Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/10/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 03 de Octubre del 2002
2003 en la causa nro. 144/97/97, cubriendo la subrogancia del mismo el Dr. Marcelo Chironi, hasta esa fecha. Asimismo ampliar la intervención del Dr.
Igoldi en las causas del Anexo I de la Acordada nro. 30/
00-STJPor ello y en uso de atribuciones que le son propias El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia R E S U E L V E:
1ero. Ampliar la fecha de vigencia de asignación transitoria y exclusiva del Dr. Favio M. Igoldi hasta el 31 de marzo del año 2003 en la causa nro. 144/97/97, cubriendo la subrogancia del mismo el Dr. Marcelo Chironi, hasta esa fecha. Asimismo ampliar la intervención del Dr. Igoldi en las cauas del Anexo I de la Acordada Nº 30/00-STJ-.
Luis A. Lutz, Presidente Subrogante Superior Tribunal de Justicia, Víctor Hugo Sodero Nievas, Juez, Superior Tribunal de Justicia, Ante Mí: Stella Latorre, Secretaria Superior Tribunal de Justicia.

Acordada Nº 87/02
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 24 días del mes de setiembre de dos mil dos, reunidos en Acuerdo los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia, y CONSIDERANDO:
Que con motivo de celebrarse el día 24 de setiembre del cte. año, un nuevo aniversario de las Fiestas Patronales en honor a la Virgen de la Merced en la ciudad de Viedma, y ante la invitación del Obispado enviada a la Presidencia a participar de las mismas, este Superior Tribunal de Justicia considera conveniente disponer asueto sin suspensión de términos procesales en los organismos judiciales de la ciudad de Viedma, para el día 24 de septiembre del cte. a partir de las 13:00 hs.
Por ello, El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia R E S U E L V E:
1ero. Disponer asueto sin suspensión de términos procesales en los organismos judiciales de la ciudad de Viedma, para el día 24 de septiembre del cte. a partir de las 13:00 hs.
2do. Regístrese, comuníquese, tómese razón y oportunamente archívese.
Luis A. Lutz, Presidente Subrogante Superior Tribunal de Justicia, Víctor Hugo Sodero Nievas, Juez, Superior Tribunal de Justicia, Ante Mí: Stella Latorre, Secretaria Superior Tribunal de Justicia.

Acordada Nº 88/02
En la ciudad Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 24 días del mes de setiembre del año dos mil dos, reunidos en acuerdo a los Señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia, y CONSIDERANDO:
Que por Acordada nro. 67/02-STJen los autos caratulados: "CAMPANO, GRACIELA, MAURICIO
J. YEARSON, ETHEL BURGOS Y ROLANDO L.
SIMONE S/SOLICITUD" Expte. N 189/01 y autos caratulados "LETRADOS DEL FORO DE VIEDMA
S/SOLICITUD" Expte.Nº 126/02 se recomendó dar trámite favorable por resultar legítimo abono el pago de las retribuciones a los peticionantes por las funciones jurisdiccionales desempeñadas en su calidad de Conjueces.
Que en la reunión del día 23-9-02 celebrada entre el Presidente Subrogante del STJ y los peticionantes, el Administrador General que se encontraba presente, informa sobre los límites de la aplicación de la Acordada Nº 67/02 para el presente caso.
Que en la misma se plantean algunas cuestiones que condicionan la norma citada teniendo en cuenta que los precedentes reunidos en el caso que nos ocupa y la circunstancia de que las presentes actuaciones tuvieron su fecha de inicio el 31/10/2001, con anterioridad al dictado de las Acordadas 66 y 67/02.-

BOLETIN OFICIAL N 4033
Asismimo se señala que en la fecha mencionada, los peticionantes propusieron un monto de SEISCIENTOS
PESOS $ 600,00 respecto de la actuación como conjueces sobre la base de la regulación histórica que regulaba en estos casos la Cámara Laboral de Viedma, ofreciendo sobre dicho monto una quita del 25%.
Que en dicha reunión se merituo el tiempo transcurrido desde el inicio del reclamo, la quita oportunamente ofrecida, la forma de pago acordada en la audiencia mantenida con el Secretario de Hacienda, otras circunstancias de la realidad, y razones de economía procesal; todo ello, torna conveniente se revisen para esos casos puntuales la Acordada 67/02 y Acordada 6/00 en los términos allí dispuestos, a fin de conciliar una solución definitiva al legítimo abono.Así también se entendió la conveniencia de fijar un monto único de PESOS CUATROCIENTOS
CINCUENTA $ 450,00 para cada Conjuez, por expediente, según certificación obrante fs. 86/100 del Expte. N 189 /01, conforme lo oportunamente solicitado, comprendiendo ese monto todo concepto en atención al tiempo transcurrido desde la actuación de los señores Conjueces.Por ello, El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia R E S U E L V E:
1ero. Sustituir en el punto 3 de la Acordada 67/
02-STJ la aplicación de la Acordada 66/2002, y en lo que corresponda la Ac. 6/00-STJ por los criterios acordados con los beneficiarios de ese LEGITIMO
ABONO según el acta que luce a fs. 101/104 del expediente nro. 189/01-STJ y en los términos de tal punto 3 "in fine".
2do. Regístrese, comuníquese, tómese razón y oportunamente archívese.Luis A. Lutz, Presidente Subrogante Superior Tribunal de Justicia, Víctor Hugo Sodero Nievas, Juez, Superior Tribunal de Justicia, Ante Mí: Stella Latorre, Secretaria Superior Tribunal de Justicia.
oOo
SECCION COMERCIO
INDUSTRIA
Y ENTIDADES CIVILES

ESTATUTOS SOCIALES, CONTRATOS, ETC.

ANTIGUA S.A.
El Sr. Víctor U. Camperi, a cargo del Registro Público de Comercio de la Segunda Circunscripción Judicial, de la Ciudad de General Roca, Río Negro en los autos caratulados: Antigua S.A. s/Inscripción Contrato, Expte. 35-R.P.C.-2002, ha ordenado la publicación de Edictos del Contrato Social de la sociedad Antigua S.A. Socios: Roberto Isaac Garrido, L.E.
7.575.253, C.U.I.T. Nº 23-07575253-9, argentino, nacido el 01 de Septiembre de 1945, de profesión comerciante y su cónyuge de primeras nupcias Mirtha Nelly del Cármen Centeno, L.C. 5.328.057, C.U.I.T. Nº 27-05328057-4, argentina, nacida el 28 de Abril de 1946, de profesión docente, ambos con domicilio en calle Mariano Moreno 176, de esta Ciudad; Roberto Sebastián Garrido, DNI. 20.934.374m C.U.I.T. Nº 20-209343747, argentino, nacido el 09 de Agosto de 1969, soltero, de profesión licenciado en administración, con domicilio en calle Mariano Moreno 176, de ésta Ciudad y María Fernanda Garrido, DNI. Nº 20.124.658, C.U.I.T. Nº 2720124658-5, argentino, nacido el 10 de Enero de 1968, casada en primeras nupcias con Fernando Luis Ginevra, de profesión artista plástica, con domicilio en calle H.
Irigoyen 1754, Unidad Funcional 54, de la Localidad de Manuel Alberti, Provincia de Buenos Aires. Nombre y Domicilio: La Sociedad se denominará Antigua S.A., y tendrá su domicilio legal en Moreno 176, de la Ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro. Duración:

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Su duración es de 99 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio, pudiendo ser prorrogado dicho término por resolución de la Asamblea de Accionistas. Objeto: Frutícola: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, y/o en carácter de mandataria, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a la actividad frutícola, mediante la explotación en todas sus formas de establecimientos frutícolas, frigoríficos y empacadoras. Adquirir tierras aptas para el cultivo de frutales con el fin de contar con producción propia de variedades altamente seleccionadas y de penetración en los mercados. Formar vivieros con las especies y variedades de frutales que mejor se adapten en la zona y a las necesidades de mercado. Mediante la explotación en todas sus formas, de establecimientos agrícolas, frutícolas, cultivos forestales y granjas, dedicándolos a la obtención de productos agrícolas-ganadeross en especial la fruticultura. Capital: El capital de la sociedad se fija en la suma de Pesos Setenta mil $ 70.000, representada por setenta mil 70.000 acciones, de Pesos Uno $ 1,00
valor nominal cada una ordinarias, nominativas, no endosables, de un voto por acción. Administración La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de dos y un máximo de tres, con mandato por Tres años. Representación: La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del directorio, quien será sustituido por el Vice-Presidente en caso de ausencia ó impedimento.
Atribuciones: El Directorio tiene todas las facultades para dirigir y administrar normalmente la sociedad en orden al cumplimiento de su objeto. Podrá en consecuencia celebrar toda clase de actos y contratos, que no sean notoriamente extraños al objeto social. Podrá realizar aquellos en que la Ley exige poderes especiales conforme al Artículo 1881 del Código Civil y 90 Título X del Libro 1 del Código de Comercio, siempre y cuando que no importen un apartamiento del objeto social. Garantía de los Directores: Los directores deberán presentar las siguientes garantías: Depósito a la orden de la sociedad de Pesos Mil $ 1.000. Fiscalización: No se procede a la designación de Síndico. Cierre de Ejercicio: El ejercicio social cierra el día 30 de Junio de cada año.
Disolución y Liquidación: En caso de disolución de la sociedad, se procederá a su liquidación, que podrá ser efectuada por el directorio ó por el/los liquidadores designado/s por la Asamblea. Integración y Suscripción del Capital: El capital social se suscribe integramente y se integra totalmente en bienes de acuerdo al Inventario Inicial debidamente certificado por Contador Público Nacional y por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. El capital se suscribe e integra en su totalidad por los Socios, en la siguiente forma y condiciones: 1.- Roberto Isaac Garrido: Treinta mil acciones 30.000 acciones de Un Peso $ 1,00 valor nominal cada una, ordinaria, no endosables, de 1 voto por acción, lo que hace un total de Pesos treinta mil $
30.000; 2.- Mirtha Nelly del Cármen Centeno: Treinta mil acciones 30.000 acciones, de Un Peso $ 1,00
valor nominal cada una, ordinarias, no endosables, de Un 1 voto por acción, lo que hace un total de Pesos treinta mil $ 30.000; 3.- Roberto Sebastián Garrido:
Cinco mil acciones 5.000 acciones de Un Peso $ 1,00
valor nominal cada una, ordinarias, no endosables, de Un 1 voto por acción, lo que hace un total de Pesos Cinco mil $ 5.000 y 4.- María Fernanda Garrido: Cinco mil acciones 5.000 acciones de Un Peso $ 1,00 valor nominal cada una, ordinarias, no endosables, de Un 1
voto por acción, lo que hace un total de Pesos Cinco mil $ 5.000. Designación del Primer Directorio y Sindicatura: I Se resuelve por unanimidad designar como Presidente a Roberto Isaac Garrido y como Vicepresidente a mirtha Nelly del Carmen Centeno; Director Suplente: Roberto Sebastián Garrido. Dichos representante aceptan los cargos para el cual han sido designados. General Roca, 12 de Septiembre de 2002.
Agréguese Publíquense edictos. Fdo.: Virginia Barresi de Pesce, Secretaria.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/10/2002

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date04/10/2002

Page count32

Edition count1920

Première édition03/01/2002

Dernière édition15/07/2024

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