información sobre la marcha de la operatoria.
Quinta: Rendición de Cuentas.
La O.A. se compromete a rendir cuenta documentada de la inversión de los fondos recibidos, mediante la metodología prevista en la reglamentación provincial vigente. En tal sentido, la O.A. deberá presentar la rendición final documentada de la inversión de los fondos a la finalización del plazo de ejecución establecido en la cláusula segunda del presente convenio, dentro de los 30 días de vencido el mismo y la devolución de aquellos fondos que no hubieran sido invertidos.
Sexta: La propiedad de los bienes de capital adquiridos por la O.A., para destinarlos a los beneficiarios de los proyectos productivos, corresponde al Ministerio, hasta tanto dicha autoridad de aplicación los transfiera definitivamente por resolución a los beneficiarios, de acuerdo a a sugerencia de los informes técnicos preliminares, el sistema de monitoreo de la O.A. y del Ministerio y evolución de os proyectos.
Séptima: El Ministerio no reconocerá ningún otro gasto de lo establecidos en este convenio.
Octava: Estará absolutamente prohibido a la O.A. la utilización de los fondos transferidos para finalidades distintas a los enunciados en el presente convenio. La comprobación de este hecho traerá aparejada la inmediata rescisión del convenio, de corresponder, todo ello sin perjuicio del inicio de acciones civiles y penales necesarias al recupero de los fondos malversados y la identificación de los responsables.
Novena: La falta de rendición correspondiente en el plazo establecido implicará la suspensión del financiamiento de cualquier proyecto productivo propuesto por la O.A., hasta tanto se regularice la situación, sin perjuicio del inicio de las acciones civiles y penales previstas en la cláusula anterior.
Décima: Las partes tienen la facultad de rescindir el convenio en forma unilateral, sin invocación de causa, debiendo notificar en forma fehaciente a la contraparte, con una antelación no menor a 30 días. Dicha rescisión no dará derecho a reclamar indemnización alguna, salvo el cumplimiento de las obligaciones pendientes.
Décima Primera: Para todos lo efectos legales derivados del presente convenio, partes constituyen los domicilios consignados en el encabezamiento, en los que se tendrán todas las notificaciones que se cursaren las partes, mientras no se notifique el cambio de ellos.
Décima Segunda: Las parte se someten, para todos los efectos legales y derivados del presente a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Viedma, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.
En prueba de conformidad, las partes interesadas firman 2 dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de El Bolsón Provincia de Río Negro, a los 08 días del mes de Marzo de 2017.
oOo PLANILLA ANEXA II AL DECRETO Nº 960
Apellido y Nombre Tillería Marisel Natali Jara Mónica Valeria Soto Hernán Ezequiel Nahuelpan Héctor Indalicio Nahuelpan Cristian Miguel Marrone Lucas Roberto Vergara Laura Nelida Barrientos Daniel Armando Delgado Andrea Lorena Miranda Monica Mabel Bahamonde Hilda Jacqueline Cabezas Natalia del Carmen Prafil Mercedes Silvina Oyarzo Fabiana Elizabeth Huenelaf Fabiana Estela Epulef Analía Fernánda Infante Tomas Eliaby Cachazo Pablo Alberto Dimovich José Luis Schvoumaker Marcos Enrique
DNI Nº 36.652.204
32.056.361
39.355.570
25.733.123
31.839.516
28.299.831
37.663.635
24.392.245
30.385.162
22.250.292
31.326.197
30.995.086
32.581.716
22.749.860
30.550.241
27.596.840
33.530.715
22.014.312
24.100.977
30.995.160

Apellido y Nombre Muñoz Alvarez Vida Cañulef Alfredo Bautista Cortéz Dina Gisela Poso Justo Andronico Higeras Pérez Mamerto Joel Poso Justo Bascour Puchi Dana Araceli Alegría Ortega Juana Gladys Catalán Gladys Norma Inalef Zunilda Marchi Nelida Inés Palma Gladis Iris Puelman Carlos Héctor Avilés Gabriel Alejandro Cuello Scarlino Lorena Lujan Ledesma Ezequiel Martin Martirano Angel Alberto Palma Luis Ernesto Rodríguez Mariano Ezequiel Zapata Esteban Fabian Llanquitrú Rosana Yanina Rosas Claudio Alberto Carriqueo Jorge Inalef Jonathan Mariano López Leonardo Martín Sebastian Muñoz Neri Elias Vilchis Urrutia Sonia Liliana Villablanca Azul Heidy Soledad Delgado María Marta Sepulveda Pizarro Verónica Ines oOo
21
DNI Nº 94.331.704
16.317.329
31.524.625
39.870.020
92.666.444
11.485.545
23.894.463
16.170.349
23.172.957
28.517.343
12.636.683
22.124.916
12.189.783
26.951.799
25.994.342
23.955.400
17.394.377
28.841.551
35.077.086
28.257.831
30.945.987
31.326.117
8.211.591
39.265.809
32.189.728
23.063.775
92.472.335
42.153.548
32.189.934
92.478.340

DECRETO Nº 961
Viedma, 31 de Julio de 2017.
Visto: el Expediente N 153279-DSP-2.017, del Registro del Ministerio de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones, se tramita la ratificación de un Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social y la Municipalidad de Allen, cuyo objetivo es el financiamiento de actividades que promuevan el desarrollo local, obrante a fojas 08 a 10;
Que a tal fin el Ministerio se comprometió a transferir a la Municipalidad la suma de Pesos cuatrocientos mil $ 400.000,00 destinado a solventar la compra de maquinarias, herramientas e insumos para los proyectos productivos formulados, en el marco de la ejecución del Plan Nacional de Economía Social CREER Y CREAR, en la localidad de Allen;
Que el propósito del Plan es mejorar la calidad de vida de los beneficiarios y sus familias, por medio del financiamiento de actividades socio productivas, comerciales o de servicios, que promuevan el Desarrollo Local y las economías regionales;
Que a fojas 27 consta Informe Técnico respaldatorio al otorgamiento de dicha erogación;
Que a fojas 66 consta la nómina de beneficiarios con detalle de los proyectos aprobados y montos solicitados por cada uno;
Que el Ministerio de Desarrollo Social se compromete a aportar a la Municipalidad de Allen la suma de Pesos cuatrocientos mil $ 400.000,00, en una 1 cuota;
Que la presente tramitación se encuadra en lo normado por Decreto N
134/10 y modificatorios, Plan Nacional de Economía Social CREER Y
CREAR aprobado por Resolución N 457/16 del Ministerio de Desarrollo Social de Nación, Resolución N 123/16 de la Secretaría de Economía Social de Nación y el Convenio entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Provincia de Río Negro;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Social, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 03021-17;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Ratifícase en todos sus términos el Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado por el Señor Ministro del Ministerio de Desarrollo Social Galli, Héctor Fabián DNI N 20.793.294
y la Municipalidad de Allen CUIT N 30-99902328-9, representada por su Intendente, Señora Costa, Sabina del Carmen DNI N 14.628.050, el que como Anexo I forma parte integrante de este Decreto.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/08/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date14/08/2017

Page count34

Edition count1915

Première édition03/01/2002

Dernière édition26/06/2024

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