Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/10/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Ocho mil $ 8000,00 presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas II
Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado Valle Frut S.A., respecto de la producción frutícola del inmueble Regístrese y Notifíquese. Fdo. Dra. María del Carmen García -Juez FederalGral. Roca, 22 de septiembre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Valle Medio S.A. S/Ejecución Fiscal Expte. 376/06, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Valle Medio S.A., C.U.I.T. N 30-59183734-2, sobre el inmueble identificado: Chacra 2; Sección IX; Lote 1, N.C. 07-2-D009-01, inscripto al T 817; F 130; Finca 78905, con una superficie de 23 has., 18 as., 58 cas., ubicado en la localidad de Lamarque, Provincia de Río Negro, por la suma de Pesos Cuarenta y cinco mil trescientos setenta y siete con veintiseis centavos $ 45377,26 con más la de Pesos Veintidos mil seiscientos setenta $
22670,00. La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: //neral Roca, 12 de septiembre de 2.006 Resuelvo: I Decretar el embargo de los derechos del demandado Valle Medio S.A., sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad hasta cubrir la suma de Pesos Cuarenta y cinco mil trescientos setenta y siete con veintiseis centavos $ 45377,26 con más la de Pesos Veintidos mil seiscientos setenta $ 22670,00 presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas II Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado Valle Medio S.A., respecto de la producción frutícola del inmueble
Regístrese y notifíquese. Fdo. Dra. María del Carmen García -Juez Federal-. Gral. Roca,22de septiembre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia dé Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina, OSPRERA c/Italagro S.A. s/Ejecución Fiscal Expte.
411/06, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Italagro S:A., C.U.I.T. Nº 30-64529503-6, sobre el inmueble identificado: Chacra 06 pte 7 y 4 Chimpay, T 932, F
142, Finca 78134, matrícula 08-426. N.C. 08-2-F-008-08.
Sup.: 193.394,61 mts, por la suma de Pesos Trece mil trescientos veintiseis con noventa y siete centavos $
13.326,97 con más la de Pesos Seis mil seiscientos sesenta $ 6660,00. La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: //neral Roca, 22 de septiembre de 2.006 Resuelvo: I Decretar el embargo de los derechos del demandado Italagro S.A., sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad hasta cubrir la suma de Pesos Trece mil trescientos veintiseis con noventa y siete centavos $ 13.326,97 con más la de Pesos Seis mil seiscientos sesenta $ 6.660,00. La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: //neral Roca, 22 de septiembre de 2.006 Resuelvo: I Decretar el embargo de los derechos del demandado Italagro S.A., sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad hasta cubrir la suma de Pesos Trece mil trescientos veintiseis con noventa y siete centavos $ 13.326, 97 con más la de Pesos Seis mil seiscientos sesenta $ 6.660,00 presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas II Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado Italagro S.A., respecto de la producción frutícola del inmueble Regístrese y notifíquese. Fdo.

BOLETIN OFICIAL N 4454
Dra. María del Carmen García -Juez FederalGral. Roca, 27 de septiembre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Bilo Antonio s/Ejecución Fiscal Expte.
740/05, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Bilo Antonio;
C.U.I.T. N 20-07560701-7, sobre los inmuebles identificados: 1 Allen, Lote 17A, Quinta 057, Superficie 7.760 M. Porcion Indivisa. Tomo 721, Folio 77, Finca 140.905.- 2 Lote B-1, Chacra 098, de Allen, inscripta al tomo 748, Folio 14, Finca 90978. Matrícula Nº 04-5532, N.C. 04-1-L-002-04. Superficie: 31has., 50as. Titular de 1/1.- 3 Lote 1, constituido por el lote 2 y Pte. Lotes 3 y 4, de Allen, inscripta al Tomo 716, Folio 17, Finca 10125.
Matrícula Nº 04-5299, N.C. 04-1H-009-16. Superficie:
10has. Titular de 1/2 Indiviso.- 4 Lote 1, Chacra 14, General Fernández Oro, inscripta al Tomo 727, Folio 238, Finca 128756. Matrícula Nº 03-15512, N.C. 03-2-E004-02. Superficie: 16has, 67as, 24cas, 86dms. Titular de 1/2 Indiviso. 5 Parcela 04A, Chacra 004, Fernández Oro, Matrícula Nº 03-15514 N.C. 03-2-E-004-04A.
Superficie 15has, 00as, 64dms. Titular de 1/1.- 6 Parcela 1, Lote 1, Fernández Oro, Matrícula Nº 03-15434, N.C.
03-2-D-005-01. Superficie 15has, titular de 1/1.- 7
Parcela 04B, Chacra 004, Fernández Oro, Matrícula Nº 03-15515, N.C. 03-2-E-004-04B. Superficie 1ha, 67as, 04cas, 95dms. Titular de 1/1., por la suma de Pesos Noventa mil veintiseis con diez centavos $ 90026,10
con más la de Pesos Cuarenta y cinco mil $ 45000,00.
La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: neral Roca, 14 de septiembre de 2.006
Resuelvo: I Decretar el embargo de los derechos del demandado Antonio Bilo, sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad
hasta cubrir la suma de Pesos Noventa mil veintiseis con diez centavos $ 90.026,10 con más la de Pesos Cuarenta y cinco mil $ 45.000,00 presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas
II Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado Antonio Bilo, respecto de la producción frutícola del inmueble Regístrese y notifíquese. Fdo. Dra. María del Carmen García -Juez FederalGral. Roca, 19 de septiembre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Baleani José s/Ejecución Fiscal Expte.
463/05, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado José Baleani, C.U.I.T. N 20-93284594-7, sobre el inmueble identificado: Parcela 2B, Chacra 001, General Enrique Godoy. Superficie: 22has, 61as, 67cas, 22dms. N.C.:
05-5-D-001-02B. Tomo 572. Folio 9. Finca 78.022.
Matrícula 05-21327., por la suma de Pesos Ocho mil doscientos tres con un centavos $ 8.203,01 con más la de Pesos Cuatro mil doscientos $ 4.200,00. La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice:
//neral Roca, 14 de septiembre de 2.006 Resuelvo: I
Decretar el embargo de los derechos del demandado José Baleani, sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad hasta cubrir la suma de Pesos Ocho mil doscientos tres con un centavos $ 8.203,01 con más la de Pesos Cuatro mil doscientos $ 4.200,00 presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas II
Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado José Baleani, respecto de la producción frutícola del inmueble Regístrese y
Viedma, 12 de Octubre del 2006
notifíquese. Fdo. Dra. María del Carmen García -Juez FederalGral. Roca, 19 de septiembre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Baleani José s/Ejecución Fiscal Expte.
422/06, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado José Baleani, C.U.I.T. N 20-93284594-7, sobre el inmueble identificado: Parcela 2B, Chacra 001, General Enrique Godoy. Superficie: 22has, 61as, 67cas, 22dms. N.C.:
05-5-D-001-02B. Tomo 572. Folio 9. Finca 78.022.
Matrícula 05-21327., por la suma de Pesos Quince mil trescientos ochenta y tres con setenta y seis centavos $ 15.383,76 con más la de Pesos Siete mil setecientos $ 7.700,00. La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: //neral Roca, 14 de septiembre de 2.006 Resuelvo: IV Decretar el embargo de los derechos del demandado José Baleani, sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad hasta cubrir la suma de Pesos Quince mil trescientos ochenta y tres con setenta y seis centavos $ 15383,76 con más la de Pesos Siete mil setecientos $ 7.700,00 presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas V
Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado José Baleani, respecto de la producción frutícola del inmueble Regístrese y notifíquese Fdo. Dra. María del Carmen García -Juez FederalGral. Roca, 19 de septiembre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Baleani José s/Ejecución Fiscal Expte.
367/05, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado José Baleani, C.U.I.T. N 20-93284594-7, sobre el inmueble identificado: Parcela 2B, Chacra 001, General Enrique Godoy. Superficie: 22has, 61as, 67cas, 22dms. N.C.:
05-5-D-001-02B. Tomo 572. Folio 9. Finca 78.022.
Matrícula 05-21327 por la suma de Pesos Trece mil quinientos treinta y siete con sesenta y ocho centavos $ 13.537,68 con más la de Pesos Seis mil setecientos setenta $ 6.770,00. La providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: neral Roca, 14 de septiembre de 2.006 Resuelvo: 1 Decretar el embargo de los derechos del demandado José Baleani, sobre la totalidad de la producción frutícola del predio rural de su propiedad hasta cubrir la suma de Pesos Trece mil quinientos treinta y siete con sesenta y ocho centavos $ 13.537,68 con más la de Pesos Seis mil setecientos setenta $ 6.770,00 presupuestados en forma provisoria para responder a intereses y costas
II Decretar la prohibición de contratar a cualquier título contra el demandado José Baleani, respecto de la producción frutícola del inmueble Regístrese y notifíquese. Fdo. Dra. María del Carmen García -Juez FederalGral. Roca, 19 de septiembre de 2006. Micaela Mercedes Mantegna, Secretaria Federal.
oOo El Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca, Provincia de Río Negro, sito en España y San Martín, comunica que en autos: Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina OSPRERA c/Ottonello Jorge Daniel s/Ejecución Fiscal Expte. 557/04, se ha trabado embargo y decretado la prohibición de contratar a cualquier título respecto de la producción frutícola del demandado Ottonello Jorge Daniel, D.N.I. N 16816843, sobre el inmueble

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/10/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date12/10/2006

Page count42

Edition count1920

Première édition03/01/2002

Dernière édition15/07/2024

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