Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/07/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 3 de Julio del 2006
REBAY ARRIAGA Martín Ezequiel, DNI N 29.898.296, CUIL N 20-29898296-0, a partir del 1 de Abril y hasta el 31 de Diciembre de 2006, el que como Anexo II forma parte del presente Decreto.Art. 2. Reconocer los servicios prestados por el Señor REBAY ARRIAGA Martín Ezequiel a partir del 1 de Abril y hasta la firma del presente Decreto.Art. 3.- Establecer como remuneración mensual del contratado, el equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo de la Ley N 1844
Jurisdicción 15, Programa 01.00.00.02, Recurso 10, Rentas Generales, formando parte del presente como Anexo I el costeo ajustado a la misma para el período de la presente contratación, afectándolo a los créditos del Programa Presupuestario.Art. 4.- Facultar al Servicio de Contabilidad competente a efectuar los reajustes correspondientes de acuerdo a los incrementos salariales que con carácter general disponga el Gobierno de la Provincia de Río Negro, para el personal del Agrupamiento citado.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. I. Lázzeri.
ANEXO I
AL DECRETO N 608
Personal Temporario Partidas Período 01-04-06
Sr. Rebay Arriaga Martín Ezequiel Al 31-12-06
Retribución Del Cargo 121
$ 4.057,53
Sueldo Anual Complementario 123
$ 338,13
Contrib. Patron. Jubilación 124
$ 447,04
Contrib. Obra Social 125
$ 241,76
Complementos 126
$ 3.989,34
Contrib. P/Otras O. Sociales 127
$ 98,46
Comisiones Bancarias 355
$ 38,03

Total $ 9.210,29

CONTRATO
DE LOCACION DE SERVICIOS
Entre la Secretaría General de la Gobernación, representado en este acto por el Señor Francisco Javier GONZALEZ, DNI N 17.284.315, CUIL N 20-172843159, con domicilio legal en calle Laprida N 212 de la Ciudad de Viedma, en adelante EL CONTRATANTE, por una parte y el Señor REBAY ARRIAGA Martín Ezequiel, DNI N 29.898.296, CUIL N 20-29898296-0, con domicilio en calle Río Grande N 1.791, de la Ciudad de Viedma, en adelante EL CONTRATADO, por la otra parte se conviene celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATANTE encomienda a EL
CONTRATADO desempeñar funciones en la Secretaria Privada del Señor Gobernador.SEGUNDA: EL CONTRATADO percibirá como retribución de sus servicios el equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón de la Ley N 1844, de acuerdo a los montos establecidos por la Ley de remuneración en vigencia, previa certificación de sus servicios mensuales, percibiendo además las asignaciones de Sueldo Anual Complementario, Viáticos y toda otra compensación que hubiere, inclusive aumento de asignaciones y otros beneficios existentes o que se otorguen en carácter general a los agentes de Planta Permanente. Como así también a lo establecido en la Ley N 3487.TERCERA: EL CONTRATADO prestará servicios en el horario, forma y lugar que establezca EL
CONTRATANTE.
CUARTA: EL CONTRATADO tiene derecho a las licencias instituidas en el capítulo IX de la Ley N 3487
en cuanto al Personal no permanente.

BOLETIN OFICIAL N 4425
QUINTA: La retribución de EL CONTRATADO
estará sujeta a los descuentos previsionales establecidos por las Leyes Previsionales vigentes y cargas sociales establecidas por la Ley Nº 753 del I.PRO.S.S. y sus modificatorias.SEXTA: EL CONTRATADO queda sometido a las disposiciones de la Ley N 3487 y supletoriamente a la Ley N 1844, comprometiéndose a su fiel cumplimiento y no tendrá derecho a la estabilidad y a la Carrera Administrativa que consagra el Estatuto en vigencia.
Asimismo, serán de aplicación las disposiciones de dicho instrumento legal en cuanto corresponda a deberes y obligaciones que debe observar en su condición de agente de este Organismo. EL
CONTRATADO queda sometido a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca EL CONTRATANTE, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.SEPTIMA: Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente, en cualquier momento sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial. La rescisión se operará de pleno derecho con la comunicación fehaciente con treinta 30 días de anticipación.OCTAVA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del 1 de Abril y hasta el 31 de Diciembre de 2006, pudiendo ser prorrogado de acuerdo a lo que establezcan las normas legales que se dicten al respecto y con el simple acuerdo de las partes.
NOVENA: Para todos los efectos emergentes de este Contrato las partes constituyen domicilio en los indicados ut-supra, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la Ciudad de Viedma, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro a los 20
días del mes de Junio del año 2006.oOo
DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 581.- 15-06-06.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS DIEZ MIL
$ 10.000,00 que será abonado en dos 02 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS
CINCO MIL $ 5.000,00 cada una, a favor de la organización denominada Asociación Evangélica Misionera de Poder de la localidad de Catriel CUIT
N 30-69890448-4, con destino a regularizar la deuda que mantienen por la compra del inmueble que ocupan. El monto total asignado deberá ser girado a la orden del Presidente de la organización denominada Asociación Evangélica Misionera de Poder de la localidad de Catriel Señor CERDA, Eulogio Hipólito CUIL N 20-20717269-4, siendo responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N 194/76. Expte. Nº 17720-SDS06.DECRETO Nº 582.- 15-06-06.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS TREINTA
Y OCHO MIL $ 38.000,00, a favor de la Asociación Círculo Italiano de Villa Regina Personería Jurídica otorgada por Decreto Nacional N 18022/
49, inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Río Negro bajo el N 049 de la ciudad de Villa Regina, destinado a solventar los gastos que demanden las obras de reparación en el sector de sanitarios. El monto total asignado deberá ser girado, a la orden del Presidente de la Asociación Círculo Italiano de Villa Regina Señor Luis CASSANI C.U.I.L. N 20-93739683-0 y/o la Tesorera Señora María Luciana ZUBELDIA C.U.I.L.
N 27-28208019-8, quienes serán responsables de la administración y oportuna rendición de cuentas conforme lo establecido por el Decreto N 194/76.
Expte. Nº 013811-G-06.-

5
DECRETO Nº 583.- 15-06-06.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS
DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS
SEIS CON 66/100 $ 229.506,66 a favor de la Asociación Civil denominada Club Andino Piltriquitrón C.U.I.T N 30-67296415-2 de la localidad de El Bolsón, Personería Jurídica otorgada por Decreto Provincial N 66 de fecha 31 de Enero del año 1968, destinado a la cancelación del saldo adeudado a la firma Barthollet Metalbau AG, en concepto de la Aerosilla Doble adquirida para ser instalada en el Cerro Perito Moreno y para afrontar los gastos que demandará el montaje pesado de la misma. La rendición de los gastos, estarán a cargo del Presidente de la Asociación Civil denominada:
Club Andino Piltriquitrón, Don José Luis CALVIÑO
D.N.I. N 13.537.561, del Tesorero, Doctor Gerardo Fabián RUDOLPH D.N.I. N 20.123.007 y/o del Pro-Tesorero, Don Héctor Horacio MACAZAGA
D.N.I. N 11.819.112, y/o quiénes eventualmente los reemplacen, conforme a lo establecido por el Decreto N 194/76. Expte. Nº 125.349T-06.DECRETO Nº 588.- 15-06-06.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS
CINCUENTA MIL $ 50.000,00, a favor de la Municipalidad de Mainqué, destinado a atender el desequilibrio financiero de dicha Municipalidad. El monto total acordado deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de Mainqué - CUIT N 3065072808/0, Señor Presidente del Concejo Municipal Dn. Miguel Ángel PETRICIO, DNI N 12.775.790
y/o Señora a cargo de la Tesorería Municipal, Dña.
Mirta Edith CASTRO, DNI N 20.196.827, quienes serán responsables de su utilización. Expte. Nº 13718-G-06.DECRETO Nº 589.- 15-06-06.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS CIEN MIL
$ 100.000,00, a favor de la Municipalidad de Villa Regina, destinado a atender el desequilibrio financiero de dicha Municipalidad. El monto total acordado deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de Villa Regina Cuit. N 30-58628135/2, Señor Intendente Municipal Dn. Carlos Alberto PERALTA, D.N.I. N 11.845.974 y/o Señor Secretario de Gobierno, Dn. Carlos Antonio VAZZANA, D.N.I. Nº 14.178.080, quienes serán responsables de su utilización. Expte. Nº 13802-G06.DECRETO Nº 590.- 15-06-06.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS
CINCUENTA MIL $ 50.000,00, a favor de la Municipalidad de Villa Regina, destinado a atender el desequilibrio financiero de dicha Municipalidad. El monto total acordado deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de Villa Regina - Cuit. N 3058628135/2, Señor Intendente Municipal Dn. Carlos Alberto PERALTA, D.N.I. N 11.845.974 y/o Señor Secretario de Gobierno, Dn. Carlos Antonio VAZZANA, D.N.I. Nº 14.178.080, quienes serán responsables de su utilización. Expte. Nº 13640-G06.DECRETO Nº 591.- 15-06-06.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS CIENTO
CINCUENTA MIL $ 150.000,00, a favor de la Municipalidad de Ministro Ramos Mexía, destinado a atender el desequilibrio financiero de dicha Municipalidad. El monto total acordado deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de Ministro Ramos Mexía - Cuit N 30-67285633/3, Señor Intendente Municipal Dn. Angel Gervasio ANTENAO, DNI N 10.286.784 y/o Señor Secretario de Gobierno y Hacienda, Dn. Patricio Lorenzo COLIL, DNI N 10.516.585, quienes serán responsables de su utilización. Expte. Nº 13639-G06.DECRETO Nº 595.- 22-06-06.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS DIEZ MIL
$ 10.000,00, a favor de la fundación denominada

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/07/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date03/07/2006

Page count18

Edition count1920

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Dernière édition15/07/2024

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