Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/06/2004

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

24

BOLETIN OFICIAL N 4207

NOMINA PREADJUDICATARIOS
VIVIENDAS

PLAN: 250 Viv. FO.NA.VI. Grupo B.LOCALIDAD: Genral Roca Adjudicatarios Viviendas de Cuatro Dormitorios Anguita, Ulises Esteban DNI. 26.218.485
Rocha, Sandra Verónica DNI. 27.378.199
Se informa que a partir de la presente publicación, queda abierto el período de impugnaciones durante diez días corridos. Quien considere necesario impugnar, lo harán por nota y duplicado dirigido al Interventor del I.P.P.V., invocando la causal que motiva dicha impugnación con aclaración de Apellido y Nombre Número de Documento y Domicilio.
María Enriqueta Mansilla, Control Habitacional, I.P.P.V.
oOo
SECCION JUDICIAL

EDICTOS

El Juzgado de Instrucción Nº 2 de Viedma, notifica a Eduardo Mario Canala, de la resolución recaída en autos, cuya parte pertinente dice: Viedma, 02 de Octubre de 2.003. Autos y Vistos Resuelvo: 1 Dictar el sobreseimiento de Eduardo Mario Canala, de condiciones personales referenciadas, por las consideraciones expuestas y en orden al hecho que se le endilgaba, calificado como Retención Indebida art. 173
inc. 2 del C.P. y 307 inc. 4 del C.P.P Fdo. Jorge Bustamante -JuezAnte Mí: Favio Martín Igoldi, Secretario.
oOo El Juzgado de Instrucción Nº 2 de Viedma, notifica a Hernán García, de la resolución recaída en autos, cuya parte pertinente dice: Viedma, 03 de Octubre de 2.003.
Autos y Vistos Resuelvo: 1 Dictar el sobreseimiento de Hernán García, de condiciones personales referenciadas, por las consideraciones expuestas y en orden al hecho que se le endilga, calificado como Amenazas art. 149 bis del C.P. y 307 inc. 4 del C.P.P
Fdo. Jorge Bustamante -JuezAnte Mí: Favio Martín Igoldi, Secretario.
oOo El Juzgado de Instrucción Nº 2 de Viedma, notifica a Alfredo Miguel, de la resolución recaída en autos, cuya parte pertinente dice: Viedma, 03 de Octubre de 2.003. Autos y Vistos Resuelvo: 1 Dictar el sobreseimiento de Alfredo Miguel, de condiciones personales referenciadas, por las consideraciones expuestas y en orden al hecho que se le endilga, calificado como Estafa art. 172 bis del C.P. y 307 inc. 4 del C.P.P Fdo. Jorge Bustamante -JuezAnte Mí: Favio Martín Igoldi, Secretario.
oOo El Juzgado de Instrucción Nº 2 de Viedma, notifica a Sandra Liliana Roche, de la resolución recaída en autos, cuya parte pertinente dice: Viedma, 03 de Octubre de 2.003. Autos y Vistos Resuelvo: 1 Dictar el sobreseimiento de Sandra Liliana Roche, de condiciones personales referenciadas, por las consideraciones expuestas y en orden al hecho que se le endilga, calificado como Daño art. 183 del C.P. y 307 inc. 4 del C.P.P
Fdo. Jorge Bustamante -JuezAnte Mí: Favio Martín Igoldi, Secretario.
oOo El Juzgado de Instrucción Nº 2 de Viedma, notifica a Nidia Valle Romero de González, de la resolución recaída en autos, cuya parte pertinente dice: Viedma, 03 de Octubre de 2.003. Autos y Vistos Resuelvo: 1
Dictar el sobreseimiento de Nidia del Valle Romero dre González, de condiciones personales referenciadas, por
las consideraciones expuestas y en orden al hecho que se le endilga, calificado como Violación de Domicilio art. 150 bis del C.P. y 307 inc. 4 del C.P.P Fdo.
Jorge Bustamante -JuezAnte Mí: Favio Martín Igoldi, Secretario.
oOo El Juzgado de Instrucción Nº 2 de Viedma, notifica a Oscar Alberto Pichilef y Daniel Videla, de la resolución recaída en autos, cuya parte pertinente dice: Viedma, 17 de Diciembre de 2.003. Autos y Vistos Resuelvo:
1 Dictar el sobreseimiento de Oscar Alberto Pichilef y Daniel Videla, de demás circunstancias personales ya referenciadas, por las consideraciones expuestas y en orden al hecho que se le endilgaba, calificado como Robo Simple art. 164 del C.P. y 307 inc. 4 del C.P.P Fdo.
Carlos Reussi -JuezAnte Mí: Favio Martín Igoldi, Secretario.
oOo El Juzgado de Instrucción Nº 2 de Viedma, notifica a Clemente Orlando Martínez, de la resolución recaída en autos, cuya parte pertinente dice: Viedma, 17 de Diciembre de 2.003. Autos y Vistos Resuelvo: 1
Dictar el sobreseimiento de Clemente Orlando Martínez de condiciones personales desconocidas, por las consideraciones expuestas y en orden al hecho que se le endilgaba, calificado como Hurto art. 162 del C.P. y 307 inc. 4 del C.P.P Fdo. Carlos Reussi -JuezAnte Mí: Favio Martín Igoldi, Secretario.
oOo El Sr. Juez Subrogante, Pablo Iribarren a cargo del Juzgado de Instrucción Nº 10, con asiento en esta ciudad de General Roca, Río Negro, sito en 25 de Mayo 880, Piso 4to., cita y emplaza a Pablo Andrés Ruso a que comparezca ante el Tribunal dentro del término de Cinco 5 días a fin de prestar declaración indagatoria en Causa Nº 32.651/03-X caratulada: Conti, Natalia Valeria s/
Dcia. Lesiones bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Publíquese por cinco días. Secretaría, 14 de Mayo del 2.004. Daniel Tobares, Secretario.
oOo El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Nº 2
de la ciudad de Viedma, Dr. Carlos Reussi hace saber a Patricio Otorola que en la causa del Rubro se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte pertinente dice:
Viedma, 28 de Abril de 2.003. Autos y Vistos de la que Resulta y Considerando Resuelvo: 1
Sobreseer totalmente en la presente causa a Patricio Otorola en orden al hecho que se le endilgaba, calificado como Hurto Agravado art. 163, inc. 6 del CP. por aplicación del art. 307 inc. 1º del C.P.P..- 2 Declarar que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado el imputado. Fdo.: Dr. Carlos Reussi -JuezDr. Favio Martín Igoldi, Secretario.
oOo El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Nº 2
de la ciudad de Viedma, Dr. Carlos Reussi hace saber a Julio Alfonzo Espinoza que en la causa del Rubro se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte pertinente dice: Viedma, 16 de Abril de 2.004. Autos y Vistos
de la que Resulta y Considerando Resuelvo: 1
Sobreseer totalmente en la presente causa a Julio Alfonzo Espinoza, de condiciones personales referencidas, en orden al hecho que se le endilgaba, calificado como Lesiones Leves art. 89 del CP. por aplicación del art.
307 inc. 1º. 2do. supuesto del C.P.P..- 2 Declarar que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado el imputado. Fdo.: Dr. Carlos Reussi -JuezDr. Marcelo Chironi, Secretario Subrogante. Dr. Favio Martín Igoldi, Secretario.
oOo Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Nro. II, con asiento en la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, Secretaría Nro.3 a mi cargo, notifica a Rodolfo Oscar Aguirre de lo ordenado en la presente causa cuya parte pertinente se transcribe y dice:

Viedma, 3 de Junio del 2004
MA, 17 de Mayo de 2004.-Autos y Vistos Resuelvo:
I Dictar el sobreseimiento total en la presente causa en favor de Rodolfo Oscar Aguirre, ya filiado, en orden a los hechos que se le endilgaban calificado como "Amenazas" art. 149 bis CP por aplicación del art. 307
inc. 2do. del CPP.-II Declarar que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado el imputado. Regístrese, Protocolícese y hágase saber.
Notifíquese al imputado por edicto. Fdo. Carlos Reussi - JuezDr. Marcelo Chironi, Secretario.
oOo El Sr. Juez de Instrucción Nº 2 de la ciudad de Viedma, Dr. Carlos Reussi, hace saber a Raúl Guillermo López que en autos caratulados López Guillermo y Otros s/Atent. Resist. a la Autoridad, Les. y Amn.
Expte. Nº 35443/03, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 03 de mayo de 2004.- Autos y Vistos de la que Resulta y Considerando Resuelvo: I Dictar el sobreseimiento total en la presente causa en favor de Raúl Guillermo López, ya filiados y en orden al delito que se le endilgaba y calificado como ATENTADO A LA
AUTORIDAD CALIFICADO Y AMENAZAS en consurso real arts. 238 inc. 4 149 bis y 55 del C.P por aplicación del art. 307 inc. 1º del C.P.P.- II Declarar que la iniciación del presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado los imputados.Protocolícese, notifíquese y hágase saber.- Fdo. Carlos Reussi, Juez. Favio Martín Igoldi, Secretario.
oOo Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 3, a mi cargo, notifica a Luis Eduardo Lara, de lo ordenado en la presente causa cuya parte pertinente se transcribe y dice:
ma, 18 de mayo del 2004.- Autos y Vistos:
Resuelvo: I Dictar el sobreseimiento total en la presente causa en favor de Luis Eduardo Lara, ya filiado, en orden al hecho que se le endilgaba calificado como Amenazas Art. 149 bis CP, por aplicación del Art. 307 Inc. 1º, 1er. supuesto del CPP.- II Declarar que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado el imputado.- Regístrese, protocolícese y hágase saber.- Notifíquese al imputado por edicto.- Fdo.: Carlos Reussi, Juez.- Dr. Marcelo Chironi, Secretario.
oOo María Alicia Favot, Juez del Juzgado Letrado de Familia y Sucesiones Nro. Quince, de la Cuarta Circunscripción Judicial de la provincia de Río Negro, con asiento de funciones en calles Roca y Sarmiento de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Patricia V. Cladera de Rey, cita y emplaza a herederos y acreedores del causante para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro de Treinta 30 días acompañando la documentación que lo acredite en autos: "Retamal, José Artemio y Martínez, Josefina del Carmen s/Sucesión"
Expte. Nº 2689-XV-03. Publíquense edictos por el término de Tres días en el Boletín Oficial únicamente
Fdo.: María Alicia Favot, Juez. Cipolletti, 27 de Abril de 2.004. Patricia V. Cladera de Rey, Secretaria.
oOo El Dr. Carlos E. Vila, Juez de Primera Instancia a cargo del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N 31 de la ciudad de Choele Choel, Secretaría Unica a cargo del Dr. Guillermo Bodrato, cita, llama y emplaza en autos caratulados: "Severini Leticia Susana s/
Sucesión" Expte. 9246/04, a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la Sra.
Leticia Susana Severini, para que dentro del plazo de treinta días hagan valer sus derechos en autos.Publíquese por tres días. Choele Choel, 29 de Abril de 2.004. Guillermo Bodrato, Secretario.
oOo El Dr. Víctor Ulises Camperi, Juez a cargo del Juzgado de Familia y Sucesiones Nº Once, Secretaría Unica, cita y emplaza por el término de Treinta 30 días a herederos y acreedores de Adelina Rodríguez en los autos caratulados: Rodríguez, Adelina s/Sucesión

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/06/2004

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date04/06/2004

Page count32

Edition count1919

Première édition03/01/2002

Dernière édition11/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Junio 2004>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930