Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/07/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 4011

Viedma, 18 de Julio del 2002

Las partes podrán rescindir el presente contrato unilateralmente, sin derecho a indemnización alguna, siempre que comuniquen a la otra parte fehacientemente su determinación, con una anticipación mínima de quince días hábiles.

SESENTA Y TRES CENTAVOS $ 621,63. Asimismo el contratado será incluido en el Régimen de Seguridad Social de la Provincia I.PRO.S.S., aceptando los descuentos establecidos por la Ley N 2.432 y modificatorias.

-SEPTIMA: JURISDICCION Y COMPETENCIA
Para cualquier diferencia que pudiera suscitarse, las partes se someten voluntariamente a la Jurisdicción de los Tribunales competentes ordinarios, con asiento en Viedma, para dirimir sus eventuales controversias.
Por estar de perfecto acuerdo las partes firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
oOo
-TERCERA: LICENCIAS
La contratada gozará de las licencias previstas en los incisos a, b, c d y e del Artículo N 27, Capítulo IV y Capítulo IX, Artículo 92 del Anexo I del Estatuto General y Básico para el personal de la Administración Pública de la Provincia de Río Negro, aprobado por la Ley N 3.487.
También tendrá derecho a usar la franquicia para atención de lactantes establecidas en el Artículo N 59 del mencionado Estatuto.
La contratada tendrá derecho a las licencias previstas en los incisos a, b c, d y e del Artículo N 42, limitándose la del inciso f a 10 diez días corridos.

DECRETO Nº 634
Viedma, 08 de Julio de 2002.
VISTO el expediente N 110.179-R-2.002 del registro de la Dirección General de Rentas; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la aprobación del contrato de Locación de Servicios en relación de Dependencia, por excepción al Artículo 3 de la Ley N 3238, entre esta Dirección General de Rentas y la Señorita Cra. Dalma Gabriela MARTIN DNI.
N 21.533.983 que se anexa al presente como parte integrante del mismo.
Que la contratada cumplirá funciones como Jefe de la Subdelegación de Rentas en Allen.
Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, como autoridad de aplicación para establecer excepciones para la contratación del personal en el ámbito del Poder Ejecutivo, se ha expedido favorablemente por medio del Acta N 05/2.002, Punto 04, obrante a fs. 12, de conformidad al Decreto N
1.774/98.
Que, previo al inicio de sus funciones, se le deberá realizar el exámen preocupacional, a través de la Junta Médica Central y Unica, según lo normado en la Resolución N 043/97 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo.
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E TA :
Artículo 1.- Aprobar en todos sus términos, con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 3 de la Ley N 3.238, el contrato en relación de Dependencia, celebrado entre la Dirección General de Rentas y la Señorita Cra.
Dalma Gabriela Martín, en la Categoría 10, del Agrupamiento Profesional, Ley Nº 1.844, a partir del 07 de Mayo de 2.002 y por el término de Un 01 Año.
Art. 2º.- Procédase a la reserva interna en la:
Entidad 48
48
48
48
48
48
48

Prog.
11
11
11
11
11
11
11

Subprog.
00
00
00
00
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Proy.
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00
00
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00
00
00

Actividad 04
04
04
04
04
04
04

Partida 121
122
123
124
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126
127

Monto 3.251,60
519,92
540,00
487,04
167,36
1.168,80
105,44

Art. 2.- E1 presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Economía.
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y cumplido archívese.
VERANI. J. L. Rodriguez.

En la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, a los días del mes de de 2.002, se celebra el presente contrato de Locación de Servicios en relación de dependencia entre la Dirección General de Rentas, representada en este acto por el Director General de Rentas, Cr. Graciano BRACALENTE, constituyendo domicilio en 25 de Mayo 99 - Viedmapor una parte y por la otra lo hace, la Srta. Dalma Gabriela MARTIN CUIL. N 27-21533983-7, con domicilio en Mitre 141 Allen Provincia de Río Negro, sujeto a las siguientes cláusulas.
-PRIMERA: OBJETO Y FUNCIONES
La contratada cumplirá funciones como Jefa de la Subdelegación de Rentas en Allen.
-SEGUNDA: REMUNERACION
El contratado percibirá una remuneración equivalente a la Categoría 10 Agrupamiento Profesional -Ley N 1.844 de la Administración Pública Provincial más los adicionales en concepto de Título, Zona desfavorable, asignaciones personales del contratado que correspondan y aguinaldo, previa certificación de los servicios prestados, emanada por el Departamento de Personal de la Dirección General de Rentas. Recibirá los inorementos acorde con el reajuste de salarios que por aplicación de índices fijos o porcentuales se otorguen en forma general al personal de la Categoría de revista 10 de la Administración Pública Provincial, cuya remuneración mensual será la Suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTIUNO CON

-CUARTA: DISCIPLINA
La contratada estará sujeta al régimen disciplinario establecido en el Capítulo VI del Estatuto General y Básico de la Administración Pública Provincial, aprobado por Ley N 3487 y Decreto N 1.405/01, que reglamenta el Capítulo VI del Anexo I de la Ley N 3487.
-QUINTA: ESTABILIDAD, DEBERES Y PROHIBICIONES
La contratada carece del derecho a la estabilidad y queda sujeto a los deberes y prohibiciones establecidos en el Estatuto General y Básico de la Administración Pública Provincial, aprobado por Ley N 3487, en todo cuanto se le aplique y según la reglamentación al efecto.
-SEXTA: DURACION DEL CONTRATO
El presente contrato tendrá vigencia a partir del 07 de Mayo de 2.002 y por el término de un 01 Año.
Podrá ser renovado por decisión del Señor Director General de Rentas y conforme a las prórrogas que dicte el Poder Ejecutivo.
Las partes podrán rescindir el presente contrato unilateralmente, sin derecho a indemnización alguna, siempre que comuniquen a la otra parte fehacientemente su determinación, con una anticipación mínima de quince días hábiles.
-SEPTIMA: JURISDICCION Y COMPETENCIA
Para cualquier diferencia que pudiera suscitarse, las partes se someten voluntariamente a la Jurisdicción de los Tribunales competentes ordinarios, con asiento en Viedma, para dirimir sus eventuales controversias.
Por estar de perfecto acuerdo las partes firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
oOo DECRETO Nº 635
Viedma, 08 de Julio de 2002.
VISTO el expediente n 1297-G-02 del registro del Ministerio de Gobierno y;
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones se tramita la aprobación del contrato de comodato celebrado entre el Consejo Provincial de Educación y el Ministerio de Gobierno;
Que en virtud de dicho contrato el Consejo Provincial de Educación entrega en comodato el inmueble correspondiente a la ex Chacra Emeta ubicado en la fracción Norte de la Chacra Fiscal N 172 de Gral. Roca NC :5-I-T-9-1 A;
Que de conformidad a la documentación obrante en las mismas, el inmueble resulta de propiedad de la provincia y ocupado por el Consejo Provincial de Educación por Decreto 1194/67;
Que de acuerdo a lo señalado por el artículo 11 del Reglamento Patrimonial Decreto N 1230/79 y su modificatorio Decreto N 73/96, la autorización para el prestamo requerido debe ser dada por el Poder Ejecutivo;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E TA :
Artículo 1.- Aprobar el contrato de comodato celebrado entre el Ministerio de Gobierno y el Consejo Provincial de Educación, del inmueble correspondiente a la ex Chacra Emeta ubicado en la fracción Norte de la Chacra Fiscal N 172 de Gral.
Roca NC :5-I-T-9-1 A por los iindamentos expuestos en los considerandos precedentes .
Art. 2.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno y por la Sra. Ministro de Educación y Cultura.
VERANI. E. J. Rodrigo. A. M. K. de Mázzaro.

CONTRATO DE COMODATO
Entre el CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION, representado en este acto por su Presidente, Profesora Ana María K. de Mázzaro, DNI n 4.470.892, con domicilio legal en calle Rivadavia y Alvaro Barros de Viedma, en adelante "EL
COMODANTE" por una parte y el MINISTERIO DE GOBIERNO, representado por el Sr. Ministro, Contador Esteban Joaquin Rodrigo, DNI N 7.399.544 con

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/07/2002

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaysArgentine

Date18/07/2002

Page count20

Edition count1920

Première édition03/01/2002

Dernière édition15/07/2024

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