Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/08/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5488

Art. 6.- Producida la etapa del devengado, con la presentación de la respectiva facturación, debidamente conformada, ordenar el pago en concepto de Anticipo Financiero de acuerdo al Artículo 50º de la Ley J N 286 de Obras Públicas, por la suma de Pesos ochocientos noventa y un mil trescientos setenta y tres con 55/100 $ 891.373,55, y con las presentación de las respectivas facturaciones, conformadas de acuerdo al correspondiente Certificado de Obra extendido por la ejecución realizada, según Pliego de Bases y Condiciones que sirve de base a la presente contratación, ordénese el pago de Pesos cinco millones cincuenta y un mil ciento dieciséis con 81/100 $ 5.051.116,81, abonándose ambos conceptos e importes por la Tesorería General de la Provincia, con cargo a la Cuenta Corriente N 900001178. vinculada a la Cuenta Corriente N 2524/3 del Banco Santander Río, a favor de la firma RODAN
S.A., con domicilio legal en la ciudad General Roca, C.U.I.T. N 3068961545-3.Art. 7º.- Autorizar al Señor Ministro de Gobierno a firmar el contrato respectivo con la firma RODAN S.A., con domicilio en la ciudad de General Roca en el plazo establecido por el Artículo 26.Art. 8.- Comunicar al Consejo de Obras Públicas la presente licitación y adjudicación.Art. 9.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 10.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - L. Di Giácomo.

Apartado 1
CONTRATO N
Entre la Provincia de Río Negro, en adelante La Provincia y la Firma RODAN S.A., en adelante El Contratista, que fija su domicilio legal en calle Hipólito Yrigoyen N 771 de la ciudad de General Roca, se conviene en celebrar el siguiente Contrato.
Artículo 1: El Contratista se compromete a ejecutar en arreglo a su fin, en un todo de acuerdo a lo establecido en el presente y a la documentación que se enumera en el Artículo 2, la obra denominada: Ampliación y Refacción Sede RPI Delegación Roca, sito en la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro.
Artículo 2: La documentación que integra este Contrato está compuesta por: Carátula e Índice, Pliego de Bases Legales Generales; Pliego de Cláusulas Legales Particulares; Planilla Modelo de Propuesta; Modelo de Cartel; Modelo de Contrato: Especificaciones Técnicas Generales; Memoria Descriptiva;
Documentación Técnica; Planilla de Cómputo y Presupuesto: y todo otro documento que legalmente corresponda integrar la Documentación Contractual; dicha documentación se completará con Resolución N 384/2.016, aprobatoria de Presupuesto Oficial y la presente obra. La normativa que rige el presente contrato se integra por: Pliego de Cláusulas Legales Particulares, Oferta y Decreto N de adjudicación que corren agregados al Expediente N 143.633-G-2.015, y las Ordenes de Servicio que por escrito imparta la Inspección.Artículo 3: La obra se contrata por el sistema de Ajuste Alzado, estableciéndose como única retribución a El Contratista, el monto de su oferta básica que asciende en la suma de Pesos ochocientos dieciséis mil trescientos setenta y tres con 15/100 $ 816.373,15.
Será de aplicación el Decreto N 1313/14, si correspondiere. El mes base para la Redeterminación de Precios es el anterior a la Apertura de Ofertas.
Artículo 4: La Provincia, en concepto de Anticipo Financiero y de acuerdo al Artículo N 50 de la Ley J N 286 de Obras Públicas, anticipará un Quince por ciento 15% del monto Contractual que asciende a la suma de Pesos ochocientos noventa y un mil trescientos setenta y tres con 55//100, $ 891.373,55, lo cual se afianza mediante Póliza de Seguro Nº 000000068714.Artículo 5: La Provincia acepta el precio establecido en el Artículo 3º y se compromete a abonar los certificados de obra hasta la misma suma. La certificación se efectuará mensualmente, en forma parcial y provisoria y conforme al cómputo aprobado por la Dirección de Inspección de Obras respectivamente: en consecuencia, los pagos que se realicen estarán sujeto a la conformidad expresa por parte de las autoridades, competentes de los avances de Obra.
Artículo 6: El Contratista, dará inicio de Obra a partir de la firma del Acta de Inicio de Obra conforme el Apartado 19 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, y deberá entregar totalmente terminados los trabajos con arreglo a su fin, en un plazo no mayor de 150 Ciento cincuenta días corridos, contados a partir del inicio de obra. Asimismo El Contratista se obliga a ejecutar la obra de conformidad con todas y cada una de las características técnicas requeridas en la documentación descripta en el Pliego de Bases y Condiciones.

Viedma, 25 de Agosto de 2016

Artículo 7: El Contratista deberá presentar el Plan gráfico de trabajo dentro de un plazo de diez 10 días de firmado el Contrato. El no cumplimiento de este requisito hará pasible al Contratista de una multa de 2
% del depósito de garantía por cada día de demora.
Artículo 8: Se deja expresa constancia de que la recepción definitiva de los trabajos, motivo de este contrato, no libera a El Contratista de las responsabilidades emergentes del Artículo 1273 y siguientes del Código Civil y Correlativos.
Artículo 9: La inspección, contralor y dirección de los trabajos, motivo de este contrato, será ejercida por la Dirección de Inspección de Obras, aceptando El Contratista su jurisdicción como así también la de los servicios y agentes dependiente de la misma.
Artículo 10: El Contratista, afianza el fiel cumplimiento del presente Contrato, mediante Póliza de Seguro N por la suma de Pesos $ que cubre el quince por ciento 15 %, extendida por del importe de la obra y se hará cargo del sellado de Ley. La fianza rendida queda bajo custodia de la Dirección de Inspección de Obras.
Artículo 12: Para todos los efectos legales del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero o Jurisdicción.
Siendo suscripto por los Señores: Doctor Luis Di Giácomo, Ministro de Gobierno, en representación de La Provincia, y en representación de El Contraista, por el señor/a en prueba de conformidad en la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro a los día del mes de de dos mil se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor, y a un solo efecto.
El Original debidamente estampillado, queda en poder de La Provincia, el duplicado para El Contratista, el triplicado para ser agregado al Expediente citado en el artículo 2 y el cuadruplicado para ser remitido al Ministerio de Gobierno.
oOo DECRETO Nº 1276
Viedma, 9 de agosto de 2016.
Visto, el expediente N 132.840 - SP - 2012, del registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se tramita la Rescisión del Contrato de la Obra denominada: Construcción de SUM en CET N 11 ESFA - El Juncal, en Viedma realizándose las siguientes consideraciones al respecto:
Que la obra mencionada en el considerando que antecede se adjudicó a la Firma Baszkir Construcciones, por la suma de Pesos cuatro millones novecientos treinta y dos mil ochocientos cuarenta con setenta y siete centavos $ 4.932.840,77 , según Decreto Provincial N 1.664/
2.013 obrante a fs. 851 a 854 y Contrato de Obra N 113/2.013 fs. 858/
859, estableciéndose un plazo contractual de ejecución de los trabajos de doscientos setenta 270 días corridos, contados a partir del Acta de Inicio;
Que el anticipo financiero correspondiente al l5% del monto de la Obra fue percibido por la empresa el 20 de Diciembre del 2013 y que mediante Carta Documento N 350222198 fs. 877, con fecha del 06 de Diciembre del 2013 se intimó a la contratista a dar cumplimiento a lo indicado por el Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales Apartado 6, en concordancia con el art. 28 de la Ley J N: 286, constando la misma como orden de inicio de Obra sin obtener respuesta favorable por parte de la Contratista:
Que con fecha del 12 de Noviembre del 2.014 la Contratista ha presentado Nota de adhesión al Decreto 1.313/2.014 y DNU: N 4 fs. 902, adjuntándose Plan de trabajos a fs. 903. Mediante Nota N: 1.714/2.014 fs. 905, de la Secretaría de Obras e Infraestructura, se solicita dejar sin efecto las actuaciones tendientes a la rescisión del Contrato y proceder al inicio de las tareas, según intensiones de la Contratista;
Que los trabajos en obra dieron comienzo el día 07 de Enero del 2.015, según Acta de inicio a fs. 920, del presente; debiendo concluir el 05 de Octubre del 2.015;
Que mediante Ordenes de Servicio N: 13, N 14. N 16 fs. 973/975, y N 21 fs. 984, se ha solicitado a la Contratista orquestar los medios necesarios para cumplimentar con el Plan de Trabajos aprobado oportunamente:
Que mediante Órdenes de Servicio N 19. N 21, e Informe del Inspector fs. 985/986, se denuncia la paralización injustificada de las tareas y se intima a la Contratista en repetidas oportunidades a retomar las mismas en un Plazo no mayor a 48 días corridos y dar cumplimiento a los plazos estipulados en pliego, sin respuesta favorable por parte de esta;
Que mediante lnformes de la Coordinación General de Inspecciones de Obra fs. 982 y 987, se informa a la Secretaría de Obras e Infraestructura del bajo rendimiento de las tareas registrándose un avance acumulado del 24,81%

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/08/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date25/08/2016

Page count26

Edition count1917

Première édition03/01/2002

Dernière édition04/07/2024

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