Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/06/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 4631

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial, y la Ley N 1.857;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Declárese en estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario por el fenómeno de heladas a los productores hortícolas y forrajeros del Departamento Avellaneda.Art. 2.- La presente declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario se extenderá por un lapso de doce 12 meses, a partir de la firma del presente Decreto.Art. 3.- La Dirección de Agricultura del Ministerio de Producción, será la responsable de la evaluación de los daños a los efectos del encuadramiento de los productores en el Régimen de Emergencia y/o desastre Agropecuario, según corresponda en virtud de la magnitud de los daños y la confección de los Certificados de Afectación.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Producción.
Art. 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- J. M. Accatino.oOo DECRETO Nº 424
Viedma, 27 de mayo de 2008.Visto, El expediente N 127463-DA-08, del Registro del Ministerio de Producción, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la Declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario Provincial, a productores de especies hortícolas afectados por heladas ocurridas el día 04 de Noviembre de 2.007- Departamento General Conesa, decidido mediante Acta de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, del día 27 de Marzo de 2.008;
Que el fenómeno de heladas ha provocado importantes daños en la producción hortícola, especialmente en zapallo, siendo éste, el cultivo más afectado. Los cultivos objeto del daño pertenecen a la localidad de General Conesa, perteneciente al Departamento General Conesa;
Que las características de ésta temporada productiva, estuvieron dadas por la ocurrencia de heladas tardías, acumulando al final de la misma una superficie importante de daño;
Que reunida la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria analizó los informes que sobre este fenómeno presentó la Dirección de Agricultura de la Provincia, perteneciente al Ministerio de Producción;
Que surge de los informes la necesidad de proponer la Declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario a los productores afectados;
Que es necesario aliviar la situación financiera de los productores afectados para que puedan cumplir las tareas imprescindibles en su ciclo productivo;
Que es necesario brindar apoyo desde el Gobierno Provincial para contrarrestar los efectos graves de esta situación;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Producción, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos y Fiscalía de Estado a fojas 17 vuelta;
Que las presentes actuaciones se encuadran en las prescripciones de la Ley N 1.857;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial, y la Ley N 1857;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Declárese en estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario por el fenómeno de heladas a los productores hortícolas del Departamento General Conesa.Art. 2.- La presente declaración de emergencia y/o desastre agropecuario se extenderá por un lapso de doce 12 meses, a partir de la firma del presente decreto.Art. 3º.- La Dirección de Agricultura del Ministerio de Producción, será la responsable de la evaluación de los daños a los efectos del encuadramiento de los productores en el Régimen de Emergencia y/o desastre Agropecuario, según corresponda en virtud de la magnitud de los daños y la confección de los Certificados de Afectación.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Producción.
Art. 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- J. M. Accatino.oOo DECRETO Nº 425
Viedma, 27 de mayo de 2008.Visto, El expediente N 127462-DA-08 del Registro del Ministerio de Producción, y;

Viedma, 23 de Junio de 2008

CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la Declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario Provincial a productores vitivinícolas afectados por heladas ocurridas los días 13 y 14 de Noviembre de 2007, en los Departamentos de General Roca y Avellaneda y decidido mediante Acta de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, del día 27 de Marzo de 2008;
Que el fenómeno de heladas ha provocado importantes daños en la producción vitivinícola, especialmente en uvas destinadas a vinificar. Los cultivos objeto del daño pertenecen a las localidades de Choele Choel y Luis Beltrán del Departamento Avellaneda y Mainqué, Cervantes, Ingeniero Huergo, Villa Regina, Godoy, Campo Grande, Valle Azul, Chichinales, General Roca, Fernández Oro, Allen, y Cipolletti del Departamento General Roca;
Que las características de ésta temporada productiva, estuvieron dadas por la ocurrencia de heladas tardías, acumulando al final de la misma una superficie importante de daño, el cual se apreciará en su totalidad al momento de la cosecha donde se estiman pérdidas de hasta un 80% de la producción;
Que reunida la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria analizó el informe que sobre este fenómeno presentó la Dirección de Vitivinicultura de la Provincia de Río Negro perteneciente al Ministerio de Producción;
Que surge de los informes la necesidad de proponer la Declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario a los productores afectados;
Que es necesario aliviar la situación financiera de los productores afectados para que puedan cumplir las tareas imprescindibles en su ciclo productivo;
Que es necesario brindar apoyo desde el Gobierno Provincial para contrarrestar los efectos graves de esta situación;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Producción, Secretaría Legal, Técnica de Asuntos Legislativos y Fiscalía de Estado a fojas 25 vuelta;
Que las presentes actuaciones se encuadran en las prescripciones de la Ley N 1.857;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Declárase en estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario por el fenómeno de heladas a los productores vitivinícolas del Departamento de General Roca y el Departamento de Avellaneda.Art. 2.- La presente Declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario se extenderá por un lapso de doce 12 meses, a partir de la firma del presente Decreto.Art. 3.- La Dirección de Vitivinicultura del Ministerio de Producción, será la responsable de la evaluación de los daños a los efectos del encuadramiento de los productores en el Régimen de Emergencia y/o desastre Agropecuario, según corresponda, en virtud de la magnitud de los daños y la confección de los Certificados de Afectación.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Producción.
Art. 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- J. M. Accatino.oOo DECRETO Nº 426
Viedma, 27 de mayo de 2008.Visto, El Expediente N 127461-DA-08, del Registro del Ministerio de Producción, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la Declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario Provincial, a productores Frutícolas afectados por heladas registradas desde la primer semana de Octubre de 2.007 hasta el 13 de Noviembre de 2.007- en los Departamentos de General Conesa, Adolfo Alsina, Pichimahuida, Avellaneda y General Roca y decidido mediante Acta de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, del día 27 de Marzo de 2.008;
Que el fenómeno de heladas ha provocado importantes daños en la producción frutícola, especialmente en manzana, pera. Los cultivos objeto del daño pertenecen a los Departamentos de General Conesa, Adolfo Alsina, Pichimahuida, Avellaneda y General Roca;
Que las características de ésta temporada productiva, estuvieron dadas por la ocurrencia de heladas tardías, acumulando al final de la misma una superficie muy importante de daño;
Que reunida la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria analizó el informe que sobre este fenómeno presentó la Secretaría de Fruticultura de la Provincia, perteneciente al Ministerio de Producción;
Que surge de los informes la necesidad de proponer la Declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario a los productores afectados;
Que es necesario aliviar la situación financiera de los productores afectados para que puedan cumplir las tareas imprescindibles en su ciclo productivo;
Que es necesario brindar apoyo desde el Gobierno Provincial para contrarrestar los efectos graves de esta situación;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/06/2008

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date20/06/2008

Page count52

Edition count1926

Première édition03/01/2002

Dernière édition05/08/2024

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