Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/06/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

BOLETIN OFICIAL N 4419

Viedma, 12 de Junio del 2006

El listado de preadjudicatarios ha sido presentado por la Entidad intermedia dando cumplimiento a las reglamentaciones vigentes para la adjudicación de viviendas.
El presente listado no otorga derecho a la adjudicación, atento que el mismo se encuentra sujeto a modificaciones fundadas en impugnaciones y/o solicitudes de reconsideración.
Orden 01
02

Legajo Apellido y Nombre 1024 BARALES, Sandra Noemí
BIGURRARENA, Luis Alejandro
1025 LARREGOITY, Aldo Julio
CHAVEZ, Lorena del Pilar

T. Nº Doc.
DNI 17.738.880
DNI 18.193.003
DNI 22.534.989
DNI 26.699.434

CONVENIO CONSEJO PROVINCIAL DEL DISCAPACITADO
VIVIENDAS A ENTREGAR: 1
En cumplimiento de la ley provincial n 2055, artículo 53 y lo dispuesto en la Resolución n 234/89 del Directorio del IPPV, se otorga la prioridad en la adjudicación de unidades habitacionales a los postulantes que poseen dentro de su grupo familiar, algún miembro con discapacidad fisica o mental y que se encuadre dentro de la mencionada ley.

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Los preadjudicatarios que ha continuación se detallan, surge del análisis efectuado por el Consejo del Discapacitado de la provincia de Río Negro, por ser el Organismo de aplicación de dicha ley y se encuadran dentro de los requisitos de ingresos mínimos solicitados por el IPPV.
Orden 01

Legajo Apellido y Nombre T. Nº Doc.
Puntaje 216 LLANQUILEO, José Luis DNI 27.492.518
70
YANEZ, Silvana Evangelina DNI 29.886.931

IMPUGNACIONES: A partir de la presente publicación queda abierto el periodo de impugnaciones por el término de cinco 5 días hábiles, por lo tanto quienes consideren necesario impugnar, lo harán por nota dirigida al señor interventor del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda Dr. Vicente Jose Pili, Winter y Murillo de la ciudad de Viedma y/o a la agencia de Villa Regina debidamente firmada, con aclaración de firma, número de documento y domicilio.
NOTA: Las impugnaciones referentes a la posesión de inmuebles, deberán ser concretas y con la identificación de datos catastrales y/o domicilio donde se encuentra el bien denunciado. Sobre las impugnaciones referentes a modificación y/o disolución del grupo familiar deberá detallarse la circunstancia invocada.
En ambos casos de no contar con la información como se solicita, el Organismo se reserva el derecho de desestimarlas.

oOo
EDICTOS

El Dr. Pablo Iribarren, por Subrogancia Legal, a cargo del Juzgado de Instrucción Nº 10 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría del Dr. Maximiliano Camarda, cita y emplaza por el término de Cinco 5 días a Walter Danilo Solis, alias no posee, argentino, DNI. 32.544.102, jornalero, instruido, con último domicilio conocido en calle Colombia Nº 74, de General Roca, a fin de recepcionársele declaración indagatoria en los autos Nº 34.525/05 caratulados:
Muñoz, Manuel s/Dcia. Daño y Amenazas, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su inmediata captura. Fdo.: Dr. Pablo Iribarren, Juez de Instrucción, por Subrogancia Legal. Publíquese por Cinco 5 días. Secretaría, 19 de Mayo de 2.006. Dr.
Maximiliano O. Camarda, Secretario.
oOo El Sr. Juez de Instrucción N 2 de la ciudad de Viedma, Dr. Carlos Reussi, hace saber a Gustavo José Bernado Juárez se ha resuelto su situación procesal, en autos caratulados: Juárez Gustavo S/ Lesiones Culposas Expte. 3.836/84-FDF, dictándose la siguiente Resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 22 de Mayo de 2006.- Autos y Vistos Considerando
Resuelvo: 1 Dictar el sobreseimiento total en la presente causa respecto de Gustavo José Bernado Juárez, en orden al hecho que se le atribuía, por las consideraciones expuestas y a tenor de lo dispuesto por el art. 307 inc. 4 del C.P.P. y art. 59 inc 3 y 62 inc. 2
del C.P.- Fdo. Carlos Reussi - Juez.- Dr. Marcelo Chironi, Secretario.oOo El Dr. Carlos Reussi, titular del Juzgado de Instrucción Nº Dos de Viedma, notifica a Oscar Fernando Zalazar, de la resolución recaída en la causa nº 38816/06 DAN caratulada: Zalazar Oscar s/
Violación de Domicilio y Daño, la que transcripta en su parte pertinente dice: Viedma, 22 de Mayo de 2.006.Autos y Vistos Resuelvo: 1 Sobreseer Totalmente en la presente causa a Oscar Fernando Zalazar, de condiciones personales ya relacionadas, en orden al hecho que se le endilgaba, tipificado como Daño Art. 183 del C. Penal y Art. 307, inc. 1ero. segundo supuesto del C.P.P. , declarando que la iniciación del presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado los nombrados. Carlos Reussi Juez. Dr. Guillermo Bustamante, Secretario.-

El Sr. Juez de Instrucción Nº 2 de la ciudad de Viedma, Dr. Carlos Reussi, hace saber a Juan Antonio Lobo se ha resuelto su situación procesal, en autos caratulados:
Cría. 1ra. s/Inv. Robo Expte. 11.300/88-FDF, dictándose la siguiente Resolución que en su aprte pertinente dice: Viedma, 7 de Septiembre de 1989. Autos y Vistos Considerando Resuelvo: I Dictar el Sobreseimiento en la presente causa a favor de Juan Antonio Lobo en relación al hecho que se le endilgaba CPP, 198 305 y 307. Fdo.: Dr. Juan Ramón Peralta, Juez. Dr. Marcelo Chironi, Secretario.
oOo El Sr. Juez de Instrucción Nº 2 de la ciudad de Viedma, Dr. Carlos Reussi, hace saber a Gumersindo Omar Flores se ha resuelto su situación procesal, en autos caratulados: Flores Omar Gumersindo s/Hurto Expte.
11.413/89-FDF, dictándose la siguiente Resolución que en su aprte pertinente dice: Viedma, 27 de Abril de 1989. Autos y Vistos Considerando Resuelvo:
I Sobreseer totalmente en la presente causa a Gumersindo Omar Flores en orden al delito que se le endilgaba CPP, art. 305 y 307 inc. 1º.- II Declarar que la iniciación del presente proceso, no afecta su buen nombre y honor.- III Fdo.: Dr. Juan Ramón Peralta, Juez. Dr. Marcelo Chironi, Secretario.
oOo La Dra. Sandra E. Filipuzzi de Vázquez, Juez a cargo del Juzgado de Familia y Sucesiones N 5 de Viedma, Secretaría a cargo de la Dra. María Gabriela Tamarit, cita, llama y emplaza a herederos y acreedores de Ida Velasco, para que se presenten, en el término de 30
días, a hacer valer sus derechos, en autos Velasco Ida s/Sucesión, Expte. N 0288/06.- Publíquese por tres días.- Secretaría, 19 de mayo de 2006.- Rosana Calvetti, Secretaria.oOo El Sr. Juez de Instrucción N 2 de la ciudad de Viedma, Dr. Carlos Reussi, hace saber a Jaime Potas se ha resuelto su situación procesal, en autos caratulados:
Rial, Juan Domingo y Otros s/Inf. Ley Provincial 806
Expte. 7.213/86-FDF, dictándose la siguiente Resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 8 de Septiembre de 1992.- Autos y Vistos Considerando
Resuelvo: 1 Sobreseer Totalmente esta causa en favor de Raúl Jaime Potas ya filiados, por prescripción de la acción penal art. 62 inc. 2 del C.P. y art. 304 inc. 4
del C.P.P.- Fdo. Dr. Pablo Estrabou - Juez.- Marcelo Chironi, Secretario.oOo El Sr. Juez de Instrucción N 2 de la ciudad de Viedma, Dr. Carlos Reussi, hace saber a Horacio Esteban Flores se ha resuelto su situación procesal, en autos caratulados: Pueblas Irma s/Dcia. Expte. N 14.152/
90-FDF, dictándose la siguiente Resolución que en su
parte pertinente dice: Viedma, 26 de Mayo de 2006.Autos y Vistos Considerando Resuelvo: 1 Dictar el Sobreseimiento Total en la presente causa respecto de Horacio Esteban Flores, en orden al hecho que se les atribuía, por las consideraciones expuestas y a tenor de lo dispuesto por el art. 59 inc. 3 y 62 inc. 2 del C.P. e inc. 4 del art. 307 del C.P.P.- Fdo. Carlos Reussi - Juez.Marcelo Chironi, Secretario.oOo El Sr. Juez de Instrucción N 2 de la ciudad de Viedma, Dr. Carlos Reussi, hace saber a Alejandro Javier Carrizo se ha resuelto su situación procesal, en autos caratulados: Carrizo Alejandro Javier s/Hurto Expte.
N 11.604/89-FDF, dictándose la siguiente Resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 26 de Mayo de 2006.- Autos y Vistos Considerando Resuelvo:
1 Dictar el Sobreseimiento Total en la presente causa, en favor de Alejandro Javier Carrizo, en orden al hecho que se le endilgaba en la presente, tipificado por el art.
162 del C.P. y calificado como Hurto, por las consideraciones expuestas y por aplicación de los Arts.
59 inc. 3 y 62 inc. 2 del C.P. y el art. 307 inc. 4 del C.P.P.- Fdo. Carlos Reussi - Juez.-Marcelo Chironi, Secretario.oOo El Sr. Juez de Instrucción N 2 de la ciudad de Viedma, Dr. Carlos Reussi, hace saber a Juan Pedro Chandia se ha resuelto su situación procesal, en autos caratulados:
Falcone Florencio s/Dcia. Daño Expte. 10.786/88FDF, dictándose la siguiente Resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 26 de Mayo de 2006.Autos y Vistos Considerando Resuelvo: 1 Dictar el sobreseimiento total en la presente causa respecto de Juan Pedro Chandia, en orden al hecho que se le atribuía, tipificado en el art. 183 del C.P. y calificado como Daño, por las consideraciones expuestas y a tenor de lo dispuesto por el art. 59 inc. 3 y 62 inc. 2 del CP e inc. 4 del art. 307 del C.P.P.- Fdo. Carlos Reussi - Juez.Marcelo Chironi, Secretario.oOo El Sr. Juez de Instrucción N 2 de la ciudad de Viedma, Dr. Carlos Reussi, hace saber a Juan Carlos González se ha resuelto su situación procesal, en autos caratulados: Pil Nirma s/Denuncia Presunta Infracción Art. 172 del C.P. Expte. 13.951/90-FDF, dictándose la siguiente Resolución que en su parte pertinente dice:
Viedma, 5 de Julio de 1991.- Autos y Vistos
Considerando Resuelvo: 1 Sobreseer Definitivamente en la presente causa a Juan Carlos González, de condiciones personadas relacionadas al comienzo en orden al delito que se le endilgaba C.P.P.
art. 305 y 307 inc. 1. II Declarar que la iniciación de la presente causa no afecta el buen nombre y honor del que hubiere tenido el imputado.- Fdo. Dr. Pablo Estrabou - Juez.- Marcelo Chironi, Secretario.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/06/2006

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date12/06/2006

Page count36

Edition count1925

Première édition03/01/2002

Dernière édition01/08/2024

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