Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/08/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
ha sido aprobada la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que con fecha 08 de Marzo de 2016 se constató el cambio de titularidad de la explotación hotelera, por lo que corresponde su baja;
Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1.- Dar de Baja, a partir de la fecha la habilitación turística del Tipo: 5 - Departamentos de Alquiler Turísticos, Categoría: Única, denominado Tío Muny, propiedad de la señora Marta Daniluk, con domicilio en la calle Subida Los Radales 1363 de la localidad El Bolsón, en virtud de no desarrollar más la actividad hotelera en dicho inmueble.
Art. 2.- Déjase sin efecto en consecuencia, a partir de la fecha indicada en el Artículo precedente, la Resolución 081/13 SCFyCT.
Art. 3.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. Silvia E. Luzzardi, Secretaria de Turismo.
Resolución Nº 098/16 ST
S. C. de Bariloche, 20 de Julio de 2016
Visto: el Expte. 2.682-AT-14 del Registro de la Secretaria de Turismo, mediante la cual se tramitó la Habilitación Turística del alojamiento denominado Casablanca, propiedad del señor Pedro Aníbal González, con domicilio en la calle Onelli y José Hernández de la localidad El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
ha sido aprobada la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que con fecha 31 de Mayo de 2016 se constató el cambio de titularidad de la explotación hotelera, por lo que corresponde su baja;
Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1.- Dar de Baja, a partir de la fecha la habilitación turística del Tipo: 3 - Bed & Breakfast, Categoría: Única, denominado Casablanca, propiedad del señor Pedro Aníbal González, con domicilio en la calle Onelli y José Hernández de la localidad El Bolsón, en virtud de no desarrollar más la actividad hotelera en dicho inmueble.
Art. 2.- Déjase sin efecto en consecuencia, a partir de la fecha indicada en el Articulo precedente, la Resolución 040/14 ST.
Art. 3.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. Silvia E. Luzzardi, Secretaria de Turismo.
Resolución Nº 099/16 ST
S. C. de Bariloche, 25 de Julio de 2016
Visto: el Expte n 2.742-TA-15 caratulado Parque Cerro Leones Cavernas del Viejo Volcán s/
Solicitud Inscripción como Prestador de Turismo Activo en la localidad de Dina Huapi, y CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente se tramita la solicitud presentada por la firma Lonco S.R.L., para la Habilitación de Actividades de Turismo Activo bajo el nombre de fantasía Parque Cerro Leones Cavernas del Viejo Volcán; a realizarse en
BOLETIN OFICIAL N 5484
el Cerro Leones, Ruta Nac. 23 Km 603 de la localidad de Dina Huapi, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro;
Que la Ley T n 3883, declara de Interés Provincial al Turismo Activo como alternativa del desarrollo turístico sostenible y sustentable, estipulándose como Autoridad de Aplicación de la misma, al Ministerio de Turismo de la Provincia de Río Negro;
Que la actividad a homologar tal como Trekking, es parte de la modalidad de Ecoturismo, conforme el Artículo 2 Apartado 1.2. de la Ley T
n 3883;
Que el Artículo 5 de la mencionada norma establece los requisitos para la obtención de la correspondiente habilitación como Prestador de Turismo Activo Que el presente expediente fue caratulado con fecha 20 de Mayo de 2015, como consecuencia de la nota de solicitud de habilitación como Prestador de Turismo Activo, obrante a Fs. 1 del expediente citado en el visto;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de habilitación, conforme lo requerido por el Artículo 5 de la Ley T n 3883;
Que del Informe de fojas 49 surge que el solicitante reúne los requisitos para su habilitación como Prestador de Turismo Activo;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal interna de este Ministerio;
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley n 2603, Ley n 3883, Decreto 206/13, Ley A 2938 y Ley 5105;
Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1.- Habilitar por el término de un año a partir de la fecha, a la firma Lonco S.R.L. - CUIT
33-71234067-9, como Prestador de Turismo Activo para la modalidad de Ecoturismo, específicamente en la actividad de Trekking, a desarrollarse bajo el nombre de fantasía Parque Cerro Leones Cavernas del Viejo Volcán; a realizarse en el Cerro Leones, Ruta Nac. 23 Km 603 de la localidad de Dina Huapi, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro.Art. 2.- Registrar, comunicar, notificar a los interesados, publicar y cumplido archivar.Lic. Silvia E. Luzzardi, Secretaria de Turismo.
Resolución Nº 100/16 ST
S. C. de Bariloche, 25 de Julio de 2016
Visto: el Expte n 2.778-AT-15 del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Del Río, propiedad de la firma Crown Casino S. A., con domicilio en la calle Ruta Nac. 22
Km 1216 de la localidad de Cipolletti, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 23/10/2015, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Artículo 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Artículo 12 de la Resolución 228/05
y a Fs. 56 obra Acta de Inspección n 1199 y a Fs.57/67 el relevamiento confeccionado con fecha 26/11/2015;

Viedma, 11 de Agosto de 2016
Que a Fs. 68/70, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 1 - Hotel, y con un puntaje de Setecientos Veintitrés con 23/100 723, 23 puntos, lo que determina su Categoría en Cuatro Estrellas;
Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento de Alojamiento Turístico denominado Del Río, propiedad de la firma Crown Casino S. A., en el Tipo: 1 - Hotel, Categoría: Cuatro Estrellas, Especialidad: Casino, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Treinta y Seis 36 Unidades Alojativas y Setenta y Dos 72 Plazas Hoteleras .
Art. 2.- Inscribir al establecimiento Del Río en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4.- Hacer Saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Cipolletti, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. Silvia E. Luzzardi, Secretaria de Turismo.oOo Provincia de Río Negro AGENCIA DE RECAUDACIÓN TRIBUTARIA
Resolución Nº 614
Viedma, 03 de Agosto de 2016
Visto, el expediente N 014039-ART-2016
del registro de la Gerencia de Gestión Regional, dependiente de la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro y la Ley I
N 1284, de creación del Impuesto a los Automotores, y CONSIDERANDO:
Que la citada norma legal, en su artículo 10, establece que Para los bienes nuevos consignados en el artículo 1, el nacimiento de la obligación fiscal se considera a partir de la fecha de adquisición y el impuesto a abonar es proporcional a la cantidad de días contados desde la fecha de adquisición hasta el último día del período fiscal en curso. La fecha de adquisición a los efectos impositivos está dada en la factura de compra en los bienes nacionales, en los bienes importados se toma la de la factura de compra en este país o en su defecto la del certificado de nacionalización expedido por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y para las unidades armadas o rearmadas fuera de fábrica se toma la fecha de inscripción registral ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor.
En los casos de Rifas la fecha de adquisición está dada por la fecha de cesión de la factura de origen ante Escribano Público u Organismo competente
Que es necesario establecer el nacimiento de la obligación fiscal de vehículos adquiridos por distintas modalidades no contempladas en la Ley citada;
Que la presente se dicta en virtud del artículo 5
de la Ley I N 2686 Código Fiscal y el artículo 18
de la Ley I N 1284;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 11/08/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date11/08/2016

Page count56

Edition count1927

Première édition03/01/2002

Dernière édition08/08/2024

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