Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/05/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 4 de Mayo de 2017

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BOLETIN OFICIAL N 5560

Art. 6.- Establecer los siguientes requisitos para obtener la Licencia y Permiso de Caza Comercial que será personal e intransferible.
a Estar inscripto en el Registro Provincial de Cazadores Comerciales de Fauna Silvestre.
b Presentar el/los formularios C-05 DFS mencionado en el artículo 4º, completo y legible.
c Presentar fotocopia del DNI y un certificado de domicilio real.
d Acompañar comprobante de depósito de pago por el valor de la Licencia y Permiso solicitado.
e Acompañar en caso de corresponder cédula del arma de fuego.
f Acompañar en caso de corresponder cédula de legítimo usuario.
g Declarar en el presente Certificado la especie autorizada y de interés para la caza.
h Al momento de culminar la temporada de caza comercial, el inscripto deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación, en un plazo no mayor a un mes del último día habilitado de la temporada, un informe referido a los resultados de su actividad durante esa temporada, incluyendo:
- Especies cazadas - Número de piezas - Sexo de cada ejemplar - Destino dado a lo cazado y tipo de mercado al que se apunta local, nacional o/e internacional.

ANEXO I
Certificado de Licencia y Permiso de Caza Comercial de especies de la Fauna Silvestre.

CERTIFICADO DE LICENCIA Y PERM ISO DE CAZA CO M ERCIAL
Personal e intransferible ESPECIES AUTO RIZAD AS P AR A LA C AZA
Nom bre vulgar
Nom bre Científico
P or la presente se autoriza al S r._______________________________________________________________

Art. 7º.- Queda expresamente prohibida en la práctica de la Caza Comercial:
a Cazar en o desde caminos o rutas de uso público y en proximidad a áreas urbanas, suburbanas o lugares habitados.
b Cazar con arma de fuego bajo condiciones de lluvia intensa, granizo, niebla, nieve, humo o cualquier otra que reduzca la visibilidad y torne peligroso su uso.
c Usar armas, artes o elementos que no estén expresamente autorizados en el Decreto Reglamentario Nº 633/86.
d Cazar en Áreas Naturales Protegidas ANPs declaradas como tales con las excepciones que establezca la Autoridad de Aplicación. Listado de las actuales ANPs:
- Punta Bermeja "La Lobería"
- Caleta de los Loros-Pozo Salado-Punta Mejillón - Bahía de San Antonio - Complejo Islote Lobos - Puerto Lobos - Meseta de Somuncura - Bosque Petrificado Valcheta - Camino la Luisa - Valle Cretácico - Cipresal de las Guaitecas - Río Azul-Lago Escondido - Río Limay - Parque Provincial Azul - Parque Público Carri Laufquen.
e Realizar toda acción cuyo objetivo sea disminuir o destruir la protección natural del hábitat o desalojar a los animales de sus refugios naturales.
Art. 8º.- Los cazadores comerciales de especies de la fauna silvestre en los que sus productos, subproductos y derivados tengan como fin último el consumo humano, deberán dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Ley Q Nº 2056, de Manejo de la Fauna Silvestre, sus Hábitats y su Decreto Reglamentario Nº 633/86 y en la Ley E N 2534, de Carnes y su Decreto Reglamentario N 1426/1994, descriptos en el "Anexo III" de la presente Disposición.
Art. 9.- Prohibir la Caza Comercial de toda especie que no esté expresamente autorizada en la presente Resolución con su correspondiente nombre vulgar y científico, temporada y cupo.
Art. 10.- Las infracciones a la presente Disposición serán sancionadas con:
a Multa, cuyos montos variarán de cinco a mil veces el valor de la Licencia de Caza Comercial.
b Secuestro y decomiso de los animales de la Fauna Silvestre, vivos o muertos, sus productos, subproductos y derivados objetos de la infracción.
c Secuestro y/o decomiso de las armas, artes de caza o cualquier otro medio o elemento utilizado para cometer la infracción.
Las sanciones enunciadas en los puntos b y c serán aplicadas en forma complementaria a la enunciada en el punto a.
Art. 11.- Derógase toda norma anterior que se oponga a la presente.
Art. 12.- Regístrese, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
Dina Lina Migani, Secretaria.

DNI Nº _____________, a realizar la actividad d e CAZA CO M ERCIAL, de acuerdo a lo establecido en la Ley Q N 2056, D ecreto N 633/86 y dem ás norm as com plem entarias.
Lug ar: ____________________________________________________________
V igencia:

D esde el
/

/2017

hasta el


/

/2017


FIRM A Y ACLAR ACIÓ N AUTO RIDAD
DE APLIC ACIÓ N

FIRM A Y ACLAR ACIÓ N CAZADO R

ANEXO II
Formulario C-05 correspondiente a la autorización por escrito del propietario u ocupante legal de cada predio privado donde se realiza la actividad de Caza Comercial.
FO RM ULARIO C-05 DFS
AU TO RIZACIÓ N P AR A LA CAZA CO M ERCIAL DE EJEM PLARES DE LA
FAUN A SILVESTRE
F EC H A IN IC IO A U T O R IZ AC IÓ N :

F EC H A VE N C IM IE N T O A U T O R IZ AC IÓ N :
N o puede exceder la vigencia del año en curso N O M BR E D E L P R O PIE T AR IO / O C U P A N T E LEG A L:
N º D O C U M E N T O T E LÉFO N O
D O M IC ILIO
N O M BR E D E L E S T A BLE C IM IEN T O
N O M EN C LA T U R A C AT A S T R AL D E L PR E D IO .
U BIC A C IÓ N . .
D PT O H AS
EN CAR ÁC TER DE PRO PIETARIO / O CUPANTE LEG AL, AUTO RIZO A RE ALIZAR
LA C AZA CO M ERCIAL DE EN M I PREDIO AL
Sr/Sra NO M BRE
Nº DO CUM ENTO TELEFO NO
DO MICILIO
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Los abajo firmantes declaran formalmente conocer la reglamentación vigente de Caza Comercial de ejemplares de la Fauna Silvestre en la provincia de Río Negro, por lo cual se hacen responsables de las infracciones y/o delitos enmarcados en la Ley Provincial Q Nº 2056 y la Ley Nacional 22421.

------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
F IR M A Y AC LA R AC IÓ N P R O PIET AR IO


F IR M A Y AC LAR AC IÓ N C AZ AD O R

S ELLO Y F IR M A D E LA AU T O R ID A D P O LIC IAL Q U E C ER T IF IQ U E LA S F IR M A S

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/05/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date04/05/2017

Page count22

Edition count1926

Première édition03/01/2002

Dernière édition05/08/2024

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