Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/10/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 16 de Octubre del 2006
El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Vidal Roberto s/Ejecución Fiscal Expte.
169/05, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Vidal Roberto, C.U.LT. N 20-11612345-3, sobre el inmueble identificado: Cinco Saltos - Lote 02 - Chacra 008 Superficie 8has. 76 as. 32cas. 56dm. Pte. Indivisa.
Matrícula 02-36., por la suma de Pesos Siete mil novecientos cincuenta y ocho con treinta y cinco centavos $ 7.958,35 con más la de Pesos Tres mil novecientos $ 3.900,00. La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: neral Roca, 6 de Septiembre de 2.006 Resuelvo: I Decretar el embargo de los derechos del demandado Roberto Vidal, sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad hasta cubrir la suma de Pesos Siete mil novecientos cincuenta y ocho con treinta y cinco centavos $ 7.958,35 con más la de Pesos Tres mil novecientos $ 3.900 presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas II
Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado Roberto Vidal, respecto de la producción frutícola del inmueble indicado Regístrese y notifíquese. Fdo. Dra. María del Carmen García -Juez FederalGral. Roca, 19 de septiembre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Fernández José Francisco s/Ejecución Fiscal Expte. 144/06, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Fernandez José Francisco, C.U.I.T. N 20-02656754-9, sobre el inmueble identificado: Gral. Roca - Lote 5-BChacra 006 Sup. 3has, 80as, 25cas. Tomo 682, Folio 101, Finca 135110, por la suma de Pesos Veinte mil setecientos setenta y uno con ochenta y seis centavos $ 20.771,86 con más la de Pesos Diez mil cuatrocientos $ 10.400,00. La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: //neral Roca, 11
de septiembre de 2.006 Resuelvo: I Decretar el Embargo de los derechos del demandado José Francisco Fernández, sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad hasta cubrir la suma de Pesos Veinte mil setecientos setenta y uno con ochenta y seis centavos $ 20.771,86 con más la de Pesos Diez mil cuatrocientos $ 10.400,00
presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas II Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado José Francisco Fernández, respecto de la producción frutícola del inmueble Regístrese y notifíquese. Fdo.
Dra. María del Carmen García -Juez FederalGral. Roca, 20 de septiembre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provicia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Ocial del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Trobbiani Demetrio Marcos s/Ejecución Fiscal Expte. 548/04, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Trobbiani Demetrio Marcos, L. C. N 07571302 , sobre los inmuebles identificados como: Lote 116 B, Colonia Lucinda, Superficie: 2 has 40 as 78 cas, inscripto al T
393 F 182 Finca 26.131 - Matrícula 03-1669, N.C. 03-1G-073-05; Parcela 03, Quinta 076, Colonia Lucinda, Superficie 1 has 89 as 86 cas 85 dm, N.C. 03-1-G-076-

BOLETIN OFICIAL N 4455
03, inscripto al T 458/797 F 140/104 Finca 29.321Matrícula 03-1673; Parcela 04, Quinta 073, Cipolletti, superficie 2 has 31 as 87 cas, N.C. 03-1-G-073-04, inscripto al T 393/458 F 183/140 Finca 26132Matrícula 03-1668, por la suma de Pesos Once mil ciento ochenta y ocho con diez centavos $ 11.188,10 con más la de Pesos Cinco mil quinientos noventa y cuatro $ 5.594,00. La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: neral Roca, 11 de septiembre de 2.006 Resuelvo: 1 Decretar el embargo de los derechos del demandado Demetrio Marcos Trobbiani, sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad hasta cubrir la suma de Pesos Once mil ciento ochenta y ocho con diez centavos $ 11.188,10
con más la de Pesos Cinco mil quinientos noventa y cuatro $ 5.594,00 presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas II Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado Demetrio Marcos Trobbiani, respecto de la producción frutícola del inmueble Regístrese y notifíquese. Fdo. Dra. María del Carmen García -Juez FederalGral. Roca, 19 de septiembre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo Dr. Alejandro Cabral y Vedia Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº Siete de la Cuarta Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento de funciones en Roca 599 de Cipolletti, cita y emplaza a Dietrich Peter Warkenting en autos: Meléndez, Roberto Antonio c/Lett Brígida Penélope s/Escrituración Expte. Nº 24.306-VII-04 para que dentro del plazo de cinco días se expida respecto a su asentimiento conyugal a los efectos de perfeccionar la venta realizada del inmueble cuya escrituración se persigue nomenclatura catastral 03-1-H-517-22-007 bajo apercibimiento de designársele Defensor de Ausentes.
Publíquese por Cinco 5 días en el Boletín Oficial y diario Río Negro. Cipolletti, 28 de Septiembre de 2.006.
Jorge A. Benatti, Prosecretario.
oOo El Juzgado de Familia y Sucesiones Nº 9, de la IIIra.
Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, a cargo de la Dra. Marcela Trillini, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Natalia De Rosa, con asiento en la ciudad de San Carlos de Bariloche, calle Angel Gallardo 1º piso, cita y emplaza por Treinta 30 días a herederos y acreedores de Carlos Christian Brogger, en autos:
Brogger Carlos Christian s/Sucesión Ab-Intestato Expte. Nº 0573-06. Publíquense edictos por tres días.
Secretaría, 04 de Septiembre de 2006. Dra. Natalia De Rosa, Secretaria.
oOo El Juzgado de Familia Nº 15, a cargo de la Dra. María Alicia Favot, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Patricia Cladera de Rey sito en calle Roca 599 de la ciudad de Cipolletti, cita y emplaza por el término de Treinta 30
días a herederos y acreedores del causante don Diego Bautista Esteban Castello, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en los autos caratulados:
Castello Diego Bautista s/Sucesión Expte. Nº 7817XV-06, debiendo acompañar la documentación que lo acredite. Publíquense edictos por tres días. Secretaría, 28 de Septiembre del 2006. Jorge A. Fernández, Prosecretario.
oOo La Dra. Susana Teresa Burgos, Juez Titular del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº III, Secretaría Unica, de la ciudad de General Roca R.N., cita, llama y emplaza por el término de Treinta 30 días a herederos y acreedores de Don Faustino Gallardo, L.E. Nº 7.310.840, en autos: Gallardo Faustino s/Sucesión Expte. Nº 37599-III-06. Publíquese por tres 3 días.
Secretaría, 3 de octubre de 2.006. Dra. Paula M. Chiesa, Secretaria Subrogante.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Per-

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sonal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Angel Martínez e Hijos S.H. y Otros s/
Ejecución Fiscal Expte. 304/05, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Angel Martínez Fuentes, L.E. N 3.435.358, sobre el Inmueble identificado Parc. 4a, ch. 002, con una Sup. de 12has-51as-75cas., inscripto al T 832 - F
73 - Finca 97261., por la suma de Pesos Ocho mil cuatrocientos ocho con doce centavos $ 8.408,12
con más la de Pesos Cuatro mil doscientos $ 4.200,00.
La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: //neral Roca, 26 de septiembre de 2.006
Resuelvo: I Decretar el embargo de los derechos del demandado Angel Martínez Fuentes, sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad hasta cubrir la suma de Pesos Ocho mil cuatrocientos ocho con doce centavos $ 8.408,12 con más la de Pesos Cuatro mil doscientos $ 4.200,00
presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas II Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado Angel Martínez Fuentes, respecto de la producción frutícola del inmueble Regístrese y notifíquese. Fdo. Dra.
María del Carmen García -Juez FederalGral. Roca, 03
de Octubre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Angel Martínez e Hijos S.H. s/Ejecución Fiscal Expte. 736/05, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Angel Martínez Fuentes, L.E. Nº 3.435.358, sobre el inmueble identificado: Parc. 4a, ch. 002, con una Sup.
de 12has-51as-75cas., inscripto al T 832 - F 73 - Finca 97261, por la suma de Pesos Cinco mil treinta y uno con noventa y dos centavos $ 5.031,92 con más la de Pesos Dos mil quinientos veinte $ 2.520,00. La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice:
neral Roca, 26 de septiembre de 2.006 Resuelvo: I
Decretar el embargo de los derechos del demandado Angel Martínez Fuentes, sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad
hasta cubrir la suma de Pesos Cinco mil treinta y uno con noventa y dos centavos $ 5.031,92 con más la de Pesos Dos mil quinientos veinte $ 2.520,00
presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas II Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado Angel Martínez Fuentes, respecto de la producción frutícola del inmueble Regístrese y notifíquese. Fdo. Dra.
María del Carmen García -Juez FederalGral. Roca, 03
de Octubre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Angel Martínez e Hijos S.H. y otros s/
Ejecución Fiscal Expte. 531/04, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Angel Martínez Fuentes, L.E. Nº 3.435.358, sobre el inmueble identificado: Parc. 4a, ch. 002, con una Sup. de 12has-51as-75cas., Inscripto al T 832 - F
73 - Finca 97261., por la suma de Pesos Seis mil sesenta y nueve con sesenta y cinco centavos $ 6.069,65
con más la de Pesos Tres mil treinta y cinco $ 3.035,00.
La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: //neral Roca, 26 de septiembre de 2.006
Resuelvo: I Decretar el embargo de los derechos del demandado Angel Martínez Fuentes, sobre la totalidad

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/10/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date17/10/2006

Page count26

Edition count1919

Première édition03/01/2002

Dernière édition11/07/2024

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