Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/12/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 22 de Diciembre de 2008

BOLETIN OFICIAL N 4683

Que la nombrada fue designada por Resolución N 1119/00 a partir del 1 de Abril del año 2000 en el cargo de Secretaria Técnica con funciones en la Dirección de Enseñanza Privada, usufructuando licencia por Artículo 49 de la Ley L N 3487
hasta el 1 de Septiembre de 2005, fecha en que se dejó sin efecto la designación en el cargo mencionado por Resolución N 3044/05 reintegrándose a prestar funciones en el agrupamiento administrativo en planta permanente correspondiendo su promoción y reubicación en la categoría 9 a partir del 1 de Septiembre de 2005;
Que resulta improcedente computar el período en el que se desempeñó como Secretaria Técnica a los fines de la promoción de la categoría en tanto conforme a la Vista N 9565 de fecha 17 de Diciembre de 2004 de la Fiscalía de Estado se interpreta que a mérito del Decreto N 09/93 del Poder Ejecutivo Provincial y las Resoluciones N 039/94 y N 1106/96 del Consejo Provincial de Educación, el cargo de Secretario Técnico reviste la naturaleza de autoridad superior del personal docente del Consejo Provincial de Educación;
Que encontrándose en dicho período en uso de licencia en el marco del Artículo 49 de la Ley L N 3487 por desempeño de un cargo de designación política, no resulta computable dicho período para la promoción automática del agente;
Que en cumplimiento de las normas señaladas y conforme a lo normado en el Artículo 13 Inciso b y Artículo N 89 del Anexo II de la Ley L N 1844, la agente debe ser promovida y reubicada conforme a la reconstrucción minuciosa de su carrera informada a fojas 14 y 15;

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Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Educación, Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública, y Reconversión del Estado, y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 01621-08;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Reubíquese y promuévase a partir del 1º de Septiembre de 2005 a la agente Ada Violeta LICERA DNI N 17.989.677 de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decreto, conforme al cómputo que se especifica en las mismas, en los términos de los Artículos 1 y 2 de la Ley L N 3959 y de los Artículos 1 y 4 del Anexo Unico del Decreto N 3/05.Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Educación.Art. 3 .- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- C. A. Barbeito.-

PLANILLA ANEXA - DECRETO N 1242

oOo DECRETO Nº 1247
Viedma, 03 de Diciembre de 2008.Visto, el Expediente N 101.064-SPF-08, del Registro del Ministerio Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones se tramita la ratificación del Convenio celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Familia de la Provincia de Río Negro;
Que mediante el mismo, el Organismo Nacional, financiará el Proyecto denominado Equipamiento en tres 3 hogares para Adultos Mayores;
Que el presente Convenio tiene por finalidad la adquisición de equipamiento imprescindible y recursos necesarios para las Instituciones: Hogar El Abuelo Pepe, de la localidad de Viedma, Hogar de Ancianos de la localidad de El Bolsón y Hogar de Ancianos Juan XXIII de la localidad de Cinco Saltos;
Que la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación transferirá en un solo pago la suma de PESOS
NOVENTA MIL CIENTO VEINTIDOS CON CINCUENTA CENTAVOS $ 90.122,50;
Que para la ejecución del mencionado Convenio se ha previsto la Coordinación a Nivel Provincial, a través de la Dirección General de Adultos Mayores del Ministerio de Familia;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Familia y Fiscalía de Estado a fojas 11 vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratifíquese el Convenio Marco de Cooperación suscripto entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representada por la Señora Marcela Paola VESSVESSIAN y el Ministerio de Familia de la Provincia de Río Negro, representado por el Señor Ministro Don Alfredo Daniel PEGA, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Desígnese como autoridad de aplicación del Convenio ratificado por el Artículo 1 al Ministerio de Familia.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Familia.Art. 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- A. D. Pega.-

CONVENIO
Entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representada por su titular Lic. Marcela Paola VESSVESSIAN, con domicilio en la calle Teniente General Juan Domingo Perón N 524, 4 piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante La Secretaría por una parte, y el Ministerio de Familia de la Provincia de Río Negro, representada por su titular Sr. Alfredo Daniel PEGA D.N.I. N
12.711.465, con domicilio en la calle 25 de Mayo N 99, Planta Baja, de la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, en adelante El Ministerio, por la otra, acuerdan celebrar el presente convenio sujeto a las siguientes cláusulas.
PRIMERA: Objeto. El presente convenio tiene por objeto otorgar con carácter de subsidio no reintegrable, la suma de PESOS NOVENTA MIL CIENTO
VEINTIDOS CON CINCUENTA CENTAVOS $90.122,50.- para aplicar al financiamiento del proyecto denominado Equipamiento en tres hogares para adultos mayores dentro del marco del Programa Fortalecimiento Institucional. El presente proyecto tiene por finalidad la adquisición de equipamiento imprescindible y recursos necesarios artículos de asistencia médica, artículos de jardín, electrodomésticos y artículos para reforzar la seguridad edilicia, para las instituciones Hogar el Abuelo Pepe, Hogar de Ancianos y Hogar de Ancianos Juan XXIII, sitos en las ciudades de Viedma, El Bolsón y Cinco Saltos respectivamente. Todo ello con el fin de mejorar la calidad de vida de los adultos mayores que residen en los mencionados hogares. El proyecto se llevará a cabo en las ciudades de Viedma, El Bolsón y Cinco Saltos, todas ellas de la Provincia de Río Negro.
SEGUNDA: Implementación. El Ministerio se compromete a: A Destinar la suma recibida a solventar los gastos que demande la ejecución del proyecto denominado Equipamiento en tres hogares para adultos mayores, a realizarse en las Ciudades de Viedma, El Bolsón, y Cinco Saltos, de la Provincia de Río Negro; B Garantizar la realización del proyecto denominado Equipamiento en tres hogares para adultos mayores; C Alcanzar a tres 3 hogares para adultos mayores beneficiarios directos, pertenecientes al Ministerio de Familia de la Provincia de Río Negro, y asimismo, alcanzar a ciudadanos Adultos Mayores beneficiarios indirectos, que se alojan en las mencionadas instituciones; D
Contribuir con los recursos propios técnicos, financieros y laborales que se requieran para el correcto desarrollo del proyecto.
TERCERA: La Secretaría se compromete a transferir a El Ministerio un monto total de PESOS NOVENTA MIL CIENTO VEINTIDOS CON CINCUENTA
CENTAVOS $ 90.122,50.- para cubrir los gastos correspondientes a la financiación del proyecto denominado Equipamiento en tres hogares para adultos mayores a desarrollarse en el lugar indicado en la cláusula PRIMERA. La suma mencionada será abonada en un solo pago.
CUARTA: El Ministerio se obliga a: a Organizar, ejecutar y supervisar, cuando intervienen terceros, todas las actividades que impliquen el desarrollo del proyecto;
b Dar inicio a las actividades dentro de los treinta 30 días de recibidos los fondos; c Efectuar la supervisión directa de la ejecución del proyecto; d Entregar

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 22/12/2008

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date22/12/2008

Page count26

Edition count1924

Première édition03/01/2002

Dernière édition29/07/2024

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