Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/03/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5230

Viedma, 6 de Marzo de 2014
Página Nro.: 1/1

ANEXO RESOLUCION N: 318/13
Ref. Falta de Presentación - Declaraciónes Juradas.
Habiéndose constatado la falta de presentación de las declaraciónes juradas que se detallan infra, por parte de los contribuyentes cuyos datos se indican a continuación, se dispone emplazarlos para que dentro del término de 15 quince días contados a partir de la presente notificación procedan a regularizar dicha situación fiscal y a ingresar el saldo resultante con más los intereses resarcitorios previstos en el artículo 50
del Código Tributario Provincial. El incumplimiento a la presente intimación dará lugar, sin más trámite, al inicio de las acciones judiciales de cobro JUICIO DE
EJECUCION FISCAL
conforme lo autoriza el artículo 51 del Código Tributario Provincial.
Notificación Legal 201304-005-000021

C.U.I.T.
20-11087927-0

Domicilio
Señores ARTIGAU ALFREDO RUBEN

Impuesto
MORENO 307-8138 RIO COLORADO

11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO

PROVINCIA DE RIO NEGRO

MULTILATERAL

Periodos
Planilla General
2012/10-2012/11-2012/12-

3/2013

2013/01-2013/02-2013/03

201304-005-000022

20-12638438-7

GAZARI CARLOS ROBERTO

CONTRALMIRANTE CORDERO 581-8303
CINCO SALTOS PROVINCIA DE RIO NEGRO

11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO
MULTILATERAL

2012/10-2012/11-2012/122013/01-2013/02-2013/03

3/2013

201304-005-000023

30-71082094-1

TECNO MAAC SRL

JUJUY 395-8307 CATRIEL PROVINCIA DE 11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO

2012/10-2012/11-2012/12-

3/2013

201304-005-000024
201304-005-000025

30-70869608-7
20-12478622-4

PATAGONIA ARGENTINA SOCIEDAD
TERRERO JOSE MARIA

201304-005-000026

20-17443489-2

BRIZ JUAN CARLOS ENTRE

201304-005-000027

30-70784677-8

VALLE SRL BELLABARBA

201304-005-000028
201304-005-000031
201304-005-000032
201304-005-000033
201304-005-000034
201304-005-000038

20-17579470-1
30-71140789-4
20-12420968-5
20-17117719-8
30-68961415-5
20-17065424-3

OMAR ADOLFO

RIO NEGRO

MULTILATERAL

PEDRO GUIACHINO 271-8307 CATRIEL

11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO

PROVINCIA DE RIO NEGRO

MULTILATERAL

MENGELLE 1618-8324 CIPOLLETTI

11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO

PROVINCIA DE RIO NEGRO

MULTILATERAL

25 DE MAYO 534-8332 G.ROCA

11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO

PROVINCIA DE RIO NEGRO

MULTILATERAL

ALSINA 2725-8332 GRAL ROCA

11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO

PROVINCIA DE RIO NEGRO

MULTILATERAL

BELGICA 1963-8332 GENERAL ROCA

11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO

PROVINCIA DE RIO NEGRO

MULTILATERAL

LAS DOS M S.R.L. EN FORMACION LOS ALAMOS 1239-8332 GENERAL ROCA
SANTOS MARCELO ALEJANDRO
LAMBRECHT UBALDO
LUGADI SRL
DELAUNAY FABIAN

11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO

PROVINCIA DE RIO NEGRO

MULTILATERAL

MARIANO MORENO 1035 PISO:5-8332

11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO

GENERAL ROCA PROVINCIA DE RIO NEGRO

MULTILATERAL

2013/01-2013/02-2013/03
2012/10-2012/11-2012/12-

3/2013

2013/01-2013/02-2013/03
2012/10-2012/11-2012/12-

3/2013

2013/01-2013/02-2013/03
2012/10-2012/11-2012/12-

3/2013

2013/01-2013/02-2013/03
2012/10-2012/11-2012/122013/01-2013/02-2013/03

3/2013

2013/01-2013/03

3/2013

2012/10-2012/11-2012/12-

3/2013

2013/01-2013/02-2013/03
2012/10-2012/11-2012/122013/01-2013/02-2013/03

3/2013

RODHE 770-8332 GRAL. ROCA PROVINCIA 11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO
DE RIO NEGRO
MULTILATERAL

2012/10-2012/11-2012/12-

3/2013

SARMIENTO 590-8332 GENERAL ROCA

11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO

2012/10-2012/11-2012/12-

PROVINCIA DE RIO NEGRO

MULTILATERAL

PERITO MORENO 1961-8430 BARILOCHE - 11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO
EL BOLSON - PROVINCIA DE RIO NEGRO

2013/01-2013/02-2013/03
3/2013

2013/01-2013/02-2013/03
2013/01-2013/02-2013/03

3/2013

MULTILATERAL

201304-005-000040

20-24095918-7

MARTINEZ SEBASTIAN ORLANDO

BERNAL 785-8500 VIEDMA PROVINCIA DE 11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO
RIO NEGRO
MULTILATERAL

2012/10-2012/11-2012/122013/01-2013/02

3/2013

201304-005-000041

30-71095463-8

DOS A CONSTRUCCIONES

H.IRIGOYEN 596 PICHI MAHUIDA-8138

11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO

RIO COLORADO PROVINCIA DE RIO NEGRO

MULTILATERAL

2012/10-2012/11-2012/122013/01-2013/02-2013/03

3/2013

ELECTROMECANICAS SRL
SERRANO GUERRERO GERARDO
FRANCISCO

CLEMENTE ZURITA 426-8307 GENERAL
ROCA - CATRIEL - PROVINCIA DE RIO

11-INGRESOS BRUTOS CONVENIO

2012/10-2012/11-2012/122013/01-2013/02-2013/03

3/2013

201304-005-000042

20-31842250-9

MULTILATERAL

NEGRO

Cant.Total:

16

oOo Provincia de Río Negro Secretaría de Energía SECRETARÍA DE MINERÍA
Resolución S.M. Nº 03
Viedma, 21 de febrero de 2014.
Visto, el Expte. N 39.002-M-2014, la Ley A N 4629, Decretos N
1781/13 y N 1955/13, y, CONSIDERANDO:
Que se encuentra vigente la Ley A N 4629 mediante la cual se creó el Registro Provincial de Ladrilleros Artesanales RPLA, cuyo objeto es impulsar la promoción y regularización de quienes desarrollan en forma artesanal la actividad de fabricación de ladrillos para la construcción;
Que la citada norma fue reglamentada a través del Decreto N 1781/13
emitido el día 20/11/2013 que determina las competencias de la Secretaría de Minería, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N 4629, en concordancia con lo previsto por la Ley de Ministerios N 4794. En particular, el artículo 3 del Decreto Reglamentario, otorga a esta Secretaría la dirección y administración del RPLA y las facultades para emitir actos administrativos generales que regulen el procedimiento y los requisitos necesarios para el cumplimiento de la legislación;
Que en este sentido, se verifica la necesidad y conveniencia de ordenar un procedimiento que establezca las formas, condiciones y plazos para hacer efectivas las disposiciones de la normativa arriba mencionada;
Que la finalidad ulterior de la presente, es continuar con el proceso de fortalecimiento de la pequeña y mediana unidad productiva de la fabricación artesanal de ladrillos, reconociendo la importancia que dichos emprendimientos adquieren a nivel social como fuente de trabajo y su incidencia como engranaje insustituible en la industria de la construcción en general, y la construcción de viviendas en particular;
Que el presente acto administrativo general se dicta conforme las atribuciones y facultades establecidas en la Ley A N 4629 y su Decreto Reglamentario N 1781/13 y el Decreto N 1955/13 que determina en la Secretaría de Minería de la Provincia, la Autoridad Minera.
Por ello, La Secretaria de Minería RESUELVE:
Artículo 1 - Aprobar la reglamentación del procedimiento y los requisitos necesarios para el cumplimiento de la Ley A N 4629 y su Decreto Reglamentario N 1781/13, de conformidad a las disposiciones establecidas en los Anexos I, II, III y IV que integran la presente.

Art. 2º - Invitar a los Municipios de la Provincia a adherirse a la aplicación de la Ley A N 4629, su Decreto Reglamentario N 1781/13 y el presente acto administrativo, informando los deberes y las atribuciones ordenados.
Art. 3º - Registrar, comunicar, publicar en Boletín Oficial y cumplido, archivar.
Lic. Gustavo Ferreyra, Secretario de Minería.

Anexo I
de la Resolución S.M. Nº 03
Artículo 1 - El objeto del presente es regular el procedimiento para la inscripción en el Registro Provincial de Ladrilleros Artesanales RPLA y las cuestiones inherentes a la interpretación y aplicación de la Ley A N
4629 y su Decreto Reglamentario N 1781/13.
Art. 2º - Las personas físicas y/o jurídicas definidas como Productores Ladrilleros Artesanales -conforme el Art. 2 del Anexo I del Decreto N
1781/13- deberán presentar ante esta Secretaría o ante la Municipalidad adherida con competencia territorial en el lugar de sus actividades, la Solicitud de Inscripción o reinscripción, según el caso en el Registro Provincial de Ladrilleros Artesanales RPLA, de acuerdo al formulario establecido en el Anexo II de la presente Resolución.
Art. 3º - La Secretaría constatará la presentación del comprobante de pago de la tasa de inscripción prevista -Art. 30, inciso b, ítem 34 de la Ley N 4925 o la norma que en el futuro la reemplacee iniciará un expediente administrativo por cada una de las solicitudes presentadas ante el RPLA.
Seguidamente, analizará la información suministrada por el Productor, teniendo la facultad de requerirle ampliación de datos en un plazo perentorio, si lo considera pertinente. En caso de incumplir con la ampliación requerida, se tendrá por desistida la solicitud de inscripción.
Art. 4º - Examinada la presentación del Productor y constatado el cumplimiento de la normativa expuesta en el Art. 1 del presente, esta Autoridad de Aplicación emitirá una Resolución disponiendo la inscripción formal en el RPLA, tomando razón bajo N y Año, con motivo de individualizar al Productor Ladrillero Artesanal.
Art. 5º - Dictada la Resolución, la Secretaría de Minería emitirá la Constancia de Inscripción a favor del Productor Ladrillero Artesanal, de acuerdo al formato dispuesto en el Anexo IV de la presente Resolución, la que tendrá una vigencia de dos 2 años desde su emisión y cuyo ejemplar original será la documentación formalmente requerida al Productor, a todos los efectos legales.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/03/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date06/03/2014

Page count22

Edition count1922

Première édition03/01/2002

Dernière édition22/07/2024

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