Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/10/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 31 de Octubre de 2011

Nº 4982

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 4,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LII
EDICION DE 22 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 22

LEY

DECRETOS

LEY Nº 4700
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Autoriza al Poder Ejecutivo, a transferir a título de donación a la institución Viedma Ayuda y Lucha contra el Cáncer asociación civil VALCEC, filial Viedma, el inmueble identificado bajo Nomenclatura Catastral según folio parcelario DC 18-C1-SA-M341-P9 ubicado en la calle Hipólito Yrigoyen n 295 de la ciudad de Viedma, que es propiedad de la Provincia de Río Negro según consta en el Registro de la Propiedad Inmueble.
Art. 2.- El inmueble objeto de transferencia, tiene como destino y cargo de afectación el uso de la sede permanente de la asociación VALCEC.
Art. 3.- La presente autorización legislativa está condicionada al previo cumplimiento de los recaudos previstos en las leyes vigentes que rigen para la donación de inmuebles.
Art. 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Pcia. de Río Negro, ea la ciudad de Viedma, a los trece días del mes de octubre del año dos mil once.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.- Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.

Viedma, 25 de Octubre de 2011.
Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Miguel Angel Saiz, Gobernador.- Esc. Diego Rodolfo Larreguy, Ministro de Gobierno.
DECRETO Nº 1576
Registrada bajo el Número de Ley cuatro mil setecientos 4700.
Viedma, 25 de Octubre de 2011.
Dra. Silvia Jañez, Secretaría Legal y Técnica de Asuntos Legislativos - Secretaría General de la Gobernación.

DECRETO Nº 1508
Viedma, 7 de Octubre de 2011.
Visto: El Expediente N 19.447-EDU-2.009, del Registro del Ministerio de Educación, la Ley L
N 4.420, el Decreto Reglamentario L N 463/09, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la incorporación a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial del personal temporario ingresado con anterioridad al 30 de Abril de 2.009, conforme lo previsto en el Artículo 1 de la Ley L
N 4.420;
Que asimismo, la citada Ley fija las condiciones que debe reunir el personal temporario con vista a su Ingreso a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial;
Que el Decreto Reglamentario L N 463/09, reglamenta los recaudos a cumplimentar para tornar operativa la Ley;
Que los agentes que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto han aprobado el examen previsto por la Resolución N
3.808/10 del Ministerio de Educación del llamado a proceso de evaluación para determinar la idoneidad de los postulantes en el marco del Artículo 11 del Anexo II del Decreto Reglamentario L N
463/09;
Que los mismos reúnen todos los requisitos y condiciones exigidos por la Ley L N 4.420;
Que el Artículo 7 de la Ley L N 4.420 y el Decreto Reglamentario L N 463/09, determina que el ingreso de los agentes se realizará por la categoría mínima del Agrupamiento en el que cumple efectivamente funciones, tomando en cuenta lo previsto en el Artículo 4 de la Ley L N 3.959;
Que las categorías asignadas en el Anexo del presente Decreto, se corresponden con el cómputo certificado a fojas 108 por el área de Recursos Humanos, conforme las previsiones del Artículo 4 de la Ley L N 3.959, dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera del agente, y en
Planilla Anexa Al Decreto N 1508

Escalafón: Ley L Nº 1.844 y Nº 4.51.
Localidad: Pilcaniyeu.

ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales por dicho concepto;
Que el presente Decreto se dicta en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley L N 4.420
y el Artículo 31 del Anexo II del Decreto L N
463/09;
Que la aptitud psicofísica de los postulantes exigida por la normativa de riesgos del trabajo, Resolución N 037/2.010 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, se encuentra acreditada mediante los exámenes preocupacionales realizados por el Sistema de Juntas Médicas de la Provincia de Río Negro, de acuerdo a las constancias agregadas a fojas 81/89, 100/101;
Que ha tomado ingerencia la Subsecretaría de Presupuesto en los términos del Artículo 42 de la Ley N 4.599;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Educación, la Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado a fojas 126 Vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 3 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Incorporar a partir de la fecha del presente Decreto a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial a los agentes que cumplen funciones en el Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro, en la Localidad de Pilcaniyeu, en los Agrupamientos y Categorías que se detallan en la Planilla Anexa Única, que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo normado por la Ley L N
4.420 y su Decreto Reglamentario L N 463/09.Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro de Educación.Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- N. A. Nakandakare.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/10/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date31/10/2011

Page count22

Edition count1919

Première édition03/01/2002

Dernière édition11/07/2024

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