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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/11/2013
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro
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BOLETIN OFICIAL N 5201
Viedma, 25 de Noviembre de 2013
El presente listado no otorga derecho a la adjudicación, atento a que el mismo se encuentra sujeto a modificaciones fundadas en las impugnaciones y/o solicitudes de reconsideración, como tampoco el orden de prelación.
Legajo 18237
18215
18218
18223
18207
Apellido y Nombres Ruiz, Blanca Edith
Vásquez, Carlos Esteban
Rivero, Brenda Belén
Weiner, Cristian Osca
Sasso, Marilina Soledad
Ocampo, Ángel Damián
Parra, Ana María
Carriqueo, Marcos Gastón
Alegía, Vanesa Noemí
Documento 26.634.754
24.180.818
34.522.401
35.060.428
37.482.851
26.009.621
26.790.951
26.108.397
32.588.162
Puntos 53
50
50
49
46
Impugnaciones: A partir de la presente publicación, queda abierto el período de impugnaciones por el término de diez 10 días hábiles, por lo tanto, quienes consideren necesario impugnar, lo harán por nota, dirigida al Lic. Luis María Bardeggia, Interventor del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, sito en Winter y Murillo, de Viedma, debidamente firmada, con aclaración de firma, número de documento y domicilio.
Nota: Las impugnaciones referentes a la posesión de inmuebles, deberán ser concretas y con la identificación de datos catastrales y/o domicilio donde se encuentra el bien denunciado.- Sobre las impugnaciones referentes a modificación y/o disolución del grupo familiar, deberá detallarse la circunstancia invocada.- En ambos casos, de no contar con la información como se solicita, el Organismo se reserva el derecho de desestimarlas.
Marcela L. Floridia, a/c. Dirección de Soluciones Habitacionales - IPPV.
oOo Plan: 73 Viviendas - Convenio IPPV - Sindicato de Trabajadores Viales Provincia de Río Negro - Entrega parcial 01 Viviendas.
Localidad: General Roca.
Viviendas de Dos Dormitorios.
En el marco de la Resolución Nº 1535/08 se ha suscripto convenio entre el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda y el Sindicato de Trabajadores Viales de la Provincia de Río negro, para la adjudicación del Plan 73 Viviendas Programa Federal Plurianual en la ciudad de General Roca.
El puntaje obtenido se estableció en base a la información proporcionada mediante Declaración Jurada por la inscripta, acompañada de la documentación respaldatoria.- La selección de la preadjudicataria se determinó a través de puntaje, establecido por las normas vigentes.
La solicitud de vivienda ha cumplimentado los requisitos exigidos por este Organismo en materia de adjudicación.
La presente publicación no otorga derecho a la adjudicación, atento a que la misma se encuentra sujeta a impugnaciones.
Vivienda para Discapacidad Orden Legajo Apellido y Nombres 0 1 15574 Gutiérrez, Teresa del Valle
Doc.
Puntaje 14.213.170
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Plan: 20 Viviendas - Publicación de suplentes - Programa Federal Reconvertido.
Localidad: Sargento Vidal.
Viviendas de Dos Dormitorios.
El puntaje obtenido se establece en base a la información proporcionada voluntariamente por cada inscripto. La selección de los beneficiarios se determina a través del sistema de puntaje establecido por las normas vigentes, evaluando las siguientes situaciones:
Situación habitacional.
Cantidad de hijos menores de 18 años.
Jefe de familia solo, con hijos menores de 18 años.
Integrantes del grupo familiar con discapacidad.
Residencia en la localidad.
Impugnaciones: A partir de la presente publicación, queda abierto el período de impugnaciones por el término de cinco 5 días corridos, por lo tanto, quienes consideren necesario impugnar, lo harán por nota, dirigida al Lic. Luis María Bardeggia, Interventor del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, sito en Winter y Murillo, de Viedma, debidamente firmada, con aclaración de firma, número de documento y domicilio.
Nota: Las impugnaciones referentes a la posesión de inmuebles, deberán ser concretas y con la identificación de datos catastrales y/o domicilio donde se encuentra el bien denunciado.
Sobre las impugnaciones referentes a modificación y/o disolución del grupo familiar, deberá detallarse la circunstancia invocada.
En ambos casos, de no contar con la información como se solicita, el Organismo se reserva el derecho de desestimarlas.
Marcela L. Floridia, a/c. Dcción de Soluciones Habitacionales - IPPV.
oOo
EDICTOS
Favio Igoldi Juez a cargo del Juzgado de Instrucción N II, con asiento en la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, Secretaría N 4 a mi cargo, notifica a Eduardo Raúl Alvarado de lo
ordenado en los autos caratulados: Alvarado Eduardo y Otro S/ Hurto Expte. N 49235/13, cuya parte pertinente se transcribe y dice: Viedma, 30 de septiembre de 2013.- Autos y Vistos de la que Resulta y Considerando Resuelvo: I Dictar el sobreseimiento total en la presente causa, en favor de Eduardo Raúl Alvarado y ya filiados, en orden al hecho que se les endilgaba en la presente por las consideraciones expuestas y por aplicación del art. 306 inc. 14 de C.P. P.- II Declarar que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor
del que hubieren gozado los imputados.- Regístrese, protocolícese y notifíquese. Fdo. Dr. Favio M.
Igoldi-Juez-.- Carlos M. Mussi, Secretario.oOo Favio Igoldi, Juez a cargo del Juzgado de Instrucción N II, con asiento en la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, Secretaría N 4 a mi cargo, notifica a Pedro Daniel Haro Pavez de lo ordenado en los autos caratulados: Subcria. 56º S/
Investigación Expte. Nº 49623/13, cuya parte pertinente se transcribe y dice: Viedma, 28 de