Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/10/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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El Dr. Alberto Guido Cariatore, Juez a cargo del Juzgado de Instrucción, Familia y Sucesiones, número veinte, Secretaría de Familia y Sucesiones, con asiento en la ciudad de Villa Regina, cita y emplaza por el término de Treinta 30 días a herederos y acreedores de Felipe Fidani en autos: Fidani Felipe s/Sucesión Expte.
0944-J.F.20-06. Publíquense edictos en el Boletín Oficial por Tres 3 días. Villa Regina, 19 de Septiembre de 2.006. Claudia E. Vesprini, Secretaria.
oOo Dra. Susana T. Burgos, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº Tres de la Segunda Circunscripción Judicial de Río Negro con asiento en Avda. Roca 1047 de General Roca, Secretaría Unica hace saber que por autos: N.C.C. Construcciones S.R.L. s/Concruso Preventivo Expte. Nº 37553-JC 306, se tramita el concurso preventivo de NCC
Construcciones S.R.L., Cuit. 30-68962791-5 con domicilio en Juan B. Justo 66 de Villa Regina, Río Negro. Se ha fijado el 8 de Noviembre de 2006 la fecha hasta la cual los acreedores deberán verificar sus créditos ante el Síndico designado Dante E. Neira con domicilio constituido en Mitre 810, Piso 1º, Oficina 6/7
de General Roca, Río Negro. El informe del Art. 35 de la Ley 24522 deberá ser presentado el 27 de Diciembre de 2.006 y el del Art. 39 el 14 de Marzo de 2007. General Roca, 29 de Septiembre de 2.006. Dra. Paula M. Chiesa, Secretaria Subrogante.
oOo La Dra. María Alicia Favot, Juez Titular del Juzgado de Familia Nº 15, con asiento en la ciudad de Cipolletti, sito en calle Roca 599, Secretaría Unica, hace saber en los autos caratulados: Briones Víctor Fabián s/
Sucesión Expte. Nº 8055-XV-06, cita por Treinta días a herederos y acreedores de don Víctor Fabián Briones para que comparezcan en autos a hacer valer sus derechos, acompañando documentación que lo acredite. Publíquese por tres 3 días. Secretaría, 24 de Septiembre de 2.006. Jorge A. Fernández, Prosecretario.
oOo La Dra. María Alicia Favot, titular del Juzgado Letrado Nº 15 de Familia y Sucesiones de la Cuarta Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento de funciones en calle Roca 599 de la ciudad de Cipolletti, Secretaría Unica a mi cargo, en el que se tramitan los autos caratulados: Safenreiter, Esther Catalina s/Sucesión Expte. Nº 7949-XV-06, cita por treinta 30 días a herederos y acreedores de Esther Catalina Safenreiter. Publíquese por tres 3 días.
Secretaría, 28 de Agosto de 2.006. Jorge A. Fernández, Prosecretario.
oOo La Dra. Marcela Trillini, Juez titular del Juzgado de Familia y Sucesiones Nº 9, Secretaría Unica con asiento en Avda. Angel Gallardo 1291, Piso 1, de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro cita y emplaza a herederos y acreedores de Don Esio Paillalef L.E.
7.383.667 en autos caratulados: Paillalef Esio s/
Sucesión Ab Intestato Expte. 00326/06. San Carlos de Bariloche, 18 de Septiembre de 2.006. Dra. Natalia De Rosa, Secretaria.
oOo Dra. Marcela Trillini, Juez a cargo del Juzgado de Familia y Sucesiones Nº 9 de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Natalia De Rosa, sita en A. Gallardo 1291, 1º Piso, en autos: Speranza Ernesto Cayetano s/
Sucesión Ab Intestato Expte. 00572/06, cita y emplaza por treinta 30 días a herederos y acreedores de Ernesto Cayetano Speranza. San Carlos de Bariloche, Septiembre de 2.006. Dra. Natalia De Rosa, Secretaria.
oOo La Sra. Juez de Primera Instancia en Familia y Sucesiones, Dra. Sandra E. Filipuzzi de Vázquez, titular del Juzgado Nº 5 con asiento en esta ciudad de Viedma,
BOLETIN OFICIAL N 4455
cita, llama y emplaza a los herederos y acreedores de Oscar Vicente Menvielle para que se presenten a hacer valer sus derechos en el término de Treinta 30 días en los autos caratulados: Menvielle Oscar Vicente s/
Sucesión Expte. 0791/06, Secretaría Unica a cargo de la Dra. María Gabriela Tamarit. Publíquese por Tres 3 días. Viedma, 28 de Septiembre de 2.006. María Gabriela Tamarit, Secretaria.
oOo El Dr. Víctor Darío Soto, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 31, Secretaría Civil a cargo de la Dra. Paola Santarelli, con asiento de sus funciones en Choele Choel, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por Esparza, Osvaldo Héctor, para que dentro del plazo de treinta 30 días lo acrediten en autos: Esparza, Osvaldo Héctor s/Sucesión Expte.
Nº 11.129/06. Publíquese edictos por tres días. Choele Choel, 20 de Marzo de 2.006. Fdo.: Guillermo Moyano, Juez Subrogante. Dra. Paola Santarelli, Secretaria.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Saint Martín S.A. s/Ejecución Fiscal Expte. 156/05, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Fun Lemu S.A.
ex Saint Martín S.A., sobre el inmueble especificado como: Parcela 11A - Chacra 146 de General Roca, Superficie 02has., 50as, 00cas, 56dm, N.C.05-1-G-00211A, Tomo 682 - Folio 51, Finca 15.115, Matrícula 0512684, por la suma de Pesos Catorce mil setecientos cincuenta y dos con cincuenta y tres centavos $
14.752,53 con mas la de Pesos Siete mil trescientos setenta $ 7.370,00 La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: //neral Roca, 5 de septiembre de 2006 Resuelvo: I Decretar el embargo de los derechos del demandado Fun Lemu S.A. ex Saint Martín S.A., sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad hasta cubrir la suma de Pesos Catorce mil setecientos cincuenta y dos con cincuenta y tres centavos $ 14.752,53 con mas la de Pesos Siete mil trescientos setenta $ 7.370,00
presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas II Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado Fun Lemu S.A. ex Saint Martín S.A., respecto de la producción frutícola del inmueble indicado Regístrese y Notifíquese. Fdo María del Carmen García -Juez FederalGeneral Roca, 14 de septiembre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Ottonello Jorge s/Ejecución Fiscal Expte. 351/06, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Jorge Ottonello, C.U.I.T. N 20-16816843-9, sobre el inmueble identificado: Chacra 113, de la localidad de Allen, T
916, F 25, Finca 28018, Matrícula 04-5607, N.C.: 04-1M-004-03., por la suma de Pesos Tres mil cuatrocientos setenta con cuarenta y dos centavos $ 3470,42 con más la de Pesos Un mil setecientos treinta $ 1730,00.
La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: //neral Roca, 12 de septiembre de 2.006
Resuelvo: I Decretar el embargo de los derechos del demandado Jorge Ottonello, sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad
hasta cubrir la suma de Pesos Tres mil cuatrocientos setenta con cuarenta y dos centavos $ 3470,42 con más la de Pesos Un mil setecientos treinta $ 1730,00
presupuestados en forma provisoria para responder a
Viedma, 16 de Octubre del 2006
intereses y costas II Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado Jorge Ottonello, respecto de la producción frutícola del inmueble Regístrese y notifíquese. Fdo. Dra. María del Carmen García -Juez FederalGral. Roca, 22 de septiembre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Valle Medio S.A. s/Ejecución Fiscal Expte. 655/05, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Valle Medio S.A., C.U.I.T. N 30-59183734-2, sobre el inmueble identificado: Chacra 2, Sección IX, Lote 1, N.C.: 07-2D-009-01, inscripto al Tº 817; Fº 130; Finca 78905, con una superficie de 23 has., 18 as., 58 cas., ubicado en la localidad de Lamarque, Provincia de Río Negro, por la suma de Pesos Cincuenta y dos mil catorce con ochenta y seis centavos $ 52014,86 con más la de Pesos Veintiseis mil $ 26.000,00. La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: //neral Roca, 8 de septiembre de 2.006 Resuelvo: I Decretar el embargo de los derechos del demandado Valle Medio S.A., sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad hasta cubrir la suma de Pesos Cincuenta y dos mil catorce con ochenta y seis centavos $ 52.014,86 con más la de Pesos Veintiseis mil $ 26.000 presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas II Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado Valle Medio S.A., respecto de la producción frutícola del inmueble Regístrese y notifíquese. Gral. Roca, 22 de septiembre de 2006.
Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Saint Martín S.A. S/Ejecución Fiscal Expte. 131/05; se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Fun Lemu S.A.
ex Saint Martín S.A. , sobre el inmueble identificado como: Parcela 11A, Chacra 146, General Roca Superficie:
02 has, 50as, 00cas. NC. 05-1-G-002-11A.Tomo 682;
Folio 51; Finca 15.115. Matrícula 05-12684, por la suma de Pesos Once mil doscientos cincuenta y seis con setenta y cinco centavos 11256,75.1. con más la de Pesos Cinco mil seiscientos $ 5600,00. La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: //neral Roca, 6 de septiembre de 2.006 Resuelvo: I Decretar el embargo de los derechos del demandado Fun Lemu S.A.
ex Saint Martín S.A., sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad
hasta cubrir la suma de Pesos Once mil doscientos cincuenta y seis con setenta y cinco centavos $
11.256,75 con más la de Pesos Cinco mil seiscientos $ 5.600 presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas II Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado Fun Lemu S.A. ex Saint Martín S.A., respecto de la producción fruticola del inmueble Regístrese y notifíquese. Fdo. Dra. María del Carmen García -Juez FederalGral. Roca, 15 de septiembre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Valle Frut S.A. s/Ejecución Fiscal Expte.
729/05 ha trabado embargo y decretado la prohibición

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 17/10/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date17/10/2006

Page count26

Edition count1917

Première édition03/01/2002

Dernière édition04/07/2024

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